Queja número 15/3630
Hemos recibido informe de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, en respuesta a nuestra solicitud de información de fecha 6 de agosto de 2015, tras el estudio del mismo, esta Institución ha emitido un Comunicado con el siguiente tenor literal:
“COMUNICADO RELATIVO AL ALCANCE DEL RECONOCIMIENTO, POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN SANITARIA, DE LOS SERVICIOS PRESTADOS EN CENTROS SANITARIOS PRIVADOS CONCERTADOS (APARTADO DE “EXPERIENCIA PROFESIONAL” EN EL BAREMO DE LA BOLSA DE EMPLEO TEMPORAL DEL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD)
De un tiempo a esta parte, de forma reiterada se venían presentando en esta Institución quejas referidas al reiterado incumplimiento del Servicio Andaluz de Salud (SAS) , en concreto la Dirección General de Profesionales, de las sentencias dictadas en relación a la no valoración de la experiencia profesional por los servicios prestados en centros sanitarios concertados a efectos de la Bolsa Única del SAS.
Así, los interesados nos exponían que la no consideración de estos servicios, por parte de las Comisiones de Valoración de la citada Bolsa, daba lugar a constantes alegaciones frente a los listados provisionales y recursos potestativos de reposición frente a los definitivos, viéndose impelidos a la ulterior impugnación ante los Juzgados Contencioso-Administrativos que, finalmente y con cierta reiteración, mediante sentencia vienen a reconocer tal experiencia profesional, fallo judicial que para su efectividad y en ejecución de sentencia había de ser objeto traslado a las Comisiones de Valoración, para la debida corrección y valoración del mérito del afectado en la citada Bolsa.
Esta singladura administrativa-judicial se ha venido reiterando en los últimos años con ocasión de los cortes de baremación que se realizan con referencia al 31 de octubre, toda vez que las Comisiones de Valoración de la Bolsa no venian tomando en consideración la experiencia profesional prestada en servicios sanitarios concertados, sin que esta doctrina jurisprudencial a favor de los interesados tuviera el debido reflejo en la actuación de dichas Comisiones.
Este cuestionado comportamiento administrativo, más allá del grado de ejecución de los mandatos judiciales al caso, ha supuesto una actuación administrativa irregular que obligaba a los interesados a un continuo planteamiento de alegaciones, reclamaciones, recursos administrativos y contencioso-administrativos con graves perjuicios en las ofertas de contratos de trabajo y costes económicos.
Ello motivó que por parte de esta Defensoría se iniciara actuación de oficio (expediente de Queja 15/3630) en el seno de la cual y a nuestro requerimiento, la Administración Sanitaria nos informaba del reciente cambio normativo en la regulación de la Bolsa Única del SAS en los siguientes términos:
“La normativa vigente que regula la Bolsa de Empleo Temporal del SAS comprende la Resolución de 21 de junio de 2010 (BOJA número 137, de 14 de julio), de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional, por la que se dispone la aprobación y publicación del texto refundido y actualizaciones del Pacto de Mesa Sectorial de Sanidad, y la Resolución de 24 de junio de 2010 (BOJA número 143, de 22 de julio), de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional.
El Pacto y la Convocatoria establecen el sistema de selección de personal temporal a través de Bolsa Única, las bases reguladoras del procedimiento y el Baremo de meritos de los grupos A, B, C, D y E. Éste contemplaba específicamente en el apartado Experiencia Profesional que se valora con 0,10 puntos “Por cada mes completo de servicios prestados en la misma categoría y especialidad en centros concertados con la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía o adscritos al Sistema Sanitario Público de Andalucía, en virtud de un convenio singular de vinculación”.
La voluntad de la Administración Sanitaria al redactar el Apartado Experiencia Profesional del Baremo de méritos, ha sido la de valorar los periodos de servicios prestados en centros hospitalarios concertado en la totalidad de su cartera de servicios con la Consejería de Salud. La página web del Servicio Andaluz de Salud, recoge como centros hospitalarios concertados, a los centros que están homologados por la Consejería de Salud, de conformidad con lo establecido en el Decreto 165/1995, de 4 de julio, por el que se regulan los procedimientos de homologación de Centros Hospitalarios y de suscripción de convenios y conciertos entre la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales y entidades, tanto públicas como privadas para la prestación de asistencia sanitaria.
Esta Dirección General de Profesionales considera que la Comisión de Valoración de las diferentes categorías profesionales obran correctamente en aquellos casos en que no valoran los periodos de servicios prestados, cuando no se tratan de centros hospitalarios concertados en la totalidad de su cartera de servicios con la Consejería de Salud, sino que se trata de centros privados que resultan adjudicatario para la prestación, bajo la modalidad de concierto, de un concreto y determinado servicio, tales como hemodiálisis, radiodiagnóstico, etc., pero ello no les convierten en Centros Sanitarios Concertados con la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía a los efectos que dispone el Apartado 1.3 del Baremo de méritos de la citada Resolución de 24 de junio de 2010. Por tanto, este es el criterio a seguir tanto en las baremaciones de las diferentes Comisiones de Valoración, como en las resoluciones de los recursos de reposición por parte de esta Dirección General de Profesionales.
En los casos de ulteriores impugnaciones ante los Juzgados Contencioso-Administrativos, se han dictado Sentencias en las que efectivamente se han reconocido como concertados los servicios prestados en centros privados con conciertos de determinados servicios, y en estos casos, como no puede ser de otra manera, se han ejecutado las Sentencias estrictamente conforme al fallo de las mismas. En otros casos, sin embargo, se han pronunciado en sentido contrario, desestimando las pretensiones de los recurrentes. A este respecto hay que decir que la Sentencia nº 334 de 16 de junio de 2010 dictada en los autos 48/109 en la que se valoraba la experiencia profesional en un centro que había sido adjudicatario de un servicio de hemodiálisis como experiencia prestada en un centro concertado con la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, ha sido revocada por la dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía el 29/09/14 en el rollo de apelación 1222/2010. Entendemos que con ella queda consolidado el procedimiento de esta Administración. Dicha Sentencia señala que:
“Del tenor literal de la norma se desprende que la experiencia profesional a valorar es aquella desarrollada en el marco de un concierto con la Consejería de Salud o bien de un convenio singular de colaboración. No se incluye otras fórmulas de colaboración distintas (...) porque el órgano competente para suscribir tales conciertos no lo incluye como tal y no ha sido homologado a efectos del correspondiente concierto con la Consejería de Salud. En este caso no cabe una interpretación extensiva de las bases, que son claras al describir la experiencia profesional que pretende valorar a dicho apartado; además de una forma legítima, porque ha de recordarse la libertad de diseño de las bases -dentro del respeto a la legalidad- y que la opción elegida está justificada porque los sistemas de acceso a la Administración sanitaria se rigen por principio de méritos y capacidad (...). En consecuencia ha de respetarse la voluntad de la Administración sanitaria de integrar su Bolsa de Empleo temporal primando la experiencia (...) en centros concertados con la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía o adscritos al Sistema Sanitario Público de Andalucía en virtud de convenio singular de vinculación, en cuanto centros sometidos a su control (...).
Y en relación con el hecho de que a otras se les haya puntuado los servicios prestados en dichos centros no puede vincular a la administración, que ya se encuentra vinculada por el pronunciamiento referido”.
Además de ello, esta Dirección General de Profesionales, tras la problemática surgida en la interpretación del mencionado apartado de la valoración de servicios prestados en centros concertados con la Consejería de Salud, ha dado una nueva redacción a este apartado del Baremo recogido en el Pacto y Convocatoria mediante la Resolución de 12 de junio de 2015, publicada en el BOJA núm. 119 de 22 de junio (de la misma forma que ya se había dado en el Baremo aplicado en la última oferta de empleo público del SAS), estableciendo:
“Por cada mes completo de servicios prestados, en la misma categoría, en centros hospitalarios concertados en la totalidad de su cartera de servicios con la Consejería competente en materia de Salud, o adscritos al Sistema Sanitario Público de Andalucía en virtud de un convenio singular de vinculación: 0,10 puntos“.”
A la vista de lo anteriormente expuesto, esta Institución procedió al cierre y archivo del expediente de queja citado, toda vez que tras la modificación de la normativa reguladora de la Bolsa del SAS, la actuación de las Comisiones de Valoración se adecuan, a partir de la misma, al marco jurídico de referencia.”.
134 Comentarios
Hola Javier, en general para este tipo de consultas, creemos que lo más interesante es que la envieis a la Dirección General de Profesionales a través de este enlace:https://ws027.juntadeandalucia.es/profesionales/eatencion/login.asp
Hola, soy enfermero y tengo un año de experiencia en un hospital concertado de otra provincia que no es Andalucia, quisiera saber si me puntua en la Bolsa SAS y en que categoria seria. Muchas gracias.
Este tema me interesa, se ha sabido finalmente, si puntua el tiempo trabajado en hospitales concertados de otras provincias que no sean Andalucia??
Hola Jonathan, entendemos que si. Ha habido sentencias en este sentido. saludos
y en centros privados concertados con la seguridad social de otras comunidades? porque no deja registrarlas como tal, solo como concertadas con la consejería de sanidad de la Junta de Andalucia y no me han baremado mi experiencia por entidad /organismo no valido, tanto en centro privado como en mutuas concertadas
Buenas tardes, podrían decirme entonces cual seria el procedimiento a seguir para que me reconocieran mi tiempo trabajado? Porque de entrada el SAS no lo va baremar, supongo que habría que denunciarlo. Hay alguien, tal vez, especializado a quien pudiera dirigirme, para asesorarme o llevar mi caso? Espero su respuesta y muchas gracias
Hay que ver lo que digan las bases, pero existe jurisprudencia de que procede el reconocimiento de los servicios de todo el territorio nacional e incluso del resto de la uniòn europea.
Las bases no pueden recoger que NO se bareman (y si lo dicen, hay que impugnar ), y las Comisiones de Selección deben aplicar el criterio jurisprudencial antes comentado. Saludos
BUENAS TARDES, SOY ENFERMERA, HACE UN AÑO HE ESTADO TRABAJANDO 19 MESES en una residencia de personas con discapacidad intelectual, dicha residencia esta concertada por la junta de andalucia, pero es de gestion privada. Es más yo como única enfermera en este tiempo que estuve cubriendo una baja por gestacion y luego poor maternidad he ido incluso a la junta de andalucia con directores del centro a hablar de temas de salud de los residentes. La historia es que el dinero que entra ahi pertenece a la junta que son los que se encargan de pagar las plazas de los discapacitados. Bueno la historia es que he enviado este año documentación y no me lo han aceptado en la bolsa del sas, e incluso luego puse una reclamación y no hubo forma. Saben que puedo hacer? Gracias por su atenciónn.
Hola Rocio, para que se baremen los servicios prestados en un centro no SAS, pero concertados con el Servicio Andaluz de Salud, tienen que ser centros que tengan un concierto completo. De todas formas si no estas de acuerdo con la baremación nos puedes presentar una queja, previa reclamación contra el listado de bolsas SAS.
No obstante en este enlace puedes encontrar información adicional sobre la baremación de los puestos del SAS: http://www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/principal/document...
y EN este sobre los puestos de trabajo del SAS: http://www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/principal/document...
Buenos días Rocio. Vamos a pasar tu mensaje a los compañeros para que nos informen. Gracias
Muchas Gracias, espero su respuesta pronto.
Hola, mi consulta es la siguiente llevo dos años trabajando de auxiliar de ayuda a domicilio, para una empresa subcontratada del ayuntamiento. mi pregunta es la siguiente;
¿Puede eta experiencia contarme para el sas?
Si la respuesta es afirmativa, ¿Cómo se hace?
Me gustaría saber si me contaria los puntos para auxiliar de enfermería. El trabajo lo estoy realiando después de tener título de fp medio en cuidados auxiliares de enfermería.
Gracias, agradecería vuestra respuesta.
Hola Laura, en general para este tipo de consultas, creemos que lo más interesante es que la envieis a la Dirección General de Profesionales a través de este enlace:https://ws027.juntadeandalucia.es/profesionales/eatencion/login.asp
Hola me gustaría saber si a dia de hoy se barema como experiencia no sas el haber trabajado en un geriátrico que está concertado por la junta de Andalucía, he estado contratada como gerocultora pero exigiendome tener titulo de tcae. Puntuaria 0,1? Gracias
Como norma general los servicios prestados en centros concertados si se tienen en cuenta. De todas formas habria que ver la convocatoria del concurso, asi como el baremo de la bolsa de empleo temporal del SAS.
Lo mejor es que solicite información concreta a la Dirección General de Profesionales y si no contestan o no esta de acuerdo puede presentar una queja para analizarla.
En general para este tipo de consultas, creemos que lo más interesante es que la envieis a la Dirección General de Profesionales a través de este enlace:https://ws027.juntadeandalucia.es/profesionales/eatencion/login.asp
Si finalmente deseas presentar una queja puedes hacerlo mediante este enlace:
http://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic
También lo puedes hacer por fax, correo postal o correo electrónico. De cualquier forma que lo hagas no te olvides poner tus datos personales, dirección postal o electrónica para comunicarnos contigo y firmar el escrito. Si lo haces mediante el enlace que te ponemos o por correo electrónico, no te olvides de adjuntar el mismo texto que escribes con tu firma, en un archivo.
Un saludo.
Un saludo.
Buenos días María, hemos pasado tu consulta a los compañeros para que nos respondan. Debido al volumen de consultas, que tenemos que motivar jurídicamente, vamos a tardar unos días en responderte. Gracias anticipadamente por tu paciencia. Un saludo
Buenas tardes, Soy auxiliar de enfermería y tengo un contrato de 6 meses como auxiliar de ayuda a domicilio para un ayuntamiento(sin subcontrata). Mi pregunta es si la experiencia me la pueden puntuar en la Bolsa única para la categoría de Auxiliar de enfermería, ya que las funciones de los Auxiliares de Ayuda a domicilio están dentro de las los TCAE. Muchas gracias.
Hola Flor, como hemos contestado en otras ocasiones, hay que estar a lo que disponga la convocatoria o proceso de selección.
En general para este tipo de consultas, creemos que lo más interesante es que la envieis a la Dirección General de Profesionales a través de este enlace:https://ws027.juntadeandalucia.es/profesionales/eatencion/login.asp
Un saludo.
Hola yo trabajo como auxiliar administrativo en un centro concertado con el sas pero en la bolsa no me cuentan los Puntos. Que puedo hacer?
Como hemos contestado en otras ocasiones, hay que estar a lo que disponga la convocatoria o proceso de selección.
Si consideras que no se valoran algunos meritos, debe de presentarse un escrito en el SAS, si no te contestan o no estas de acuerdo, trasladanos una queja.
En general para este tipo de consultas, creemos que lo más interesante es que la envieis a la Dirección General de Profesionales a través de este enlace:https://ws027.juntadeandalucia.es/profesionales/eatencion/login.asp
Si finalmente te diriges a nosotros puedes hacerlo mesiante el siguiente enlace: http://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic
Un saludo.
Soy enfermero, y he estado trabajando en un centro privado con concierto con la Junta (sas) que no tiene la totalidad de su cartera concertada, solo la resonancia magnética, he estado trabando exclusivamente en la resonancia. ¿Se me tendría que valorar la experiencia laboral anterior la entrada en vigor de la Resolución de 12 de Junio de 2015 BOJA num. 119 de 22 de Junio?
Buenos días Francisco, pasamos tu consulta a los compañeros para que nos respondan. Gracias y estamos en contacto. Un saludo
Francisco, hay que estar a lo que disponga la convocatoria o proceso de selección.
Si consideras que no se han valorado estos meritos, habras presentado un escrito en el SAS, si no te contestan o no estas de acuerdo, trasladanos una queja.
También puedes realizar la consulta a la Dirección General de Profesionales a través de este enlace:https://ws027.juntadeandalucia.es/profesionales/eatencion/login.asp
Un saludo.
Recientemente el SAS ha publicado la actualización de la bolsa a 31 10 2016, en mi caso no me puntuan mi tiempo trabajado, ni con 0,3 ni con 0,1, en el hospital publico de Torrejón de Ardoz, es de titularidad pública pero de gestión privada mediante concesión administrativa, presta íntegramente todos los servicios de un hospital, si me lo valoraron en Octubre de 2015 sin embargo ahora no. Tengo pensado presentar alegaciones, en el supuesto de que no me respondan o la respuesta no sea satistactoria quisiera presentar una queja ante su institución, aunque soy Andaluz, por desgracia he tenido que salir fuera para buscarme la vida; Les rogaría que me indicasen la manera de presentar la queja. Saludos y Gracias.
Buenas tardes Mariano. Hemos leído atentamente tu consulta y queremos informarte que, en tu caso, el Hospital de titularidad pública no pertenece a la Administración andaluza, por lo que en este caso debes presentar la queja al Defensor del Pueblo del Estado (adjunto enlace). Gracias y esperamos que puedan ayudarte. Un saludo
https://www.defensordelpueblo.es/tu-queja/01-description/