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Cómo reclamar contra retrasos en las resoluciones judiciales

Miércoles, 27 Marzo, 2013

Se trata de una consulta sobre el modo de reclamar y solicitar indemnizaciones por demoras en la emisión de resoluciones judiciales.

Así informamos que la persona interesada habrá de dirigir su petición indemnizatoria directamente al Ministerio de Justicia -en todo tipo de procesos y sea cual sea el orden jurisdiccional causante de la dilación- y que “el derecho a reclamar la indemnización prescribirá al año, a partir del día en que pudo ejercitarse”.

Las personas interesadas podrán presentar sus quejas o denuncias, así como en general iniciativas y sugerencias relativas al funcionamiento de los Juzgados y Tribunales, en el Consejo General del Poder Judicial, en cualquiera de los órganos a los que se refiere el artículo 2 del Reglamento (Dicho artículo 2 preceptúa que corresponde a los Presidentes de los Tribunales y Audiencias oír las quejas que les hagan los interesados en las causas o pleitos; de igual modo los Jueces Decanos y, donde no existan éstos, los Jueces únicos atenderán las quejas que les formulen los interesados) o bien en el propio órgano jurisdiccional, mediante un escrito en el que se indiquen los datos de identificación del interesado, el motivo de su queja o denuncia, el órgano al que se dirige y el órgano jurisdiccional y el procedimiento al que se refiera.

La presentación podrá hacerse en el registro del órgano, recibiendo en dicho acto un justificante o copia sellada.

En la secretaría de cada órgano jurisdiccional (Juzgado o Tribunal) se tendrán a disposición de los interesados, en lugar visible y adecuadamente indicado, los correspondientes formularios para su utilización potestativa por aquellos, atendiéndose en dicho lugar también las solicitudes de información previas que se reciban. En los lugares donde tengan su sede varios órganos judiciales podrá centralizarse esta actividad en una determinada dependencia.

Tales escritos de queja o de denuncia, una vez presentados, serán remitidos para su tramitación y resolución al Decanato, cuando se trate de un Juzgado, o a la Presidencia del Tribunal o Audiencia, cuando se trate de un órgano colegiado, dentro de las 48 horas siguientes, conservando una copia para su unión al correspondiente libro y otra para su remisión al Consejo General del Poder Judicial dentro del mismo plazo, todo ello sin perjuicio de adoptar, cuando resulte fundada la reclamación o sugerencia y siempre dentro de las competencias del órgano receptor, las medidas necesarias para subsanar las anomalías que estuvieren en el origen de la reclamación o sugerencia, participando dichos extremos al órgano de gobierno. La resolución se adoptará con la mayor brevedad posible y en todo caso dentro del plazo de un mes a partir de su recepción por el órgano que haya de resolver sobre la misma.

Número de Consulta: 
CONSULTA-QUEJA 12/5147

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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237 Comentarios

El DPA responde | Enero 10, 2019

Buenas tardes Alberto, en este caso debes dirgirte al secretario del Juzgado que te informará sobre cómo realizarlo. Un saludo

Anónimo (no verificado) | Diciembre 7, 2018

Mi ex-jefe no me paga, le he demandado y la cuantía es de 5000euros a pagar en 6 plazos mensuales.
El sigue con la tienda donde trabajaba abierta, y tiene a otra persona trabajando para él. ¿Cómo es posible que solo le hayan podido embargar 7euros? Si para mantener la tienda tiene pagar alquiler y el sueldo de la persona contratada.

Yo he investigado y me he enterado del nombre del arrendador del local, quiero enviárselo a mi abogada mediante un escrito.

El DPA responde | Diciembre 13, 2018

Hola S..... hemos recibido tu consulta también a traves de correo, te vamos a contestar mejor por ese medio.

Fernando (no verificado) | Noviembre 28, 2018

Porke un jues siempre cuando yega la fecha de inpesionar siempre posterga o es sinberguensa corrupta o usa el poder ketiene aprobecho propio o travaja para el intendente

Juez Marcos (no verificado) | Enero 23, 2019

Igual por las patadas al diccionario, Fernando.

Anónimo (no verificado) | Noviembre 19, 2018

Hola, se interpuso una demanda de desahucio contra la exnovia de mi hijo que se niega a abandonar una vivienda de mi propiedad el día 26/03/18. El juez tramitó la demanda el 17/10/18. A día de hoy, aún no han notificado nada a la otra parte. Es normal que estos tramites tarden tanto?

El DPA responde | Noviembre 22, 2018

Buenos días, admitida la demanda, se dictará por el Secretario Judicial un decreto ( que es una resolución) en la que se requerirá al demandado para que, en el plazo de 10 días, desaloje el inmueble, pague al actor o, en caso de pretender la enervación, pague la totalidad de lo que deba o ponga a disposición del Tribunal o notarialmente el importe de las cantidades reclamadas en la demanda y el de las que adeude en el momento de dicho pago enervador del desahucio; o en otro caso comparezca ante el Juzgado y  formule oposición, alegando las razones por las que, a su entender, no debe, en todo o en parte, la cantidad reclamada o las circunstancias relativas a la procedencia de la enervación.

Para obtener más datos sobre la notificación del mencionado decreto a la inquilina le sugerimos que verifique con su letrado el estado de dicho trámite pues intervienen numerosos factores que desconocemos.

En cualquier caso, si usted lo considera, le informamos que puede dirigir sus quejas o denuncias, así como en general iniciativas y sugerencias relativas al funcionamiento de los Juzgados y Tribunales, en el Consejo General del Poder Judicial, en cualquiera de los órganos a los que se refiere el artículo 2 del Reglamento (Dicho artículo 2 preceptúa que corresponde a los Presidentes de los Tribunales y Audiencias oír las quejas que les hagan los interesados en las causas o pleitos; de igual modo los Jueces Decanos y, donde no existan éstos, los Jueces únicos atenderán las quejas que les formulen los interesados) o bien en el propio órgano jurisdiccional, mediante un escrito en el que se indiquen los datos de identificación del interesado, el motivo de su queja o denuncia, el órgano al que se dirige y el órgano jurisdiccional y el procedimiento al que se refiera.

La presentación podrá hacerse en el registro del órgano, recibiendo en dicho acto un justificante o copia sellada.

Un saludo

Rosana (no verificado) | Noviembre 16, 2018

Quiero saber cuánto puede llegar a tardar un juez en hacer una resolución de un expediente que no se encuentra??

El DPA responde | Noviembre 20, 2018

Hola Rosana, no entendemos tu pregunta, necesitariamos más datos para responderte. Si quieres puedes llamarnos al 954212121. Un saludo.

JULIO de castro... (no verificado) | Noviembre 16, 2018

buenas tardes,tras sentencia definitiva sin derecho a recurso contra el ministerio de justicia,por funcionamiento anormal de la justicia
el ministerio no hace efectivo el pago,alegando que no tienen dinero,y que mientras no reciban partida presupuestaria no podran realizar el pago.hasta cuando pueden demorar el pago?puedo iniciar alguna reclamacion?gracias.

El DPA responde | Noviembre 22, 2018

Buenos días Julio, en este caso creemos que puedes formular una reclamación o sugerencia ante el CGPJ exponiéndole el problema. Gracias y un saludo

Rosa M Cano (no verificado) | Noviembre 15, 2018

Buenas tardes.
Soy víctima y se señaló la celebración de juicio rápido. Han pasado 6 años hasta que se ha celebrado. Hubo conformidad y me tienen que indemnizar con 8.ooo euros. No se les notificó a los condenados tras la salida del juicio de conformidad y ahora están en busca y captura.
Hay responsabliidad de la administración de justicia?????
Yo he perdido mi dinero por no haber requerido a los condenados el mismo día del juicio de conformidad. Cierto que a lo mejor no hubieran tenido dinero ni nada que embargar, pero mi perjucio por mi pérdida de oportunidad???????????????????????

El DPA responde | Noviembre 17, 2018

Buenas noches Rosa, en este caso creemos que puedes formular una reclamación o sugerencia ante el CGPJ exponiéndole el problema. Gracias y un saludo

JAG (no verificado) | Noviembre 13, 2018

Hola, actualmente me encuentro desempleado, inicié una demanda para rebajar la pensión por alimentos , adecuándose a mi situación actual. Llevo un año esperando el juicio y mientras estoy pagando lo establecido inicialmente pero ya no puedo pagar más porque no tengo dinero suficiente. Mi abogado pidió medidas cautelares pero tampoco recibo respuesta.Que puedo hacer??
Si dejo de pagar , irá en mi contra pero ya no dispongo de más dinero.

Karina (no verificado) | Octubre 29, 2018

Buenos dias . Q puedo hacer q el juzgado dio orden para q un secuetre haga su diligencia desde el mes de julio y estamos a octubre y dicen que no hay secuestres disponibles para q realicen el procedimiento que estan ocupados.. este proceso se hizo por que los inquilinos no han seguido pagando arriendo. ( Se arrendo casa famimiar con tienda ).

El DPA responde | Octubre 29, 2018

Buenos días Karina. No entendemos su consulta. Podría especificarnos el problma. Gracias

Jovanna (no verificado) | Octubre 25, 2018

Buenas,mi caso es que soy legataria de un apartamento,como una tía mía no estaba de acuerdo con que mi abuela me dejara esto a mi,pasó tiempo y no hubo aceptación de la herencia...pasados cómo 10 años mi madre comenzó a mover todo por el juzgado para la repartición de la herencia,el cual ordenado a una contadora partidora ha realizar el cuaderno particionar.
Resumiendo pone que yo me quedo con el apartamento pero tengo que hacer un ingreso en el juzgado a los demás de un total de 70000€.
Mi pregunta es si ya transcurrido 5 años y sin que nadie haya ejecutado ese ingreso ante el juzgado,según tengo entendido,ya no tengo que hacer ningún tipo de ingreso ya que esto caducó......es así?gracias

El DPA responde | Octubre 26, 2018

Buenos días Jovanna. Como sabrás, el Defensor del Pueblo Andaluz tiene como función la protección de los derechos de los ciudadanos y ciudadanas FRENTE A LA ADMINISTRACIÓN. La consulta que nos traslada pertenece a un ámbito jurídico-privado que excede de nuestras competencias. Te aconsejamos que te dirijas a un jurista para que pueda informarte. Gracias y un saludo.

Victoria (no verificado) | Octubre 22, 2018

Buenos días,al padre de mi hijo le embargan la nómina porque me debe la pensión de alimentos de tres años y el juzgado me lo ingresa en mi cuenta.No se el motivo porque todos los años en verano el juzgado no me ingresa nada en dos o tres meses,y luego me lo da cuando quiere.A fecha de hoy me falta por recibir el mes de agosto,septiembre y octubre.Que puedo hacer.gracias

El DPA responde | Octubre 25, 2018

Buenos días Victoria, te aconsejamos que formules una reclamación o sugerencia ante el CGPJ exponiéndole el problema. Gracias y un saludo

Ali (no verificado) | Octubre 15, 2018

Si no estoy de acuerdo con una sentencia del juzgado letrado que puedo hacer ? Necesito saber tengo escrito de Cívica y me preguntan esoo

El DPA responde | Octubre 16, 2018

Buenos días Ali. En el caso de no compartir sentencias de juzgados tiene la posibilidad de recurrir a instancias superiores, a un tribunal superior que supervisará el proceso judicial. Gracias

Cinthia (no verificado) | Octubre 15, 2018

Una consulta , cada vez q m citan a alguna audiencia nunca es a la hora designada es decir tengo audiencia 9:15am y pues son casi 10:30am y no aparece ningún juez y el fiscal recién se está instalando.
Otras veces se han suspendido sin yo saber el motivo , abra algún lugar donde pueda quejarme sin q alla represalias en mi contra.
Gracias

Carmen (no verificado) | Octubre 9, 2018

Buenas tardes.
Si la parte demandada ha consignado ,por error, el importe a abonar en otra cuenta de otro juzgado. Tengo derecho a reclamar demora?

El DPA responde | Octubre 11, 2018

Hola Carmen, en principio creemos que  no procedería dado que el demandado ha abonado en tiempo y forma, en este caso estaríamos ante un error material que puede subsanar el propio juzgado. Un saludo.

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