En el BOJA de 9 de Marzo de 2015, nº 46, se ha publicado la Orden de 3 de marzo, de la Consejería de Fomento y Vivienda, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el alquiler de viviendas a personas con ingresos limitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2015.
Se trata de las ayudas al alquiler de viviendas libres previstas en el Plan Estatal de fomento del alquiler, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016, regulado por el Real Decreto 233/2012, de 5 de abril.
Se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas el alquiler de vivienda habitual a personas con ingresos limitados para año 2015.
- Plazo de presentación: DEL 10 DE MARZO HASTA EL 30 DE ABRIL DE 2015
- Personas beneficiarias:
* Las personas titulares de contratos de arrendamiento de vivienda destinada a residencia habitual y permanente, ubicadas en Andalucía.
* Las personas que tengan intención de alquilar una vivienda, siempre que presenten un contrato de alquiler que condicione sus efectos a la obtención de la ayuda en el plazo de un mes desde la resolución de la misma.
Los requisitos habrán de cumplirlos todos los miembros de la unidad de convivencia a la que se destina la vivienda.
Se entiende por unidad de convivencia a todas las personas que convivan y estén empadronadas en una misma vivienda, existan o no lazos familiares. Una misma persona no podrá formar parte de dos unidades familiares distintas.
- Cuantía de las ayudas: Consistirá en el 40% de la renta anual que deba satisfacerse por el alquiler de la vivienda habitual y permanente, con un límite máximo de 2.400 euros anuales por vivienda. Estos límites se prorratearán sobre los meses subvencionables que correspondan.
- Pago: El pago de la ayuda se fraccionará abonándose al inicio de cada mes en curso y en caso de existir meses ya vencidos, se incluirán estos en un pago único.
- Solicitudes: Según el formulario aprobado que se podrá obtener en la dirección web http://www.juntadeandalucia.es/export/drupaljda/002252-A00-V00-00_0.pdf
- Lugar de presentación: Preferentemente en las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía http://www.juntadeandalucia.es/fomentoyvivienda/portal-web/web/directorio de la provincia en la que esté ubicada la vivienda, o en el registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, en la dirección web http://www.andaluciajunta.es, en cuyo caso se requerirá firma electrónica reconocida.
INFORMACIÓN: http://www.juntadeandalucia.es/servicios/ayudas/detalle/77700.html
2732 Comentarios
Defensor del pueblo, cuando vamos a cobrar la ayuda del año pasado? Esto va como 2015 o incluso peor. Yo llevo 6 meses de baja y hace 3 que tuve que irme de mi piso de alquiler, sin tener donde ir. Provisionalmente estoy en casa de un familiar pero no puedo estar más tiempo aquí. Tengo que cobrar más de 2000€ de ayuda del 2016, cree usted que pronto habrá movimientos? Yo estoy ya desesperada por no tener techo ni casi dinero y se me pasa por la cabeza hacer alguna locura, en el barrio de los callaos no cuesta nada el alquiler. Espero que me conteste y que esto se solucione pronto porque esto es una ayuda para el alquiler que se debería de dar en el momento, no con casi dos años de atraso, así no solucionamos nada. Gracias
Hemos trasladado al Area la cuestión, así como al Gabinete. Hay una queja de oficio pendiente de firma: 17/pendiente de firma.
Pepe Colsa (20/06/2017).- Entendemos tu dramatica situación, hemos abierto queja de oficio relativa al retraso que preside la resolución de la Convocatoria para el ejercicio 2016 de las ayudas de alquiler. En fecha 19/06/2017 hemos trasladado a la Secretaria General de Vivienda nuestra preocupación por los retrasos trasladandole las numerosas quejas que venimos recibiendo y hemos solicitado que nos remitan a la mayor brevedad información sobre el estado actual de tramitación del procedimiento de reconocimiento y pago de las ayudas al alquiler de vivienda y la fecha aproximada en la que el procedimiento estará ultimado con el pago efectivo de las ayudas concedidas.
En cuanto recibamos la información os la trasladaremos sin perjuicio de continuar insistiendo en la necesidad de la pronta resolución de dichas ayudas.
Señor dpa ,podría darnos información sobre las ayudas 2016 ,ya que estan incumpliendo sistemáticamente todo lo prometido ,estan jugando con muchas familias ,ustedes si que cobran al principio de mes y a los demas que nos den deberian ser juzgados por terrorismo social, en las urnas lo pagareis
Totalmente de acuerdo!!! Que pasa aquí ya??? Es desesperante estás a expensas de.m cobrar una ayuda...
Por dios cuando vas a salir las listas ? En granada no ha habido movimientos desde enero!!!!!!
Se sabe si a las personas con deudas con Ssocial tendremos la ayuda? En mi caso estoy pendiente de juicio . Y si finalmente me dan la razón esa deuda no existe pq es por un cobro de accidente laboral. Presente alegaciones pero no se han puesto en contacto conmigo ni ha salido aun resolución. Me podriais ayudar??
No sabemos exactamente lo que nos planteas, ¿es un cobro indebido de prestaciones? Mandanos el escrito de alegaciones y que te envio laDelegación. Un saludo. Esperamos tus noticias.
Yo cobre como accidente laboral y luego inss lo puso como enfermedad común pq no presente documentación pq nunca me llego la carta. Esta puesta una demanda pero el abogado dice q tardara en resolverse. Sin embargo la deuda con la seguridad social esta ahí. Y ese es el motivo. Pero si finalmente me dan la razón no debo devolver nada pq fue accidente laboral pero la empresa no quiso reconocerlo
Hola, alguien sabe para cuando saldrán las listas definitivas, al paso ke van, para el próximo año.
hola a todos, ayer buscando informacion sobre la ayuda 2016 noticia 2 de mayo, decia que estaba la baremacion casi terminada y saldrian a finales de mayo las listas definitiva y que se abonaria antes del verano. sera cierto pero parece que va mas rapido 2015. bueno es solo noticia de prensa
Alguien sabe cuando salen las listas definitivas en toda Andalucia ?
Va a hacer casi un año y no se sabe nada......
Hoy estuve entregando el último papel q me faltaban para la ayuda d alquiler y pregunté q día sale la lista definitiva me dijeron mira creo q afinal d este mes.
Ahora para Julio dentro de poco mas de un mes va hacer un año q heche solicitud y tres meses ya desd q entregue lo ultimo q pidieron a este paso vamos igual de atrasados q la ayuda anterior.Y dicen q van abonar ayuda antes del verano??eso tendria q ser ya!!!y ni si quiera estan las listas definitivas....yo no lo entiendo!!!
Muy bien cordobés. Has dicho la verdad, toda la verdad y nada más que la verdad. La figura del DPA está vacía de contenido, no tiene ninguna utilidad para el ciudadano y además tenemos que pagarle el sueldo. Cosas de esta democracia.
Es justo q mis hijos vayan a quedarse sin beca para los estudios por haber cobrado la ayuda al alquiler. Que somos personas con bajos ingresos por eso nos dan estas ayudas!! Que puedo hacer aun no realice la declaración. Pero me dicen q si mis ganancias patrimoniales superan los 1700€ me denegaran la beca d mis hijos Ayuda por favor
El Real Decreto 1721/2007, que contine la normativa reguladora de las becas universitarias, establece en su art. 17.1.b) como requisito económico para su concesión que no se supere un umbral de patrimonio de 1.700 euros y señala que para calcular ese umbral de patrimonio se incluirá el importe de las subvenciones y ayudas recibidas excluyendo «las subvenciones recibidas para adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual». Aunque la norma no menciona a las ayudas al alquiler de viviendas el Ministerio de Educación equipara estas ayudas a las subvenciones para adquisición de la vivienda habitual, por lo que quedarían excluidas del cómputo del umbral de patrimonio. Esto significa que nadie debe quedarse sin beca por estas ayudas al alquiler.
El Defensor del Pueblo del Estado ha solicitado al Ministerio que incluya en el art. 17.1.b) del RD 1721/2007 una referencia expresa a que quedan excluidas del cómputo del umbral de patrimonio las ayudas al alquiler. Lamentablemente el Ministerio no ha aceptado esta petición, aunque si se ha comprometido a dar instrucciones a los organismos que valoran las solicitudes de beca para que tengan en cuenta esta exclusión. Por tanto, deben solicitar la beca, aportando documentación acreditativa de la ayuda al alquiler recibida. En caso de que la misma fuera denegada por esta causa, deben presentar recurso ante el Ministerio.
Adjuntamos enlace a la resolucion dictada por el Defensor del Pueblo:
https://www.defensordelpueblo.es/resoluciones/modificacion-del-real-decreto-17212007-para-excluir-del-computo-de-rendimientos-patrimoniales-a-efectos-de-la-concesion-de-beca-las-subvenciones-para-alquiler-de-vivienda-habitual-2/
https://www.defensordelpueblo.es/resoluciones/instruir-a-los-organos-de-gestion-de-becas-respecto-al-criterio-interpretativo-correcto-para-evaluar-las-cuantias-percibidas-por-el-solicitante-como-subvencion-para-alquiler-de-vivienda-habitual-2/
Hola buenas amo me pasaba lo mismo me hicieron la declaración y le dieron. Confirma como venia en mi casa los ingreso que al entrado sin eso 1900 euros y me lo pusieron en patrimonio yo e buscado un gestor y me la an retificado porque me. Dicho que venía para ponerla en refimiento de trabajo o patrimonio que eso no era subecion que ay tres clase de subeciones y está no es para patrimonio y me lo a coregido porque yo no debo ni de hacer la declarion y la ago por mis hijas paras las becas y papeleos hacin que no te preocupe que viene en patrimonio si son muy listo pero puedes hablarlo porque es una ayuda de alquiler para persona necesitada no subenciones par comprar una vivienda o para reforma una vivienda a mi me lían retificado ya
Buenos días. Paso tu consulta a los compañeros. Gracias
Si en la declaración de la renta pongo lo q he cobrado de ayuda al alquiler 1920€ el próximo año mis hijo no tendrá beca para sus estudios. Es esto justo??? Quienes tendrán beca los ricos?
El Real Decreto 1721/2007, que contiene la normativa reguladora de las becas universitarias, establece en su art. 17.1.b) como requisito económico para su concesión que no se supere un umbral de patrimonio de 1.700 euros y señala que para calcular ese umbral de patrimonio se incluirá el importe de las subvenciones y ayudas recibidas excluyendo «las subvenciones recibidas para adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual». Aunque la norma no menciona a las ayudas al alquiler de viviendas el Ministerio de Educación equipara estas ayudas a las subvenciones para adquisición de la vivienda habitual, por lo que quedarían excluidas del cómputo del umbral de patrimonio. Esto significa que nadie debe quedarse sin beca por estas ayudas al alquiler.
El Defensor del Pueblo del Estado ha solicitado al Ministerio que incluya en el art. 17.1.b) del RD 1721/2007 una referencia expresa a que quedan excluidas del cómputo del umbral de patrimonio las ayudas al alquiler. Lamentablemente el Ministerio no ha aceptado esta petición, aunque si se ha comprometido a dar instrucciones a los organismos que valoran las solicitudes de beca para que tengan en cuenta esta exclusión. Por tanto, deben solicitar la beca, aportando documentación acreditativa de la ayuda al alquiler recibida. En caso de que la misma fuera denegada por esta causa, deben presentar recurso ante el Ministerio.
Adjuntamos enlace a la resolucion dictada por el Defensor del Pueblo:
https://www.defensordelpueblo.es/resoluciones/modificacion-del-real-decreto-17212007-para-excluir-del-computo-de-rendimientos-patrimoniales-a-efectos-de-la-concesion-de-beca-las-subvenciones-para-alquiler-de-vivienda-habitual-2/
https://www.defensordelpueblo.es/resoluciones/instruir-a-los-organos-de-gestion-de-becas-respecto-al-criterio-interpretativo-correcto-para-evaluar-las-cuantias-percibidas-por-el-solicitante-como-subvencion-para-alquiler-de-vivienda-habitual-2/
El Sr. DPA como siempre. A pesat de ser una autoridad de la Comunidad Andaluza, nunca sabe nada. Da unos consejos que no sirven para terminar diciendo que cada uno consulte a su delegación respectiva. Pero Sr. DPA, ¡¡¡no se da cuenta de que las Instituciones Publicas se burlan de usted porque no "pinta" nada!!!
Para cuando por favor las listas definitivas de Cadiz?a este paso igual q el año pasado??que barbaridad!!!sr defensor del pueblo sabe ud algo??
Buenas tardes. Siento decirte que no sabemos los plazos para la publicación de las listas definitivas. Creemos que no habrán terminado de analizar toda la informaicón que pueda haber incorporado en las listas provisionales por falta de documentación de solicitantes o defectos procedimentales. Para más información debe dirigirte a la Delegación de tu provincia. Gracias
Alguien solicitó la ayuda en 2016 y que haya cobrado? Yo la solicite en julio y aún nada. Llevo 10 meses y soy de Córdoba.
La ayuda del 2016? Aún no han salido ni los listados de personas beneficiarias definitivas... Esto parece que lleva el mismo camino que la ayuda del 2015, lento lento