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¿Está funcionando adecuadamente la nueva Renta Mínima de Inserción Social de Andalucía? Lo preguntamos

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 18/3061 dirigida a Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, Secretaría General de Servicios Sociales

El 27 de diciembre de 2017, fue publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, que tiene por objeto regular la prestación económica orientada a la erradicación de la marginación y la desigualdad y a la lucha contra la exclusión social, denominada Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, que tiene como objetivo garantizar la atención a las situaciones de pobreza, exclusión social o riesgo de estarlo de las personas y promover su inclusión e integración social y laboral.

Esta prestación ha venido a sustituir al anteriormente denominado “Salario Social”, o Ingreso Mínimo de Solidaridad que regulaba el Decreto 2/1999, dentro del conocido Programa de Solidaridad de los Andaluces para la erradicación de la marginación y desigualdad en Andalucía.

Como ya conoce, desde que en Andalucía se decidió crear un ingreso destinado a erradicar la marginació­n y desigualdad en esta Comunidad, hace ya más de 25 años, ha sido una constante la presentación de quejas de la ciudadanía por los retrasos y dilaciones en la tramitación de esta prestación, la insuficiencia del presupuesto destinado a la misma para cada ejercicio, así como otro tipo de disfunciones derivadas del propio contenido normativo de los sucesivos Decretos reguladores de este Programa. La recopilación de nuestras actuaciones en las quejas citadas, dio lugar a nuestro Informe Especial al Parlamento de Andalucía, “25 años del Programa de Solidaridad de los Andaluces para la erradicación de la marginación y la desigualdad en Andalucía en las actuaciones del Defensor del Pueblo Andaluz”.

Pues bien, hoy como ayer, se está recibiendo ya en esta Defensoría un número, que comienza a ser importante, de quejas de ciudadanos y ciudadanas tanto en nuestra sede como a través de las redes sociales, manifestando su desesperación debido a que habiendo formulado sus solicitudes en los primeros meses de 2018, aún no saben nada de las mismas, cuando tal prestación les es absolutamente necesaria para poder satisfacer las necesidades básicas de sus familias, al encontrarse en situaciones de verdadera necesidad.

No sería necesario acudir si quiera a las dramáticas situaciones que nos describen las personas que se dirigen a nosotros en queja, para poner de manifiesto el nivel de pobreza o de en riesgo de estarlo de amplios sectores de la ciudadanía andaluza, bastando para ello acudir a la Exposición de Motivos del propio Decreto-Ley que nos ocupa, en la que se afirma que según las últimas estadísticas del Instituto Nacional de Estadística, la tasa de riesgo de pobreza en Andalucía (35,4%) está entre las más altas de las regiones españolas, superando en 13,1 puntos porcentuales la media española. En 2016 el riego de pobreza o exclusión social era del 32,2% si empleamos el umbral de pobreza de Andalucía, y del 41,7% con el umbral de pobreza de España; con carencia material severa, está el 7,1% de la población; viviendo en hogares con baja intensidad en el trabajo, el 23,5 %.

Asimismo, se informa que el estudio realizado por la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, a principios de 2017, de personas sin hogar en las ocho ciudades de mayor población de cada una de las provincias andaluzas dio como resultado el número de 1.731 personas sin hogar. Estos datos se traducen además, entre otras situaciones, en familias con menores de edad a su cargo, sobre todo familias monoparentales o monomarentales, sin necesidades básicas cubiertas, o en personas inmigrantes que no acceden a recursos sociales.

La crisis financiera internacional iniciada en 2008 y el desigual reparto de cargas de su coste derivó en una crisis social y económica que perdura en el tiempo, configurando un escenario económico y social muy diferente al que existía, produciéndose un deterioro de la cohesión social, agravado por el aumento de la desigualdad.

Los efectos de la reforma laboral en España y la consecuente situación de precariedad laboral ha hecho que la igualdad de oportunidades inherente a los Estados de bienestar se haya mermado notablemente. Esta crisis ha conllevado, igualmente, al empobrecimiento de las clases trabajadoras y medias y a la exclusión de las personas más vulnerables desde la perspectiva económica y social, llegando incluso a imposibilitar el acceso de las mismas a los servicios y derechos más básicos para desarrollarse dignamente como personas.

Esta situación se ha visto agravada tanto en las mujeres, cuyo acceso y mantenimiento del empleo se ha visto más reducido que en el caso de los hombres, como en las niñas y niños, derivado de las consecuencias directas que sobre la infancia tiene el hecho de que las familias se encuentren inmersas en un proceso de exclusión económica y social.

El loable intento de corregir de forma urgente esta situación, mediante la implantación de una renta garantizada en Andalucía, la RMISA, puede verse totalmente empañado si la misma no se tramita de forma eficaz y eficiente en los plazos legales previstos para ello, en concreto, en el artículo 32 del Decreto-Ley que nos ocupa, según el cual el plazo para resolver y notificar la resolución será de dos meses a contar desde el día primero del mes siguiente a la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para resolver.

En vista de todo ello, teniendo en cuenta que el artículo 39.1 de la Constitución Española, indica que «Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia» y que el Estatuto de Autonomía para Andalucía reconoce, también, un importante número de derechos íntimamente relacionados con las políticas sociales, entre ellos, el derecho de todas las personas a acceder en condiciones de igualdad a las prestaciones de un sistema público de servicios sociales, a una renta básica que garantice unas condiciones de vida dignas y a recibirla, en caso de necesidad, de los poderes públicos con arreglo a lo dispuesto en la Ley, y a la atención social a las personas que sufren marginación, pobreza o exclusión y discriminación social, conforme a los artículos artículos 10.4.14, 23 y 37.1.7 y 37.2 22 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, haciendo uso de la posibilidad que otorga el artículo 10, apartado 1 de la Ley reguladora del Defensor del Pueblo Andaluz, se incoa de oficio la presente queja, ante la Secretaría General de Servicios Sociales de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía.

entravista_al_defensor_del_pueblo_andaluz.mp3

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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412 Comentarios

marta granada (no verificado) | Enero 15, 2019

hola mi pregunta es corre peligro la renta minima de insercion social o la renta agraria o las ayudas por el cambio del nuevo gobierno

El DPA responde | Enero 15, 2019

Buenas tardes Marta. Como comprenderás no tenemos información sobre la cuestión que nos planteas. Se está votando la configuración del nuevo gobierno andaluz y en las próximas semanas concretarán las nuevas medidas a adoptar. Tendremos que esperar. Gracias y un saludo

Inma Rodríguez (no verificado) | Enero 14, 2019

Hola buenas heche mi ayuda en febrero, me digieron que estaba mal el papel de empadronamiento enseguida lo resolví y desde febrero no se nada,hoy estado en servicio sociales y me an dicho que lo tenéis parado, que puedo hacer?,, no quiero más mentiras

El DPA responde | Enero 15, 2019

Buenos días Inma. El Defensor del Pueblo Andaluz no es un organismo que dependa de la Junta de Andalucía, ni convocamos ni gestionamos ninguna ayuda. Te informamos de esto por tu comenario sobre que lo tenemos parado. Tampoco tenemos ninguna información referente a lo que comentas. Te invitamos a que nos traslades un escrito de queja explicándonos el problema y adjuntando la documentación que creas de interes, de esta manera nos dirigiremos a la Administración competente para preguntar el estado de tu expediente de ayuda. Si así lo decides, puedes trasladarnos el escrito de queja por correo postal (Defensor del Pueblo Andaluz, C\Reyes Católicos nº21, 41001 Sevilla) o por correo electrónico defensor@defensor-and.es o mediante nuestra web (El Defensor en un clic). IMPORTANTE, el escrito de queja tiene que estar debidamente firmado. Gracias y esperamos poder ayudarte. Un saludo

paqui (no verificado) | Enero 13, 2019

hola mi pregunta es voy a echar la renta minima de insercion social , y mi pregunta es en que mes se esta cobrando y cuanto tarda en aprobartela y si te la ingresa en un solo pago o por meses soy de un pueblo de granada muchas gracias

Maria.consolacion (no verificado) | Enero 30, 2019

Hola.yo la eche.en.octubre del año pasado.y a un no he cobrado.nada ni Man.mandado ninguna carta.me digeron.cuando la eche que desde ese momento empezaba a contar que me pagaban.todos los atrasos y ya estoy cansada de ir ala caixa.todos los dias y no hay ningún ingreso el.viernes me voy a pasar.donde la eche en Huelva haber que me dicen.un.saludo cordialmente

Yolanda (no verificado) | Febrero 3, 2019

Pues paciencia yo la eché a primeros de Abril y sigo esperando y si tú la echas te en octubre pues te queda todavía un poco me da a mí yo diría que por lo menos Julio o verano así que paciencia y suerte

Yolanda (no verificado) | Enero 16, 2019

Yo la solicité el 9de Abril ya van a ser 9 meses y medio y no he tenido ninguna noticia ni de qué me falten papeles ni nada así que paciencia si puedes por que a mí se me está agotando estoy sola con dos hijos he sufrido violencia de género no me pasa el padre la manutención y no cobro nada y mira parece que no es una prisa y sigo esperando

El DPA responde | Enero 17, 2019

Hola Yolanda. Atendiendo al comentario, pensamo que estás en situación de urgencia social. Si quieres puedes llamarnos al 954 212121 y los compañeros podrán informarte de los recursos públicos que puedan beneficiarte. Gracias y un saludo

El DPA responde | Enero 14, 2019

Hola Paqui. No podemos darte esa información porque no hay un tiempo fijo de resolución de la solicitud de ayuda por parte de la Administración competente, aunque la normativa establece que debe resolverse en 2 meses, lo cierto es que está tardando de 10 meses a un año. Normalmente, cuando te viene aceptada la ayuda se realiza en un pago único los meses de retraso, esto es, desde el siguiente mes que presentaste la solicitud y los siguiente meses, hasta cumplir el año, se te paga los primeros días de cada mes. Te aconsejamos que solicite información a tu asistente social de tu municipio o a la Delegación Territorial de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de tu provincia. Gracias y un saludo

Favio Gr Mayorga (no verificado) | Enero 2, 2019

¿Por qué no se pagan?
Yo de finales de abril.

Juanarroyosepul... (no verificado) | Enero 4, 2019

Hola.
Yo la solicité el día 10 de Mayo del año pasado y me llegó el día 28 de Diciembre,sin previo aviso ni nada.
Directamente ingresada la cuantía desde abril.
Suerte a todos!

Yolanda (no verificado) | Febrero 4, 2019

Si la solicitaste en Mayo como te la van a ingresar desde Abril ??te van a pagar desde antes de que la solicitará muy raro

Yolanda (no verificado) | Enero 8, 2019

Pues que suerte yo soy de Cádiz la solicite el 9 de Abril y aún nada sin noticias de nada .Tú de qué provincia eres por que no lo entiendo si lo solicitaste más tarde que te llegue antes

Juanarroyosepul... (no verificado) | Febrero 4, 2019

Ah,lo olvidaba soy de Málaga Yolanda.

Juanarroyosepul... (no verificado) | Febrero 4, 2019

Perdón Yolanda.
La solicité el día 10 de Mayo 2018 y me llegó con los atrasos el 28 de diciembre.

Josue (no verificado) | Enero 2, 2019

Hola me podrían desir por favor q es q estamos pasando unos malos momentos en la familia q no se cuando me llega lo heche el 17 de mayo y ya a pasado no se nada de nada alguien. Me ayuda a saber por dnd van los pagos o como puedo seguir mi solicitud para ver como va gracias

Luali brahim (no verificado) | Enero 1, 2019

Soy de Granada lo solicite en marzo del año pasado y me mandaron una carta me piden papeles y lo he entregado y nada todavia y empeze a trabajar después y no me ha dicho nada al quien sabe algo en este caso que me digan algo por fa

Tesa (no verificado) | Enero 9, 2019

Hola,si en Granada están pagando por Mayo

José Luis Manjón (no verificado) | Diciembre 25, 2018

Quiero denunciar públicamente la desgana e inacción injustificada del Defensor del Pueblo Andaluz hacia mi persona ante una queja presentada respecto a la Renta Mínima de Inserción, entre otros asuntos. La misma queja fue presentada al Defensor del Pueblo del Gobierno de España y sí la ha aceptado a trámite y me están resolviendo todas las cuestiones. No os recomiendo al Defensor del Pueblo Andaluz.

El DPA responde | Diciembre 26, 2018

Hola José Luis, por tu nombre no encontramos tu expediente. Nos gustaría revisarlo y ver qué ha podido pasar para que tengas esa opinión tan negativa de nuestra actuación. ¿Nos podrias facilitar el número de expediente, por favor?

María (no verificado) | Enero 3, 2019

Buenas tardes DPA.
Por favor, les pido que revisen mi reclamación. Mi solicitud de la RMISA es de Febrero. Les he enviado un nuevo correo por la desestimación. Mi hijo y yo estamos a 0 euros.
Este es mi número de Expediente nº Q18/5793.
Gracias

El DPA responde | Enero 4, 2019

Hola María. Si quieres conocer el estado de tu queja, es necesario que nos llames al 954 212121, que es la vía oficial por la que puedes informarte. Gracias

Anónimo (no verificado) | Enero 4, 2019

Estamos a 0€, no puedo llamarles. Este es mi número 6xxxxxxxx Por favor, no lo publiquen. Gracias. Acabo de recibir una notificación del DPA con Acuse recibo (documento entrada nº: E201900000156)

El DPA responde | Enero 5, 2019

Bueno María, hemos pasado a los copañeros tu teléfono para que te puedan llamar lo antes posibble.

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