Se trata de una consulta sobre el modo de reclamar y solicitar indemnizaciones por demoras en la emisión de resoluciones judiciales.
Así informamos que la persona interesada habrá de dirigir su petición indemnizatoria directamente al Ministerio de Justicia -en todo tipo de procesos y sea cual sea el orden jurisdiccional causante de la dilación- y que “el derecho a reclamar la indemnización prescribirá al año, a partir del día en que pudo ejercitarse”.
Las personas interesadas podrán presentar sus quejas o denuncias, así como en general iniciativas y sugerencias relativas al funcionamiento de los Juzgados y Tribunales, en el Consejo General del Poder Judicial, en cualquiera de los órganos a los que se refiere el artículo 2 del Reglamento (Dicho artículo 2 preceptúa que corresponde a los Presidentes de los Tribunales y Audiencias oír las quejas que les hagan los interesados en las causas o pleitos; de igual modo los Jueces Decanos y, donde no existan éstos, los Jueces únicos atenderán las quejas que les formulen los interesados) o bien en el propio órgano jurisdiccional, mediante un escrito en el que se indiquen los datos de identificación del interesado, el motivo de su queja o denuncia, el órgano al que se dirige y el órgano jurisdiccional y el procedimiento al que se refiera.
La presentación podrá hacerse en el registro del órgano, recibiendo en dicho acto un justificante o copia sellada.
En la secretaría de cada órgano jurisdiccional (Juzgado o Tribunal) se tendrán a disposición de los interesados, en lugar visible y adecuadamente indicado, los correspondientes formularios para su utilización potestativa por aquellos, atendiéndose en dicho lugar también las solicitudes de información previas que se reciban. En los lugares donde tengan su sede varios órganos judiciales podrá centralizarse esta actividad en una determinada dependencia.
Tales escritos de queja o de denuncia, una vez presentados, serán remitidos para su tramitación y resolución al Decanato, cuando se trate de un Juzgado, o a la Presidencia del Tribunal o Audiencia, cuando se trate de un órgano colegiado, dentro de las 48 horas siguientes, conservando una copia para su unión al correspondiente libro y otra para su remisión al Consejo General del Poder Judicial dentro del mismo plazo, todo ello sin perjuicio de adoptar, cuando resulte fundada la reclamación o sugerencia y siempre dentro de las competencias del órgano receptor, las medidas necesarias para subsanar las anomalías que estuvieren en el origen de la reclamación o sugerencia, participando dichos extremos al órgano de gobierno. La resolución se adoptará con la mayor brevedad posible y en todo caso dentro del plazo de un mes a partir de su recepción por el órgano que haya de resolver sobre la misma.
239 Comentarios
Hola Consuelo, déjanos un número de teléfono al que podamos llamarte para ver en qué podemos ayudarte. El número de teléfono que nos des no saldrá publicado.
buenos dias, acudi a un juicio como testigo propuesto por una de las partes (una empresa) solicite la indemnización de gastos por testigos, me llegó en julio la resolucion donde el letrado aprueba un importe de 300 euros por los gastos que aporte mediante justificantes etc... en la resolucion dice que si en el plazo de 10 dias no pagan dicho importe, puedo proceder a la via de apremio.
pues bien, han pasado 5 meses, no han pagado y me han dicho que no van a pagar... por favor, alguien me podria decir como solicito el procedimiento de apremio? llamo al juzgado y la persona responsable no sabe como hacerlo, me dice que no ha podido hablar con el letrado... quiero tomar la inciativa y hacer la solicitud del procedimiento por mis propios medios.. que pasos debo seguir y a quien lo dirijo y donde lo registro? gracias
Buenas tardes Alberto, en este caso debes dirgirte al secretario del Juzgado que te informará sobre cómo realizarlo. Un saludo
Mi ex-jefe no me paga, le he demandado y la cuantía es de 5000euros a pagar en 6 plazos mensuales.
El sigue con la tienda donde trabajaba abierta, y tiene a otra persona trabajando para él. ¿Cómo es posible que solo le hayan podido embargar 7euros? Si para mantener la tienda tiene pagar alquiler y el sueldo de la persona contratada.
Yo he investigado y me he enterado del nombre del arrendador del local, quiero enviárselo a mi abogada mediante un escrito.
Hola S..... hemos recibido tu consulta también a traves de correo, te vamos a contestar mejor por ese medio.
Porke un jues siempre cuando yega la fecha de inpesionar siempre posterga o es sinberguensa corrupta o usa el poder ketiene aprobecho propio o travaja para el intendente
Igual por las patadas al diccionario, Fernando.
Hola, se interpuso una demanda de desahucio contra la exnovia de mi hijo que se niega a abandonar una vivienda de mi propiedad el día 26/03/18. El juez tramitó la demanda el 17/10/18. A día de hoy, aún no han notificado nada a la otra parte. Es normal que estos tramites tarden tanto?
Buenos días, admitida la demanda, se dictará por el Secretario Judicial un decreto ( que es una resolución) en la que se requerirá al demandado para que, en el plazo de 10 días, desaloje el inmueble, pague al actor o, en caso de pretender la enervación, pague la totalidad de lo que deba o ponga a disposición del Tribunal o notarialmente el importe de las cantidades reclamadas en la demanda y el de las que adeude en el momento de dicho pago enervador del desahucio; o en otro caso comparezca ante el Juzgado y formule oposición, alegando las razones por las que, a su entender, no debe, en todo o en parte, la cantidad reclamada o las circunstancias relativas a la procedencia de la enervación.
Para obtener más datos sobre la notificación del mencionado decreto a la inquilina le sugerimos que verifique con su letrado el estado de dicho trámite pues intervienen numerosos factores que desconocemos.
En cualquier caso, si usted lo considera, le informamos que puede dirigir sus quejas o denuncias, así como en general iniciativas y sugerencias relativas al funcionamiento de los Juzgados y Tribunales, en el Consejo General del Poder Judicial, en cualquiera de los órganos a los que se refiere el artículo 2 del Reglamento (Dicho artículo 2 preceptúa que corresponde a los Presidentes de los Tribunales y Audiencias oír las quejas que les hagan los interesados en las causas o pleitos; de igual modo los Jueces Decanos y, donde no existan éstos, los Jueces únicos atenderán las quejas que les formulen los interesados) o bien en el propio órgano jurisdiccional, mediante un escrito en el que se indiquen los datos de identificación del interesado, el motivo de su queja o denuncia, el órgano al que se dirige y el órgano jurisdiccional y el procedimiento al que se refiera.
La presentación podrá hacerse en el registro del órgano, recibiendo en dicho acto un justificante o copia sellada.
Un saludo
Quiero saber cuánto puede llegar a tardar un juez en hacer una resolución de un expediente que no se encuentra??
Hola Rosana, no entendemos tu pregunta, necesitariamos más datos para responderte. Si quieres puedes llamarnos al 954212121. Un saludo.
buenas tardes,tras sentencia definitiva sin derecho a recurso contra el ministerio de justicia,por funcionamiento anormal de la justicia
el ministerio no hace efectivo el pago,alegando que no tienen dinero,y que mientras no reciban partida presupuestaria no podran realizar el pago.hasta cuando pueden demorar el pago?puedo iniciar alguna reclamacion?gracias.
Buenos días Julio, en este caso creemos que puedes formular una reclamación o sugerencia ante el CGPJ exponiéndole el problema. Gracias y un saludo
Buenas tardes.
Soy víctima y se señaló la celebración de juicio rápido. Han pasado 6 años hasta que se ha celebrado. Hubo conformidad y me tienen que indemnizar con 8.ooo euros. No se les notificó a los condenados tras la salida del juicio de conformidad y ahora están en busca y captura.
Hay responsabliidad de la administración de justicia?????
Yo he perdido mi dinero por no haber requerido a los condenados el mismo día del juicio de conformidad. Cierto que a lo mejor no hubieran tenido dinero ni nada que embargar, pero mi perjucio por mi pérdida de oportunidad???????????????????????
Buenas noches Rosa, en este caso creemos que puedes formular una reclamación o sugerencia ante el CGPJ exponiéndole el problema. Gracias y un saludo
Hola, actualmente me encuentro desempleado, inicié una demanda para rebajar la pensión por alimentos , adecuándose a mi situación actual. Llevo un año esperando el juicio y mientras estoy pagando lo establecido inicialmente pero ya no puedo pagar más porque no tengo dinero suficiente. Mi abogado pidió medidas cautelares pero tampoco recibo respuesta.Que puedo hacer??
Si dejo de pagar , irá en mi contra pero ya no dispongo de más dinero.
Buenos dias . Q puedo hacer q el juzgado dio orden para q un secuetre haga su diligencia desde el mes de julio y estamos a octubre y dicen que no hay secuestres disponibles para q realicen el procedimiento que estan ocupados.. este proceso se hizo por que los inquilinos no han seguido pagando arriendo. ( Se arrendo casa famimiar con tienda ).
Buenos días Karina. No entendemos su consulta. Podría especificarnos el problma. Gracias
Buenas,mi caso es que soy legataria de un apartamento,como una tía mía no estaba de acuerdo con que mi abuela me dejara esto a mi,pasó tiempo y no hubo aceptación de la herencia...pasados cómo 10 años mi madre comenzó a mover todo por el juzgado para la repartición de la herencia,el cual ordenado a una contadora partidora ha realizar el cuaderno particionar.
Resumiendo pone que yo me quedo con el apartamento pero tengo que hacer un ingreso en el juzgado a los demás de un total de 70000€.
Mi pregunta es si ya transcurrido 5 años y sin que nadie haya ejecutado ese ingreso ante el juzgado,según tengo entendido,ya no tengo que hacer ningún tipo de ingreso ya que esto caducó......es así?gracias
Buenos días Jovanna. Como sabrás, el Defensor del Pueblo Andaluz tiene como función la protección de los derechos de los ciudadanos y ciudadanas FRENTE A LA ADMINISTRACIÓN. La consulta que nos traslada pertenece a un ámbito jurídico-privado que excede de nuestras competencias. Te aconsejamos que te dirijas a un jurista para que pueda informarte. Gracias y un saludo.
Buenos días,al padre de mi hijo le embargan la nómina porque me debe la pensión de alimentos de tres años y el juzgado me lo ingresa en mi cuenta.No se el motivo porque todos los años en verano el juzgado no me ingresa nada en dos o tres meses,y luego me lo da cuando quiere.A fecha de hoy me falta por recibir el mes de agosto,septiembre y octubre.Que puedo hacer.gracias
Buenos días Victoria, te aconsejamos que formules una reclamación o sugerencia ante el CGPJ exponiéndole el problema. Gracias y un saludo
Si no estoy de acuerdo con una sentencia del juzgado letrado que puedo hacer ? Necesito saber tengo escrito de Cívica y me preguntan esoo
Buenos días Ali. En el caso de no compartir sentencias de juzgados tiene la posibilidad de recurrir a instancias superiores, a un tribunal superior que supervisará el proceso judicial. Gracias
Una consulta , cada vez q m citan a alguna audiencia nunca es a la hora designada es decir tengo audiencia 9:15am y pues son casi 10:30am y no aparece ningún juez y el fiscal recién se está instalando.
Otras veces se han suspendido sin yo saber el motivo , abra algún lugar donde pueda quejarme sin q alla represalias en mi contra.
Gracias