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La Junta libera 28 millones para resolver los atrasos del salario social

Lun, 11/11/2013
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13878 Comentarios

El DPA responde | Abril 1, 2020
Hola, las situaciones de urgencia o emergencia social, se tramitarán con carácter prioritario a las demás solicitudes y son las siguientes:
Art 4.5 y 4.6  Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía:
5. Urgencia social. En el marco del artículo 35 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, se considerará urgencia social aquella situación excepcional o extraordinaria y puntual que requiera de una actuación inmediata, sin la cual podría producirse un grave deterioro o agravamiento del estado de vulnerabilidad y de desprotección en una persona o, en su caso, una unidad familiar, identificando a efectos de este Decreto-ley como tales:
a) Ser víctima de violencia de género.
b) Ser víctima de explotación sexual o laboral en redes de trata de seres humanos.
c) Encontrarse en proceso de desahucio de la vivienda habitual o situación en la que se haya producido una ejecución hipotecaria o lanzamiento por impago de renta o de hipoteca de la vivienda habitual u otras circunstancias excepcionales y extraordinarias que provoquen la pérdida de la vivienda habitual.
d) Padecer de enfermedad grave algún miembro de la unidad familiar que impida el desarrollo de la vida cotidiana y la inserción laboral.
e) Cualquier otra situación que se establezca reglamentariamente.
 
6. Emergencia social. En el marco del artículo 35 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, se considerará emergencia social la necesidad constatada, por los servicios sociales comunitarios u otras instancias de las Administraciones Públicas competentes, de atención inmediata a personas, o grupos de personas por situaciones de crisis social, catástrofes, accidentes, u otras circunstancias similares, identificando a efectos de este Decreto-ley como tales:
a) La pérdida de la vivienda habitual por incendio, derrumbe u otra catástrofe similar que obligue al desalojo de la misma a la unidad familiar.
b) Sufrir un accidente grave alguna de la o las personas miembros de la unidad familiar que impida el desarrollo de la vida cotidiana y la inserción laboral.
c) Cualquier otra situación que se establezca reglamentariamente.
Con la solicitud se debe aportar el modelo cumplimentado por los servicios sociales comunitarios según Anexo V, indicando en el mismo cuál es la causa por la que se inicia la tramitación del procedimiento con carácter de urgencia o emergencia social.
La Delegación Territorial competente en materia de servicios sociales dictará la resolución correspondiente en el plazo máximo de 5 días hábiles desde la entrada del expediente completo en dicha Delegación.
Un saludo.
Sofía (no verificado) | Abril 1, 2020

Silvia según entiendo yo por lo que he buscado es el papel como que se ha solicitado desde asuntos sociales.asi que creo que entraremos todos los que lo hemos solicitado con nuestros asistentes sociales.no solo por violencia de género,deshaucio etc etc.creo entender eso .a ver si contestan los responsables de la página que pueden entender mejor esos términos y anexos

El DPA responde | Abril 3, 2020

Hola Sofía, las situaciones de urgencia o emergencia social son las siguientes:

 
Urgencia social.
a) Ser víctima de violencia de género.
b) Ser víctima de explotación sexual o laboral en redes de trata de seres humanos.
c) Encontrarse en proceso de desahucio de la vivienda habitual o situación en la que se haya producido una ejecución hipotecaria o lanzamiento por impago de renta o de hipoteca de la vivienda habitual u otras circunstancias excepcionales y extraordinarias que provoquen la pérdida de la vivienda habitual.
d) Padecer de enfermedad grave algún miembro de la unidad familiar que impida el desarrollo de la vida cotidiana y la inserción laboral.
e) Cualquier otra situación que se establezca reglamentariamente.
 
Emergencia social.
a) La pérdida de la vivienda habitual por incendio, derrumbe u otra catástrofe similar que obligue al desalojo de la misma a la unidad familiar.
b) Sufrir un accidente grave alguna de la o las personas miembros de la unidad familiar que impida el desarrollo de la vida cotidiana y la inserción laboral.
c) Cualquier otra situación que se establezca reglamentariamente.

Con la solicitud se debe aportar el modelo cumplimentado por los servicios sociales comunitarios según Anexo V, indicando en el mismo cuál es la causa por la que se inicia la tramitación del procedimiento con carácter de urgencia o emergencia social. La Delegación Territorial competente en materia de servicios sociales dictará la resolución correspondiente en el plazo máximo de 5 días hábiles desde la entrada del expediente completo en dicha Delegación.

julio (no verificado) | Abril 1, 2020

Solo estos casos:
- Victima de violencia de género.
- Víctima de explotación sexual y/o laboral.
- Desahucio y/ o ejecución hipotecaria de la vivienda habitual u otras
circunstancias excepcionales y extraordinarias que provoquen la pérdida
de la vivienda habitual.
- Aparición de enfermedad grave en la unidad familiar.

Si no estas en esa situación (como la mayoría), nada....bueno si, seguir esperando a que lleguen las elecciones y cambiar, porque me da que antes llegan las elecciones que el PP+CIUDADANOS+VOX pagaran las rentas a todo el que la necesite en Andalucia.

Sofia (no verificado) | Abril 1, 2020

Yo he buscado que es el anexo V y es el papel como que se ha solicitado desde asuntos sociales.asi que ahí se supone que entra cualquier solicitud que se haya hecho desde asuntos sociales.no solo x esas circunstancias ...no se no entiendo mucho de esto pero es lo que he leído .

El DPA responde | Abril 1, 2020
Hola, las situaciones de urgencia o emergencia social, se tramitarán con carácter prioritario a las demás solicitudes y son las siguientes:
Art 4.5 y 4.6  Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía:
5. Urgencia social. En el marco del artículo 35 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, se considerará urgencia social aquella situación excepcional o extraordinaria y puntual que requiera de una actuación inmediata, sin la cual podría producirse un grave deterioro o agravamiento del estado de vulnerabilidad y de desprotección en una persona o, en su caso, una unidad familiar, identificando a efectos de este Decreto-ley como tales:
a) Ser víctima de violencia de género.
b) Ser víctima de explotación sexual o laboral en redes de trata de seres humanos.
c) Encontrarse en proceso de desahucio de la vivienda habitual o situación en la que se haya producido una ejecución hipotecaria o lanzamiento por impago de renta o de hipoteca de la vivienda habitual u otras circunstancias excepcionales y extraordinarias que provoquen la pérdida de la vivienda habitual.
d) Padecer de enfermedad grave algún miembro de la unidad familiar que impida el desarrollo de la vida cotidiana y la inserción laboral.
e) Cualquier otra situación que se establezca reglamentariamente.
 
6. Emergencia social. En el marco del artículo 35 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, se considerará emergencia social la necesidad constatada, por los servicios sociales comunitarios u otras instancias de las Administraciones Públicas competentes, de atención inmediata a personas, o grupos de personas por situaciones de crisis social, catástrofes, accidentes, u otras circunstancias similares, identificando a efectos de este Decreto-ley como tales:
a) La pérdida de la vivienda habitual por incendio, derrumbe u otra catástrofe similar que obligue al desalojo de la misma a la unidad familiar.
b) Sufrir un accidente grave alguna de la o las personas miembros de la unidad familiar que impida el desarrollo de la vida cotidiana y la inserción laboral.
c) Cualquier otra situación que se establezca reglamentariamente.
Con la solicitud se debe aportar el modelo cumplimentado por los servicios sociales comunitarios según Anexo V, indicando en el mismo cuál es la causa por la que se inicia la tramitación del procedimiento con carácter de urgencia o emergencia social.
La Delegación Territorial competente en materia de servicios sociales dictará la resolución correspondiente en el plazo máximo de 5 días hábiles desde la entrada del expediente completo en dicha Delegación.
Un saludo.
Nuria (no verificado) | Abril 1, 2020

Eso yo la. Solicité 2abril 2019,no se si entro en los de V? Me desahuciaron el. 22de enero, tengo 4hijos, 2 menores, mi marido y yo en paro,sellando los 4 mayores de edad el paro,y mande los papeles del desahucio antes de enero con una nueva direccion para notificaciones, no se si entrare en los que van acobrar o pediran papelitos de colegios y tal como siempre? Gracias un saludo

El DPA responde | Abril 1, 2020

Hola Nuria, si tu solicitud de Renta Mínima de Inserción Social la presentaste por situación de urgencia o emergencia social, siempre que cuenten con el correspondiente Anexo V del Decreto Ley que regula esta prestación, acompañado de informe social sí estarías en el supuesto contemplado.

Si tienes alguna duda puedes ponerte en contacto con los compañeros de la Oficina de Información en el 954212121 o facilitarnos un número de teléfono para que contacten contigo.

Un saludo.

Nuria sevilla (no verificado) | Abril 2, 2020

Buenas no la solicite de emergencia porque no sabia que se podía echar asin me entere al mes siguiente y fui adecirselo y me dijeron que como yo no les dije nada son unas incompetentes maria del mar de olivares que mujer por dios y pa a un recibo del agua que me ayudan lo hacen mal y no lo pagan yme la cortan uff que cambie de trabajo por dios inepta, en fin mi situación era madre soltera 4hijos con un desahucio

El DPA responde | Abril 2, 2020

Buenas noches Nuria. Si lo crees oportuno puedes llamarnos al 954 212121 y nos expones tu situación para ver cómo te podemos ayudar. Gracias y un saludo

Jose Carlos (no verificado) | Marzo 31, 2020

El anuncio del pago de la renta de inserción solo es para 5.000 familias, quedan más de 35.000 a la espera de que se apruebe su solicitud. Esto se llama propaganda en tiempos de crisis. Solo hay que leer los principales periódicos de derechas como ElMundo, LaRazón, 20minutos, ElConfidencial, Vozpopuli, Elespañol, etc... haciendo publicidad de esta " maravillosa" ayuda y hablando maravillas de la Junta de Andalucía y como ayuda a los más desfavorecidos, pero la realidad es otra, los pobres en Andalucia estamos marginados y ahora con esta crisis del Covid-19 vamos a estarlo mucho más. Como ya dije antes, el Gobierno central tiene que intervenir la Consejeria de igualdad, políticas sociales y conciliación de la Junta de Andalucía, cesar a la responsable, la Sra. Rocío Ruíz y abonar en abril todas las solicitudes pendientes de la RMI desde el 2018 hasta la actualidad. En el SEPE te abonan el paro al mes siguiente, cómo es posible que la Junta no lo abone de igual manera?. Mucha suerte a tod@s.

julio (no verificado) | Abril 1, 2020

Lo que hacen es alargado para que la gente encuentre trabajo, o se aburra y deje de renovar el paro.
Una verdadera vergüenza, pero que podemos esperar del PP+CIUDADANOS+VOX.
Las próximas elecciones, que nadie se quede en casa.

Rocio (no verificado) | Marzo 31, 2020

Las renovaciones entran en el paquete de aprobadas?

El DPA responde | Marzo 31, 2020

Hola Rocio. Parece que si, nosotros así lo entendemos según el texto de las medidas anunciadas que dice lo siguiente:

"Además, se procederá a dictar resolución, dando por cumplidos todos los requisitos y estableciendo la cuantía en función de la composición de la unidad familiar, de concesión de las solicitudes de ampliación de esta prestación." Saludos

Rocio (no verificado) | Abril 1, 2020

Si es asín que están aprobadas las renovaciones,el pago lo hacen este mes o sería para el mes que viene?

El DPA responde | Abril 1, 2020

Buenos días Rocio. Las nuevas medidas anunciadas no establece la fecha de pago. Gracias

Margarita (no verificado) | Marzo 31, 2020

No entiedo como esto puede ser sin pero espero k den las ayudas atodos el mundo kla nesecite vamos xk yo nose donde bamos ayegar yo tengo cinco hijos soltera y dos celiaco y nl cobro nada de aki no se puede salir ni siquiera abuscarte la vida xk ni colegio ai de casa no se puede salir y ase falta esta ayuda urgente porque nose k bamos aser yo estoy esperando ake me aprueben un cheke de alimento para mis cinco hijos de 150 euro y disen k esk aora esta parado y lo.solisite el 4 de marzo k creo k le daría tiempo de tramistarlo pero no se olvidan delos k estamos parado de larga duración y yo k es mi caso k estoy sola con mis cinco hijos cuando me sal trabajo no me compran com los irario de colegio y en cima aora esta crisi tan mala k estamos viviendo y kno keda x vivir x dios no dejarnos atrás k lo necesitamos xfabor urgente kien seba acordar de personas como nosotros en eso tiempo tan malo xfabor

Anonimo. (no verificado) | Marzo 31, 2020

Bamos. Aver defensor del pueblo si no tengo trabajo no cobro nada y tengo 3 menores k pasa klo mio no es una situacion de emergencia en k pasa k solo alas biolencias de genero y abusos sexsuales ... Entonces k pasa k te tienen k pegar tu pareja una paliza no asin si te ayudan vengalla ombre poreso ta españa como esta ...........

Car(Cadiz) (no verificado) | Marzo 31, 2020

Aunque no esperaba mucho de los politicos, tenia alguna esperanza que por lo menos se agilizaran las solicituded. La mayoria llevamos mas de un año esperando.
No nos queda otra que seguir esperando que algun dia nos comuniquen que lo aprobaron, en el mejor de los casos. Porque creo que si no te la aprueban, no tienen por que comunicarlo. Como creo recordar que me dijeron en Asuntos Sociales.
Esta ayuda es un derecho, no una caridad.
El Sr. Ministro de Asuntos Sociales, ni pio de la RM.

Manu (no verificado) | Marzo 31, 2020

Las RMI que nos deben es de la Junta de Andalucía. No tiene nada que ver el estado. Es la Junta la que lleva casi dos años de retrasos en los pagos . Una vergüenza

Car(Cadiz) (no verificado) | Abril 1, 2020

Ya se que el retraso de la RMI, no tiene nada que ver con la RM. El Ministro Iglesia y el M. de SS decia que la iban a poner y algunos decian que iba a ser ya mismo.
Lo que si han hecho es dar 15 mill. a las TV privadas, mefiaset, antena3.
Que nadie se quede atras!!
Hay una org.chance donde se esta firmando, para que la JA resuelva la solicitudes dentro de los plazo.Van por 300 y quieren llegar a las 500 firmas.

Anónimo (no verificado) | Marzo 31, 2020

Las renovaciones creo que las van a renovar automaticame

Antonio malaga (no verificado) | Marzo 31, 2020

Pero como podremos saber si nos an renovado automaticamente? Por ejemplo yl termine de cobra el 5 de marzo y me dieron cita para renovar la renovacion ya ckbrada el dia 20 de marzo en medil de estado de alarma yo entraria en esa renovacion automatica?? Y coml puedo saberlo??

jose47 (no verificado) | Marzo 31, 2020

es increible que no sea una ayuda para todos en un estado de pamdemia nos dejen morir de hambre,debe ser para todos porque ahora todos somos vulnerables!! como pedimos alimentos si no podemos salir ni tenemos dinero esperemos tengamos ayuda todos pronto.

Julio (no verificado) | Marzo 31, 2020

Que raro, la Junta de Andalucia del PP+Ciudadanos+Vox mintiendo, diciendo una cosa por la tele y después miras la letra pequeña y es otra.
Vamos, que van a priorizar 5000 casos para escurrir el busto y hacer como que hacen algo, pero los demás que no entren en esos casos a esperar más tiempos.
Y pregunto yo...¿el que pide esta ayuda no es ya de por si un caso de emergencia?
Pues nada, esperemos que cuando lleguen las próximas elecciones, la gente recuerde esto, y nadie se quede en casa si quiere evitar que estos liberales y piratas capitalistas sigan en el gobierno.

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