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Reconocen la experiencia profesional en los centros sanitarios privados concertados para el baremo en la Bolsa de Empleo

Queja número 15/3630

Hemos recibido informe de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, en respuesta a nuestra solicitud de información de fecha 6 de agosto de 2015, tras el estudio del mismo, esta Institución ha emitido un Comunicado con el siguiente tenor literal:

COMUNICADO RELATIVO AL ALCANCE DEL RECONOCIMIENTO, POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN SANITARIA, DE LOS SERVICIOS PRESTADOS EN CENTROS SANITARIOS PRIVADOS CONCERTADOS (APARTADO DE “EXPERIENCIA PROFESIONAL” EN EL BAREMO DE LA BOLSA DE EMPLEO TEMPORAL DEL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD)

De un tiempo a esta parte, de forma reiterada se venían presentando en esta Institución quejas referidas al reiterado incumplimiento del Servicio Andaluz de Salud (SAS) , en concreto la Dirección General de Profesionales, de las sentencias dictadas en relación a la no valoración de la experiencia profesional por los servicios prestados en centros sanitarios concertados a efectos de la Bolsa Única del SAS.

Así, los interesados nos exponían que la no consideración de estos servicios, por parte de las Comisiones de Valoración de la citada Bolsa, daba lugar a constantes alegaciones frente a los listados provisionales y recursos potestativos de reposición frente a los definitivos, viéndose impelidos a la ulterior impugnación ante los Juzgados Contencioso-Administrativos que, finalmente y con cierta reiteración, mediante sentencia vienen a reconocer tal experiencia profesional, fallo judicial que para su efectividad y en ejecución de sentencia había de ser objeto traslado a las Comisiones de Valoración, para la debida corrección y valoración del mérito del afectado en la citada Bolsa.

Esta singladura administrativa-judicial se ha venido reiterando en los últimos años con ocasión de los cortes de baremación que se realizan con referencia al 31 de octubre, toda vez que las Comisiones de Valoración de la Bolsa no venian tomando en consideración la experiencia profesional prestada en servicios sanitarios concertados, sin que esta doctrina jurisprudencial a favor de los interesados tuviera el debido reflejo en la actuación de dichas Comisiones.

Este cuestionado comportamiento administrativo, más allá del grado de ejecución de los mandatos judiciales al caso, ha supuesto una actuación administrativa irregular que obligaba a los interesados a un continuo planteamiento de alegaciones, reclamaciones, recursos administrativos y contencioso-administrativos con graves perjuicios en las ofertas de contratos de trabajo y costes económicos.

Ello motivó que por parte de esta Defensoría se iniciara actuación de oficio (expediente de Queja 15/3630) en el seno de la cual y a nuestro requerimiento, la Administración Sanitaria nos informaba del reciente cambio normativo en la regulación de la Bolsa Única del SAS en los siguientes términos:

La normativa vigente que regula la Bolsa de Empleo Temporal del SAS comprende la Resolución de 21 de junio de 2010 (BOJA número 137, de 14 de julio), de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional, por la que se dispone la aprobación y publicación del texto refundido y actualizaciones del Pacto de Mesa Sectorial de Sanidad, y la Resolución de 24 de junio de 2010 (BOJA número 143, de 22 de julio), de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional.

El Pacto y la Convocatoria establecen el sistema de selección de personal temporal a través de Bolsa Única, las bases reguladoras del procedimiento y el Baremo de meritos de los grupos A, B, C, D y E. Éste contemplaba específicamente en el apartado Experiencia Profesional que se valora con 0,10 puntos “Por cada mes completo de servicios prestados en la misma categoría y especialidad en centros concertados con la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía o adscritos al Sistema Sanitario Público de Andalucía, en virtud de un convenio singular de vinculación”.

La voluntad de la Administración Sanitaria al redactar el Apartado Experiencia Profesional del Baremo de méritos, ha sido la de valorar los periodos de servicios prestados en centros hospitalarios concertado en la totalidad de su cartera de servicios con la Consejería de Salud. La página web del Servicio Andaluz de Salud, recoge como centros hospitalarios concertados, a los centros que están homologados por la Consejería de Salud, de conformidad con lo establecido en el Decreto 165/1995, de 4 de julio, por el que se regulan los procedimientos de homologación de Centros Hospitalarios y de suscripción de convenios y conciertos entre la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales y entidades, tanto públicas como privadas para la prestación de asistencia sanitaria.

Esta Dirección General de Profesionales considera que la Comisión de Valoración de las diferentes categorías profesionales obran correctamente en aquellos casos en que no valoran los periodos de servicios prestados, cuando no se tratan de centros hospitalarios concertados en la totalidad de su cartera de servicios con la Consejería de Salud, sino que se trata de centros privados que resultan adjudicatario para la prestación, bajo la modalidad de concierto, de un concreto y determinado servicio, tales como hemodiálisis, radiodiagnóstico, etc., pero ello no les convierten en Centros Sanitarios Concertados con la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía a los efectos que dispone el Apartado 1.3 del Baremo de méritos de la citada Resolución de 24 de junio de 2010. Por tanto, este es el criterio a seguir tanto en las baremaciones de las diferentes Comisiones de Valoración, como en las resoluciones de los recursos de reposición por parte de esta Dirección General de Profesionales.

En los casos de ulteriores impugnaciones ante los Juzgados Contencioso-Administrativos, se han dictado Sentencias en las que efectivamente se han reconocido como concertados los servicios prestados en centros privados con conciertos de determinados servicios, y en estos casos, como no puede ser de otra manera, se han ejecutado las Sentencias estrictamente conforme al fallo de las mismas. En otros casos, sin embargo, se han pronunciado en sentido contrario, desestimando las pretensiones de los recurrentes. A este respecto hay que decir que la Sentencia nº 334 de 16 de junio de 2010 dictada en los autos 48/109 en la que se valoraba la experiencia profesional en un centro que había sido adjudicatario de un servicio de hemodiálisis como experiencia prestada en un centro concertado con la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, ha sido revocada por la dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía el 29/09/14 en el rollo de apelación 1222/2010. Entendemos que con ella queda consolidado el procedimiento de esta Administración. Dicha Sentencia señala que:

Del tenor literal de la norma se desprende que la experiencia profesional a valorar es aquella desarrollada en el marco de un concierto con la Consejería de Salud o bien de un convenio singular de colaboración. No se incluye otras fórmulas de colaboración distintas (...) porque el órgano competente para suscribir tales conciertos no lo incluye como tal y no ha sido homologado a efectos del correspondiente concierto con la Consejería de Salud. En este caso no cabe una interpretación extensiva de las bases, que son claras al describir la experiencia profesional que pretende valorar a dicho apartado; además de una forma legítima, porque ha de recordarse la libertad de diseño de las bases -dentro del respeto a la legalidad- y que la opción elegida está justificada porque los sistemas de acceso a la Administración sanitaria se rigen por principio de méritos y capacidad (...). En consecuencia ha de respetarse la voluntad de la Administración sanitaria de integrar su Bolsa de Empleo temporal primando la experiencia (...) en centros concertados con la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía o adscritos al Sistema Sanitario Público de Andalucía en virtud de convenio singular de vinculación, en cuanto centros sometidos a su control (...).

Y en relación con el hecho de que a otras se les haya puntuado los servicios prestados en dichos centros no puede vincular a la administración, que ya se encuentra vinculada por el pronunciamiento referido”.

Además de ello, esta Dirección General de Profesionales, tras la problemática surgida en la interpretación del mencionado apartado de la valoración de servicios prestados en centros concertados con la Consejería de Salud, ha dado una nueva redacción a este apartado del Baremo recogido en el Pacto y Convocatoria mediante la Resolución de 12 de junio de 2015, publicada en el BOJA núm. 119 de 22 de junio (de la misma forma que ya se había dado en el Baremo aplicado en la última oferta de empleo público del SAS), estableciendo:

Por cada mes completo de servicios prestados, en la misma categoría, en centros hospitalarios concertados en la totalidad de su cartera de servicios con la Consejería competente en materia de Salud, o adscritos al Sistema Sanitario Público de Andalucía en virtud de un convenio singular de vinculación: 0,10 puntos“.”

A la vista de lo anteriormente expuesto, esta Institución procedió al cierre y archivo del expediente de queja citado, toda vez que tras la modificación de la normativa reguladora de la Bolsa del SAS, la actuación de las Comisiones de Valoración se adecuan, a partir de la misma, al marco jurídico de referencia.”.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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134 Comentarios

Ana (no verificado) | Septiembre 26, 2018

Hola,estoy trabajando en un centro privado, concertado con la junta de andalucia como tcae, desde el 2011 con contratos eventuales ,y cada vez que actualizan el baremo y con muchas alegaciónes,porque no me lo reconocen servicios prestados ?es asín?me podéis ayudar?

El DPA responde | Septiembre 28, 2018

Ana, te recomendamos que pongas un escrito o reclamación contra la nueva baremación y en función de lo que te contestan puedes hacernos llegar un escrito contra la actuación de la bolsa. Un saludo.

Para este tipo de preguntas , creemos que lo más interesante es que la envieis a la Dirección General de Profesionales (Avda de la Constitución nº 18. 41001-Sevilla / Tfno 955018000) a través de este enlace: https://ws027.juntadeandalucia.es/profesionales/eatencion/login.asp. Este otro enlace también te puede ayudar desplegando la categoria profesional correspondiente tienes la información solicitada 

https://ws035.juntadeandalucia.es/bolsa/http/ayuda_baremo.php

Gracias

Carmen (no verificado) | Septiembre 11, 2018

¿Cómo puedo obtener un papel que conste que estuve trabajando en una clínica privada con el cual tuvo un consorcio con INGESA? Muchas gracias.

El DPA responde | Septiembre 11, 2018

Hola Carmen, te respondemos lo mismo que a Cristina. La respuesta la puedes ver un poco mas abajo o en el siguiente enlace http://www.defensordelpuebloandaluz.es/comment/21701#comment-21701

Carmen (no verificado) | Septiembre 13, 2018

El enlace que me has aportado que es la respuesta que le disteis a Cristina no me lleva a nada https://ws027.juntadeandalucia.es/profesionales/eatencion/login.asp.

Habría algún enlace mas directo¿? muchas gracias.

El DPA responde | Septiembre 14, 2018

Hola Carmen. Trabajaste para una empresa privada y no tenemos conocimiento si tenía la empresa privada un concierto con la Administración. Tienes que solicitar a la empresa privada la documentación que requieres y, en el caso que tuviera concierto con la administracón pública debería solicitarlo también a la empresa privada. Hay algunos concierto que se publican y otros no. Podrías hacer una búsqueda por interner para ver si se publicó. 

Arantxa (no verificado) | Septiembre 10, 2018

Yo trabajo en una residencia de titularidad pública y gestión privada de TCAE, algunas compañeras les ha puntuado en la bolsa como experiencia no SAS de otras administraciones y a mí no. Por lo que voy a presentar alegaciones y me gustaría también información para presentar queja formal al defensor del pueblo.

El DPA responde | Septiembre 10, 2018

Hola Arantxa, por supuesto. A continuación te damos toda la información. Cuentanos tu caso con todo detalle en este enlace:

http://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic

Conviene acompañarla de las reclamaciones, escritos y otros documentos que ayuden a aclarar el contenido de la queja. La queja debe estar firmada y en la misma debe indicarse una dirección a la que el Defensor del Pueblo Andaluz pueda dirigir sus sucesivas comunicaciones y respuestas.

También lo puedes hacer por fax, correo postal o correo electrónico. De cualquier forma que lo hagas no te olvides poner tus datos personales, dirección postal o electrónica para comunicarnos contigo y firmar el escrito. Si lo haces mediante el enlace que te ponemos o por correo electrónico, no te olvides de adjuntar el mismo texto que escribes con tu firma, en un archivo.  

De todas formas, en nuestra oficina de información -954212121- te pueden ayudar en este proceso.

Puedes contar con nosotros para que estudiemos el caso que comentas pero debes saber que, en principio, es necesario que se lo comuniques por escrito a la Administración, y que tengas constancia de haber presentado ese escrito. Esto es importante porque para que nosotros podamos actuar es necesario que la Administración tenga conocimientos de los hechos (y podamos demostrarlo) y que haya tenido la oportunidad de solucionar el problema. Si pasado un tiempo prudencial no obtienes respuesta o esta no te satisface, cuéntanos tu problema con más detalle en este enlace que te ponemos y adjunta toda la documentación que pueda interesarnos. En especial, envíanos copia de los escritos que has entregado o has recibido de la Administración.

Ten en cuenta que tenemos que cumplir ciertos formalismos que intentamos que sean los menos posibles y que nuestros tiempos necesariamente dependen de los tiempos de respuesta de las Administraciones a las que les solicitamos que nos informe de tu asunto. Esto hace que nuestra actuación se pueda dilatar más de lo que deseamos pero es un mecanismo que en muchas ocasiones resulta positivo.

Un saludo.

Arantxa (no verificado) | Septiembre 11, 2018

Mil gracias por la inmediatez, la amabilidad y el asesoramiento. Me pondré en contacto con vosotros. Buen día!!

Yolanda (no verificado) | Septiembre 5, 2018

Buenas tardes,
Llevo 9 años trabjando para una Mutua de accidentes de trabajo, me gustaría saber si me va a contabilizar en La Bolsa del SAS? Gracias de antemano

El DPA responde | Septiembre 6, 2018

Hola Yolanda, te respondemos lo mismo que a Cristina. La respuesta la puedes ver un poco mas abajo o en el siguiente enlace http://www.defensordelpuebloandaluz.es/comment/21701#comment-21701

Antonio (no verificado) | Septiembre 4, 2018

Hola, sabemos si en este contexto se valoraría el tiempo trabajado en el hospital San Juan de Dios de Córdoba?. Gracias de antemano

El DPA responde | Septiembre 5, 2018

Hola Antonio, te respondemos lo mismo que a Cristina. La respuesta la puedes ver un poco mas abajo o en el siguiente enlace http://www.defensordelpuebloandaluz.es/comment/21701#comment-21701

Cristina (no verificado) | Agosto 8, 2018

Hola ,buenas tardes haber si me sacáis de esta duda ,soy TCAE y estoy trabajando en Ayuda a Domicilio,esta empresa es una Sociedad, y mi pregunta es que si me puntua para la bolsa del SAS. Gracias

Rocio (no verificado) | Noviembre 3, 2020

Hola Cristina. Estoy muy interesada en saber si pudistes puntuar. Gracias

El DPA responde | Agosto 9, 2018

Hola Cristina. Para este tipo de preguntas , creemos que lo más interesante es que la envieis a la Dirección General de Profesionales (Avda de la Constitución nº 18. 41001-Sevilla / Tfno 955018000) a través de este enlace: https://ws027.juntadeandalucia.es/profesionales/eatencion/login.asp. Este otro enlace también te puede ayudar desplegando la categoria profesional correspondiente tienes la información solicitada 

https://ws035.juntadeandalucia.es/bolsa/http/ayuda_baremo.php

Gracias

Eva (no verificado) | Agosto 8, 2018

Tras publicarse las listas de la bolsa, no me han puntuado la experiencia profesional del SISCAT, pero si del ICS, a pesar de que ambas son gestionadas por el servicio catalan de la salud. He presentado alegaciones, pero me gustaria saber si teneis conocimiento de casos como el mio, pues la gestion de los diferentes servicios españoles llevan a dudas y no se si incluso a desconocimiento de las particularidades de los mismos.
Espero vuestra ayuda. Gracias

Jessica (no verificado) | Febrero 2, 2022

Hola Eva, estoy en una situación parecida y me gustaría saber si la experiencia laboral en hospitales SISCAT puntúa como tiempo trabajado en el público. ¿Pudiste averiguarlo?

Paloma (no verificado) | Agosto 13, 2018

Hola Eva!creo que estamos en la misma situación. Me han contado lo trabajado en vall de hebron pero no lo del hispital concertado donde actualmente trabajo (y tengo mas años de experiencia)si quieres hablamos por privado!

EVA (no verificado) | Agosto 23, 2018

Hola Paloma, claro que me gustaría que nos pusiéramos en contacto, te facilito mi correo electrónico: eva77448@hotmail.com

El DPA responde | Agosto 9, 2018

Hola Eva. En principio no nos consta de tener alguna queja cuyo contenido sea parecido al que nos trasladas en este comentario. Si se trata de una bolsa creada por la Administración de la Junta de Andalucía, esperemos la respuesta a las alegaciones que presentaste y si no te responden en plazo y forma o no estás de acuerdo con el contenido puedes trasladarnos un escrito de queja para poder valorar tu problemática concreta. Gracias

ROCIO (no verificado) | Julio 21, 2018

SOY ENFERMERA DE DIÁLISIS Y TRABAJO EN UN CENTRO CONCERTADO DE HEMODIÁLISIS, ENTRA COMO EXPERIENCIA NO SAS.

El DPA responde | Julio 26, 2018

Hola Rocio, 

1) Si es una pregunta:

Para este tipo de preguntas , creemos que lo más interesante es que la envieis a la Dirección General de Profesionales (Avda de la Constitución nº 18. 41001-Sevilla / Tfno 955018000) a través de este enlace:https://ws027.juntadeandalucia.es/profesionales/eatencion/login.asp. Este otro enlace también te puede ayudar desplegando la categoria profesional correspondiente tienes la información solicitada 

https://ws035.juntadeandalucia.es/bolsa/http/ayuda_baremo.php

Si pasado un tiempo prudencial no obtienes respuesta o esta no te satisface, cuéntanos tu problema con más detalle en este enlace que te ponemos y adjunta toda la documentación que pueda interesarnos. En especial, envíanos copia de los escritos que has entregado o has recibido de la Administración, a través de este enlace: http://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic …

También lo puedes hacer por fax, correo postal o correo electrónico. De cualquier forma que lo hagas no te olvides poner tus datos personales, dirección postal o electrónica para comunicarnos contigo y firmar el escrito. Si lo haces mediante el enlace que te ponemos o por correo electrónico, no te olvides de adjuntar el mismo texto que escribes con tu firma, en un archivo.

En todo caso, querríamos indicarte que, si estás participando en una convocatoria y detectas alguna irregularidad, además de las alegaciones y recursos que presentes en el procedimiento administrativo, puedes también hacernos llegar tu queja para que valoremos nuestras posibilidades de intervención en el caso. 

 

2) Si no es una pregunta y no estás de acuerdo con el baremo:

Te informamos que, si has participado en la convocatoria y no estás de acuerdo con algún aspecto del procedimiento, además de las alegaciones y recursos que puedas plantear en vía administrativa, puedes hacernos llegar tu queja y examinaremos nuestras posibilidades de intervención.

Quedamos a tu disposición.

Jesús (no verificado) | Julio 18, 2018

Una vez hecha pública la baremación de la Bolsa SAS (corte 2017 -provisional-), se observa cómo la Comisión de Enfermería y áreas específica, al menos, vuelve a ignorar de forma arbitraria los servicios prestados en Hospitales Concertados con el SAS. ¿No habría alguna manera de poner freno y orden a esta forma de actuar, que lo único que genera es confusión, impotencia y trastornos a al usuario?. Tras las debidas alegaciónes estoy esperando a la Resolución definitiva para proseguir con el recurso de Reposición y posterior denuncia ante el DPA. Rogaría un seguimiento a la situación para acabar,de una vez por todas, con ella. Gracias.

El DPA responde | Julio 25, 2018

Hola Jesús, esperamos tu escrito para poder valorar nuestra intervención en el caso que comentas. 

Si pasado un tiempo prudencial no obtienes respuesta o esta no te satisface, cuéntanos tu problema con más detalle en este enlace que te ponemos y adjunta toda la documentación que pueda interesarnos. En especial, envíanos copia de los escritos que has entregado o has recibido de la Administración, a través de este enlace: http://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic …

También lo puedes hacer por fax, correo postal o correo electrónico. De cualquier forma que lo hagas no te olvides poner tus datos personales, dirección postal o electrónica para comunicarnos contigo y firmar el escrito. Si lo haces mediante el enlace que te ponemos o por correo electrónico, no te olvides de adjuntar el mismo texto que escribes con tu firma, en un archivo.

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