Os facilitamos enlace de acceso a la convocatoria de Ayudas al Alquiler de Vivienda 2017, publicado por la Consejería de Fomento y Vivienda.
entravista_al_defensor_del_pueblo_andaluz.mp3
Os facilitamos enlace de acceso a la convocatoria de Ayudas al Alquiler de Vivienda 2017, publicado por la Consejería de Fomento y Vivienda.
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1392 Comentarios
Para la convocatoria del 2017 tendrias q haber entregado los recibos del 2017 de enero a diciembre ambos inclusive o bien un anexo donde firma el propietario donde se declara q se han pagado todas las mensualidades correspondientes de ese año
Buenas tardes
Querría si alguien me puede contestar
Que recibos bancarios presentasteis para la ayuda del alquiler de 2017
Los recibos del año 2016??
Muchas gracias
hola buenas tardes...para la ayuda correspondiente al ejercicio de ayuda al alquiler 2017 presente todos los recibos bancarios de las doce mensualidades de pago de dicho año...para las del 2018... presente los doce recibos de haber pagado las mensualidades de dicho año...sino es difícil demostrar que has pagado el año,para poder percibir el 40% de lo pagado dicho año en el que has solicitado la ayuda...espero haberte podido ayudar.un saludo
Yo presente los del año 2017
Buenas tardes
No lo de 2017 de enero hasta diciembre
Señor dpa queria decirle que en la listas que salen de la 2018 los menores de 35 no salen ahí?saldrán otras para ese colectivo o como va realmente?
Los listados publicados son listados informativos de clasificación por grupos de la ayuda general. Como sabrá, las bases reguladoras presenta dos tipos de ayuda: la ayuda general y la de jóvenes menores de 35 años. En estos listados solo aparecen los solicitantes de la ayuda general ya que en su tramitación la administración la clasifica por distintos grupos. Estos listados te dicen a qué grupo perteneces. No aparecen solicitantes de la ayuda a jóvenes debido a que esta ayuda, en su tramitación, la administración no la clasifica por grupos.
Hola José. No entendemos muy bien a lo que se refiere en su consulta. Si entendemos por colectivos menores o mayores de 35 AÑOS, este es un dato que no se especifica en los listados. Si no es el caso, podría especificar más su consulta. Gracias José
Supongo que la pregunta que le hacia Jose se refiere a que en la publicacion de la lista de Malaga en cuanto a la ayuda de 2018 que se publico el dia 16 parece ser que las que corresponden al grupo de menores de 35 años no aparecemos....conque como sabremos si nos la han concedido o no??.....copio y pego parte del texto de la web de la junta de andalucia "" * Estos listados se irán actualizando por provincias, conforme vayan clasificándose nuevos expedientes hasta completar el total de solicitudes del grupo general presentadas. No se publican las solicitudes de la “ayuda a jóvenes” por no requerirse su clasificación en grupos *""
Hola Daniel. Los listados publicados son listados informativos de clasificación por grupos de la ayuda general. Como sabrá, las bases reguladoras presenta dos tipos de ayuda: la ayuda general y la de jóvenes menores de 35 años. En estos listados solo aparecen los solicitantes de la ayuda general ya que en su tramitación la administración la clasifica por distintos grupos. Estos listados te dicen a qué grupo perteneces. No aparecen solicitantes de la ayuda a jóvenes debido a que esta ayuda, en su tramitación, la administración no la clasifica por grupos. Gracias por la aclaración. Un saludo
BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, DE AYUDAS PARA EL ALQUILER DE VIVIENDA HABITUAL A PERSONAS EN SITUACIÓN DE ESPECIAL VULNERABILIDAD, CON INGRESOS LIMITADOS Y A JÓVENES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
Primera. Objeto.
Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de ayudas para facilitar el pago del alquiler de su vivienda habitual y permanente a personas inquilinas, de conformidad con lo establecido tanto en el Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020, regulado por Decreto 141/2016, de 2 de agosto, como en el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021; diferenciándose dos programas, en cuanto a su procedimiento y financiación, por tratarse de distintos programas estatales:
a) ayuda general a personas con ingresos limitados y a mayores de 65 años, que podrá complementarse cuando se trate de personas en situación de especial vulnerabilidad, de conformidad con lo establecido en el apartado 1 de la base séptima.
b) ayuda a jóvenes, menores de 35 años.
Acabo de llamar y un hombre muy antiopatico me ha dicho que solo pagan los lunes, martes y jueves y que quien no hubiera cobrado es porque hacienda todavia no habia enviado el expediente. Vaya cachondeo tendria que ser todos moros o cristianos pero no ir pagando a quien les de la gana porque a todos nos hace falta por igual sino no la hubieramos solicitado.
Hola hoy he recibido carta para presentar los recibos desde enero a junio de este año. A ver cuando cobraremos, la del 2018
Porque se les a pagado a algunos de Sevilla y otros todavía estamos esperando?
yo soy de sevilla y todavia nada
Pues ami no me han ingresado nada aun!!
No entiendo xke lan pagao a unas cuantas de personas en sevilla y se ha quedado parado otra vez los pagos hasta cuando tenemos que esperar creo que ya esta bien la espera. Si alguein sabe algo x favor que lo diga
Ni a mi tampoco esperemos que en esta semana. Aver si tenemos suerte por que ya es hora.
Pues yo soy de Sevilla y todavía nada I la tengo aprobada eso porque sera
Ya me han ingresado la ayuda por fin!!!!!!!!
De donde eres Saray , de Sevilla ?
Hola Saray. Enhorabuena, ya era hora. ¿Qué banco tiene?. Yo tengo la Caixa
Yo también tengo ese banco que raro que halla llegado a algunos y otros no.
ya estan ingresando a sevilla alquila 2017.
Me gustaria saber que plazo tienen realmente para ingresar el dinero, me extraña que este en 10 dias ya que por ejemplo en malaga tardaron porlo menos 1 mes y medio
BeneficiariosDEFINITIVOS_PlanAlquila2017.pdf
El abono de la subvención se hará en un pago en firme de las mensualidades que se hallen justificadas ante la Delegación Territorial en Sevilla de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio dentro del plazo máximo de 10 días desde la publicación de la Resolución, conforme al artículo 21 de la Orden de 29 de junio de 2016y Anexo IV de la Orden de Convocatoria.