Hola Rosa. Tenemos varios comentario tuyos donde no nos sale el contenido, solo aparece el nombre. El sistema no nos ha remitido incidencia por lo que queriamos informarte de ello para que, si lo crees oportuno, puedas enviarnos de nuevo tu comentario para publicarlo. Gracias
Hola.. He solicitado rmisa 16/octubre.. Llamé a la asistenta social y me dijo que en Granada están revisando los expedientes de abril.. Así que hasta junio no sabré nada.. El problema es que me van a dar de alta una semana al mes para tareas en el campo Durante recogida y siembra de cereales.. O sea una semana cada mes hasta mayo.. Ganaré unos 37€al día.. Al mes serían 260€..estoy cobrando una pensión de viudedad de 222€..total de mis ingresos serán 481€ hasta mayo y somos tres en casa.. Mi madre y mi hija menor.. Se lo expliqué a la asistenta y me dijo que no tengo que aportar ningún papel hasta que no me lo pidan.. Y que estos ingresos no sobrepasan el iprem.. En mi caso son 536€..mi pregunta es: me denegaran la rmisa por trabajar estas semanas aunque no sobrepase el limite?? Porque he leído casos de estar dado de alta y se la han denegado.. Estoy con alquiler social por un desahucio que llevo sin pagar 6 meses.. Estar de alquiler social se cuenta como requisito para acelerar la resolución?? Porque no se lo dije a mi asistenta.. Manu espero que me ayudes y que me des respuesta a mis deudas.. Muchas gracias y feliz Navidad a todos
Hola Siham, habido casos en los que se le han denegado a personas por trabajar menos de un mes, algunos una semana.Ahora, como bien dices se supone que te la conceden si tus ingresos no superan lo que te corresponderia de la RMISA, que en todo caso como minimo un 20 % del iprem (107€). Lo mas probable es que te la denieguen, o si te la conceden, seria 107 €. Yo que tu, no me comeria mas el coco,la has solicitado y que sea lo que sea. Sigue con tu vida, trabaja lo que puedas cuando puedas y tira para adelante y olvidate de la maldita RMISA!!!te ahorraras mucha ansiedad y depresion.No se si has leido un comentario mio sobre gente atrapada con esta maldita ayuda, que despues de un año sin que se les resuelva, han tenido que rechazar ofertas de trabajo obligados y sin un duro, para no perder todo lo atrasado que les corresponderia si se la conceden.Imaginate tu alguien sin una peseta en el bolsillo y pasando hambre y esta obligado a decir no a una oferta de trabajo (cotizando), te puedes imaginar la ansiedad y depresion que eso genera?
Hola de nuevo compañeros, acabo de salir de las oficinas de Luis Montoto, despues de lo que escribí esta mañana. me dice la administrativa que va por el 10 de Marzo aunque, hay de febrero sin cobrar.....si os acordais en este año, solo el ABC, hizo un articulo sobre nuestro problema, y en el decia la responsable de la consejeria que se habia puesto medios para agilizarlo, pues mentira como los dos meses de espera, allí dicen que de eso nada,todo va igual y que yo que soy del 26 de Marzo, cobrare en Marzo o Abril, han necesitado 10 meses para solucionar dos y poco, y que esa es la tonica de tiempos.
Respecto a mi duda de la ampliacion de 6 meses, si aun no se cobro el año, me enseña la documentación oficial al respecto y esta claro que solo se ampliara esos 6 meses a victimas de violencia de genero y con niños al cargo, dejando afuera discapacitados y personas de edad avanzada, asi como la exclusion social, le pregunto el requisito para violencia de genero y me responde que haber denunciado es lo necesario, igual que para negar la custodia compartida, solo con denunciar......
Por lo anterior que no son opiniones sino hechos, argumentados en la consegeria , va a 5 meses y medio por mes (11 meses para los de Febrero , 15 para los de finales de Marzo, y respecto a la prorroga lo anteriormente referido, por lo que 3 meses mas en situacion de calle con el alivio del albergue municipal cuando hay plazas para hombres,sean de avanzada edad, discapacitados o victimas de violencia de genero, !que futuro mas negro!
fernando, sevilla (no verificado) | Enero 12, 2019
hola jose, sevilla, gracias por tu comentario, pero la verdad es que estoy alucinando con lo que te han confirmado, es increible, y despues se preguntan porque perdieron las elecciones, y porque sube tanto la derecha, con gobiernos con una gestion tan nefasta como la que se ha llevado a cabo, no es de extrañar que la gente vote a otra cosa, es lamentable pero es asi, gracias jose por la informacion, y por desgracia nos toca esperar mas, yo soy de principios de abril y asi estoy desde hace 9 meses, a dos velas, y eligiendo que compro, si leche o pan, las dos juntas no puedo, y estoy lleno de deudas, de luz ya debo tres meses, y del alquiler ni quiero hablkar, no se cuando me llegara la carta de desahucio, asi que a seguir sufriendo
Por fin un comentario realista y Servible, Gracias por tu informacion Jose. Hay teneis la p..ta realidad, Haber si espabilais mas de uno y dejais de preguntar Boja y etc.. Manu un consejo deja de poner los boja realmente es un favor para mucho pero igual es un paso atras para todos,dejame argumentartelo, La gente acostumbra a la comodidad y a tener todo echo, Capaz de pegarse 1Hora buscando otro tipo de cosas,informacion,videos y etcc y no es capaz de entrar en la web de la junta y buscar un boja y otra cosa es que con menos informacion mas gente estaria en la calle exigiendo lo que es suyo,Verguenza es que ni una Sola manifestacion. Ni unaas sola manifestacion,Dios mio es para hacerselo mirar bien. Lo que no puede ser es estar leyendo a cada rato por aqui y no echarle cojones y cojer cartulinas hacerle dos agujeritos atarlo con hilos en un palo harcarla en el ayuntamiento y escribir en ellas, Queremos lo que es nuestro, Vais contra la Ley! , por poner un ejemplo, Y no lo quepan duda que hace mucho, cuando el ciudadano protesta las cosas se arreglan,diganselo a a los taxistas,Lipasam, Funcionarios, y cualquier empresa o gremio que ha exigido lo que creen que es suyo. Siempre siempre Da resultados, Escribir aqui no da ningun resultado,Cada uno tenemos nuestros medios para informarnos e intentar acelerar la Rmi, pero no les quepan la menor duda que echarse a la calle es la unica y mejor manera!, el defensor del pueblo no ha podido hacer nada,Manu no podra hacer nada(Y el Tío esta aqui intentando ayudar todos los días,pero joder dejarlo ya y buscaros la manera de protestar), Paso por lo mismo que vosotros y es mi primera ayuda en 8años parados que solicito por el mero echo de no tener hijos. Por eso os dijo hagamos algo Joder!!
Hola a todos soy de Marzo y aun, ni carta ni nada, ya van 10 meses, de tomadura de pelo, he leido que para la ampliacion de 6 meses han de concurrir las mismas circustancias que no llevo a pedir la ayuda (cosa que es correcta ) y que sea tres meses antes de acabar la misma, por lo que ¿tengo que solicitar la dicha ampliación, sin haber cobrado la RMI, aun,? Dice el defensor del pueblo, segun la ley (ley que hace 8 meses vulneraron ellos, recuerdo que la espera era de dos meses),que de no solicitar la prorroga hay que volver a echarla , con lo que son otros como minimo 11 meses, pues recuerdo que ya el siguiente cobro será en Febrero, y soy de Marzo, en fin, se han reido, se rien, y lo peor ....es que tiene toda la pinta que se reiran, ya sabeis, si anda como un pato, hace los sonidos de un pato y tiene patitos.....lo mas normal es que sea un pato, Si nos han toreado, nos torean........en un futuro cercano, nos torearan,¿que hacemos? yo desesperado, en situacion de calle ya llega tarde para luz y alquiler.
Este es un ejemplo de la gran chapusa que es la RMISA y su tramitacion que estan conseguiendo justo lo contrario de los objetivos por la que supuestamente fue creada, que es la insercion sociolaboral de las personas mas vulneradas. Ademas de lo que ya comente en varias ocasiones, que cuando te conceden la prestacion (si te la conceden) ya se habria agotado y por lo tanto no se implementa el Plan Sociolaboral establecido en la normativa que la regula, este es el ejemplo de solicitantes que despues de casi un año de esperar que se dicte una resolucion, rechazan ofertas de trabajo, no porque son vagos y solo quieren trincar sin hacer nada, si no que las rechazan sin un duro en el bolsillo, obligados (a veces buenas ofertas con contratos largos), por que estando seguros que cumplen los requisitos para que se la concedan, saben que la simple alta en la seguridad social significa denegacion automatica de la RMISA, como le ha pasado a cientos de personas, muchos de ellos en este foro.
Estan obligados a rechazarr ese trabajo que muchos no han tenido desde hace ya años, o trabajar en negro(si la empresa lo consiente), por que se juegan perder mas de 4000 € de lo atrasado que les pagarian.Son varias personas en esta situacion que he conocido personlmente, y no les culpo.
En resumen:Gracias a la chapusa de normativa que regula la RMISA, y la demora intencionada en la tramitacion de los expedientes, salen perjudicados los que se supone que hay que ayudar, las arcas del estado (por no cotizar y tributar).
Lo que no es logico es que cuando ya te conceden la RMISA y encuentras un trabajo,esta se suspende de acuerdo con la normativa, y se reanuda automaticamente despues de finalizar el contrato de trabajo( de menos de 6 meses). Pero si empiezas a trabajar (con contrato) mientras resulven tu expediente, aun pasados ya mas de diez meses (5 veces el plazo establecido para ello), te la deniegan, a peasr de que esta demora no te es imputable.
Lo logico seria que si te la conceden, te paguen lo atrasado hasta que empiezes a trabajar y se te aplique lo establecido para la suspension.Ademas logico, es lo legalmente establecido en el articulo 39.3 de La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
<< Excepcionalmente, podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando se dicten en sustitución de actos anulados, así como cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas.>>
CONTINUACION DE MI COMENTARIO:
Ahora, es verdad que se aplica lo establecido en el art 39 de La Ley del PACAP que he citado, otorgando la eficacia retroactiva cuando cumples los requisitos.O sea que te pagan desde la fecha que establece la normativa(entrada de la solicitud en el organo competente para resolver). Por eso mismo no deben denegar te la por trabajar mientras estas pendiente de resolucion si cumples los requisitos para conceder te la. En otras palabras, si cumples los requisitos y encuentras trabajo mientras estas pendiente de resolucion, te tendrian que pagar los atrasos hasta el dia de alta en la seguridad social, y aplicar te lo establecido en relacion a la suspension por empezr a trabajar(se suspende durante la vigencia del contrato de menos de 6 meses y se reanuda al acabar este).
Habido el caso de un forero, creo que era Manu2 o jose, no me acuerdo, que interpuso un recurso de alzada contra la denegacion por trabajar.Su argumento fue este mismo, que porque no se la conceden hasta el momento de empezar a currar.En aquel entonces no me habia dado cuenta de este articulo de retroactividad, que le hubiera servido de fundamento de derecho.Pero si ve este comentario, le aconsejo que lo utilize si decide llevar lo al Contencioso-administrativo.
BOJA 11/01/2019
Anuncio de 8 de enero de 2019, de la Delegación Territorial de lgualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla, por el que se hace pública la relación de solicitantes de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía a los que no ha sido posible notificar diferentes resoluciones y actos administrativos. https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2019/7/BOJA19-007-00002-160-01_001...
BOE 11/01/2019
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE IGUALDAD, SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES EN SEVILLA. Anuncio de notificación de 9 de enero de 2019 en procedimientos de la prestación de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía por la que se hace pública la relación de solicitantes a los que no ha sido posible notificar diferentes resoluciones y actos administrativos. https://www.boe.es/boe_n/dias/2019/01/11/not.php?id=BOE-N-2019-23958
Buenas aver si me puede ayudar alguen por favor porque ya no se que hacer... el 21 de noviembre presente un requerimiento de alzada porque me denegaron la ayuda(por no presentar algun cambio en la unidad familiar segun ellos) lo cual si que lo comuniqué a mi asistenta le lleve el documento. Ahora mi pregunta es que mas puedo hacer?porque no me contestan ? Estoy desesperada ya por favor ayuda gracias de antemano.
El plazo para dictar y notificar la resolucion de un recurso de alzada contra una denegacion por resolucion expresa es de 3 meses desde la presentacion del recurso(aunque ellos suelen mandar una carta poniendo como fecha a efecto de plazos la que les da la gana).
En todo caso, transcurridos los tres meses desde la fecha (que ellos te comunicaran)sin que se haya dictado y notificado la resolucion, este se entendera desestimada por silencio administrativo, sin prejuicio de la obligacion de resolver que tiene la administracion, que no esta vinculado al sentido del silencio.
Por otra parte, el motivo de denegacion que mencionas, has obtenido algun justificante que prueba que efectivamente haz comunicado la variacion de datos a la asistenta?Supongo que si te lo han facilitado lo habrias presntado con el recurso de alzada.
Ola podría poner el boja de Málaga estoy ya cansada de ir al muelle heredia y no an miráo los papeles todavia de mayo estoy para y debo 4 meses de piso ke espero Aque me ponga en desausio gracias
Muchas gracias si el documento si lo entrege a mi asistenta y por suerte simpre que entrego algo lo le saco copia con su fecha correspomdiente y ese es el que mande con el recurso(copia claro)el original lo tengo yo vale entonces solo queda esperar graciasun saludo.
“Lo que no es logico es que cuando ya te conceden la RMISA y encuentras un trabajo,esta se suspende de acuerdo con la normativa, y se reanuda automaticamente despues de finalizar el contrato de trabajo( de menos de 6 meses). Pero si empiezas a trabajar (con contrato) mientras resulven tu expediente, aun pasados ya mas de diez meses (5 veces el plazo establecido para ello), te la deniegan, a peasr de que esta demora no te es imputable.
Lo logico seria que si te la conceden, te paguen lo atrasado hasta que empiezes a trabajar y se te aplique lo establecido para la suspensión”.
Manu1 una vez más das en el clavo, pero y el Defensor del Pueblo, ¿no tiene que decir o hacer nada al respecto? Porque de los políticos, ya sabemos lo que podemos esperar, sean del signo que sean. Pero ¿esta figura no puede hacer nada?, ¿para qué sirve? Desde luego el “título” que tiene es bonito (el que nos debe defender a todos) pero no apreciamos resultados. Igual se lo curra y hace lo imposible (que no lo niego), pero al menos en este caso, a los resultados me remito: todo sigue igual y ya hace más de un año que está en vigor LA ESTAFA de la RMISA, tanto en lo referente al cambio de status durante el tiempo de solicitud como al tiempo que tardan en contestar (ya no entro en si te la conceden o no, que eso es otra). Lamentable.
Buenos días Juan. Tenemos conocimiento de toda la problemática de la Renta Mínima de Inserción Social. Nos habéis hecho llegar numerosas quejas sobre el problema y tenemos conocimiento a través de este foro de todos los problemas y situaciones que se os presenta. A raíz de vuestras denuncias elaboramos un Informe Especial que presentamos en el Parlamento de Andalucía en diciembre de 2016. Como consecuencia de vuestras protestas y de nuestro Informe y otras actuaciones se reguló una nueva prestación, la actual Renta Mínima de Inserción, que todos estamos viendo y sufriendo las consecuencias de la deficiente implantación. Por ello, abrimos una queja de oficio para requerir información de los motivos de los retrasos y de otras cuestiones de esta ayuda que reflejasteis en el foro. Debido a nuestra actuación en esta queja, la Consejería publicó una modificación a la Ley para solucionar diferentes casuísticas que creíamos injustas para las personas solicitantes de la ayuda. Además, en nuestro informe anual ya hicimos referencia al problema de los retrasos y el día 30 de Mayo pasado, comparecimos en la comisión Consultiva de Nombramientos, Relaciones con el DPA y Peticiones del Parlamento de Andalucía, con la presencia de los portavoces de los partidos políticos integrantes en el Parlamento de Andalucía, donde denunciamos el problema y anunciamos esta apertura de queja (podéis ver el vídeo donde realizamos esta denuncia en el minuto 22:25). También podéis consultar esta intervención en el Diario de Sesiones de Comisiones 541 (30/05/2018). A su vez, volvimos a denunciar el problema, esta vez en el Pleno del Parlamento de Andalucía en presencia de todos los parlamentario y parlamentarias de los diferentes partidos políticos que integran el Parlamento de Andalucía el 20/06/2018 (adjuntamos enlace del Diario de Sesiones del Parlamento de Andalucía, ver la página 14 del mismo). También tramitamos todas las quejas que nos llegan individualmente solicitando a la Consejería informe del expediente en particular para, en el caso de que la investigación del expediente lo requiriese, emitir resolución contra la Consejería. Todo esto lo habéis propiciado los propios perjudicados que nos hacéis llegar, como ya le he comentado, vuestros problemas y situaciones a través de este foro o en las quejas que nos remitís. Estamos ultimando más actuaciones que remitiremos en próximas fechas al organismo competente incluyendo nuevas deficiencias que nos habéis trasladado o que hemos detectado y seguimos tramitando las quejas individuales. Todas estas son las herramientas que la normativa proporciona al Defensor del Pueblo Andaluz para actuar. Sabemos de la dureza de las situaciones en las que se ven muchas familias que solicitan esta ayuda y es por esto y por la injustificada dilación del procedimiento de resolución de las solicitudes que seguiremos insistiendo a la Administración competente para que resuelva el problema y que todas las personas beneficiarias puedan disponer de la ayuda que por Ley le pertenezca. Gracias y seguiremos trabajando. Un saludo
Por favor alguien me puede contestar a esta pregunta?? Soy de sevilla mes de marzo una familia de 4 niños y dos adulto que estaba cobrando la ayuda de 426 euros el 24 de octubre empeze a trabajar y estuve asta el 23 de diciembre cobre del mes de octubre 102 , de noviembre 740 y diciembre 601 oí e vuelto a reanudar mi ayuda pues la deje parada . me aprobaran rmi por esos dos meses trabajados?? Aun ni carta ni nada de nada me a llegado por favor contestarme
Hola Cinta. El hecho de trabajar mientras espera la resolución de la solicitud de la RMIS no es motivo de denegación. Se tendrá que valorar la nueva situación en función a si cumple los requisitos económicos para la concesión de la ayuda.
5.3. Recursos mensuales inferiores a la cuantía que le corresponda de la RMISA de la unidad familiar.
Este requisito deberá cumplirse en el momento de la solicitud, durante la tramitación y durante el pago de la RMISA. Si en algún momento entre la fecha de la solicitud y previo a la resolución se detectara que ha superado el límite de la RMISA, aunque en el momento de la resolución volviera a cumplir el requisito, procederá su denegación por incumplimiento del requisito durante la tramitación, conforme a lo establecido en el artículo 7.2 del Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre.
Si dicho límite se supera en algún momento posterior a la resolución de concesión y no procede la suspensión de la RMISA (previa comunicación por la unidad familiar) establecida en el artículo 39 del Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, se procederá a la extinción, previo trámite de audiencia.
A partir de 2019 podrán solicitar la ampliación por periodos de 6 meses sucesivos, las víctimas de violencia de género y las unidades familiares con menores a cargo, mientras persistan las circunstancias que lo motivaron y se mantenga la concurrencia de requisitos y condiciones exigidas para su concesión. ¿Los demás casos estamos excluidos?
Buenos días. Para responder a tu consulta hay que trasladarse al art. 16 del Decreto-Ley que establece:
Artículo 16. Duración de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.
1. La Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía se devengará a partir del día primero del mes siguiente al de la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para resolver, y su duración inicial será de 12 meses.
2. Se podrá acordar la ampliación por periodos sucesivos de 6 meses mientras persistan las circunstancias que la motivaron, y se mantenga la concurrencia de los requisitos y condiciones exigidas para su concesión, según el calendario de aplicación establecido en la disposición transitoria segunda.
3. Para acceder a la ampliación mencionada en el apartado 2, la persona titular de la unidad familiar deberá solicitarlo como máximo en los tres meses anteriores a la finalización de la percepción de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía. Una vez finalizada la percepción de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, no se podrá solicitar la ampliación de la misma, debiéndose cursar una nueva solicitud.
Disposición transitoria segunda. Calendario de aplicación.
El calendario de aplicación de la percepción de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía será el siguiente:
a) En 2018 la duración de percepción de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía será de 12 meses. Una vez terminado el periodo de percepción de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, si la unidad familiar cumple con los requisitos y condiciones exigidas para su concesión, se podrá solicitar nuevamente la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía una vez transcurridos 12 meses, salvo en situaciones de urgencia o emergencia social debidamente acreditadas.
b) A partir de 2019 podrán solicitar la ampliación por periodos de 6 meses sucesivos, las víctimas de violencia de género y las unidades familiares con menores a cargo, mientras persistan las circunstancias que lo motivaron y se mantenga la concurrencia de requisitos y condiciones exigidas para su concesión.
c) A partir de 2020 también podrán solicitar la ampliación por periodos de 6 meses sucesivos todas las unidades familiares, siempre que persistan las circunstancias que lo motivaron y se mantenga la concurrencia de requisitos y condiciones exigidas para su concesión.
Por tanto y a la vista de lo establecido en el artículo 16 y la disposición transitoria segunda, entendemos que en 2019 solo podrán solicitar ampliación las víctimas de violencia de género y las unidades familiares con menores a cargo, mientras persistan las circunstancias que lo motivaron. Saludos
No se como irán en los demás lados pero en cordoba van por marzo pagando áhora y yo la eche en abril del año pasao solo esperar y esperar decían que tardaban dos meses nada más y solo piensan en la olla de ellos que esta llena y sus árboles de Navidad plenos de regalos seguro que habrán estado pero no piensan en nosotros en los que llevamos esperando 1 año a una ayuda cuando no tenemos ni para ponerle de comer a nuestros hijos
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Hola Rosa. Tenemos varios comentario tuyos donde no nos sale el contenido, solo aparece el nombre. El sistema no nos ha remitido incidencia por lo que queriamos informarte de ello para que, si lo crees oportuno, puedas enviarnos de nuevo tu comentario para publicarlo. Gracias
Hola.. He solicitado rmisa 16/octubre.. Llamé a la asistenta social y me dijo que en Granada están revisando los expedientes de abril.. Así que hasta junio no sabré nada.. El problema es que me van a dar de alta una semana al mes para tareas en el campo Durante recogida y siembra de cereales.. O sea una semana cada mes hasta mayo.. Ganaré unos 37€al día.. Al mes serían 260€..estoy cobrando una pensión de viudedad de 222€..total de mis ingresos serán 481€ hasta mayo y somos tres en casa.. Mi madre y mi hija menor.. Se lo expliqué a la asistenta y me dijo que no tengo que aportar ningún papel hasta que no me lo pidan.. Y que estos ingresos no sobrepasan el iprem.. En mi caso son 536€..mi pregunta es: me denegaran la rmisa por trabajar estas semanas aunque no sobrepase el limite?? Porque he leído casos de estar dado de alta y se la han denegado.. Estoy con alquiler social por un desahucio que llevo sin pagar 6 meses.. Estar de alquiler social se cuenta como requisito para acelerar la resolución?? Porque no se lo dije a mi asistenta.. Manu espero que me ayudes y que me des respuesta a mis deudas.. Muchas gracias y feliz Navidad a todos
Hola Siham, habido casos en los que se le han denegado a personas por trabajar menos de un mes, algunos una semana.Ahora, como bien dices se supone que te la conceden si tus ingresos no superan lo que te corresponderia de la RMISA, que en todo caso como minimo un 20 % del iprem (107€). Lo mas probable es que te la denieguen, o si te la conceden, seria 107 €. Yo que tu, no me comeria mas el coco,la has solicitado y que sea lo que sea. Sigue con tu vida, trabaja lo que puedas cuando puedas y tira para adelante y olvidate de la maldita RMISA!!!te ahorraras mucha ansiedad y depresion.No se si has leido un comentario mio sobre gente atrapada con esta maldita ayuda, que despues de un año sin que se les resuelva, han tenido que rechazar ofertas de trabajo obligados y sin un duro, para no perder todo lo atrasado que les corresponderia si se la conceden.Imaginate tu alguien sin una peseta en el bolsillo y pasando hambre y esta obligado a decir no a una oferta de trabajo (cotizando), te puedes imaginar la ansiedad y depresion que eso genera?
Hola de nuevo compañeros, acabo de salir de las oficinas de Luis Montoto, despues de lo que escribí esta mañana. me dice la administrativa que va por el 10 de Marzo aunque, hay de febrero sin cobrar.....si os acordais en este año, solo el ABC, hizo un articulo sobre nuestro problema, y en el decia la responsable de la consejeria que se habia puesto medios para agilizarlo, pues mentira como los dos meses de espera, allí dicen que de eso nada,todo va igual y que yo que soy del 26 de Marzo, cobrare en Marzo o Abril, han necesitado 10 meses para solucionar dos y poco, y que esa es la tonica de tiempos.
Respecto a mi duda de la ampliacion de 6 meses, si aun no se cobro el año, me enseña la documentación oficial al respecto y esta claro que solo se ampliara esos 6 meses a victimas de violencia de genero y con niños al cargo, dejando afuera discapacitados y personas de edad avanzada, asi como la exclusion social, le pregunto el requisito para violencia de genero y me responde que haber denunciado es lo necesario, igual que para negar la custodia compartida, solo con denunciar......
Por lo anterior que no son opiniones sino hechos, argumentados en la consegeria , va a 5 meses y medio por mes (11 meses para los de Febrero , 15 para los de finales de Marzo, y respecto a la prorroga lo anteriormente referido, por lo que 3 meses mas en situacion de calle con el alivio del albergue municipal cuando hay plazas para hombres,sean de avanzada edad, discapacitados o victimas de violencia de genero, !que futuro mas negro!
hola jose, sevilla, gracias por tu comentario, pero la verdad es que estoy alucinando con lo que te han confirmado, es increible, y despues se preguntan porque perdieron las elecciones, y porque sube tanto la derecha, con gobiernos con una gestion tan nefasta como la que se ha llevado a cabo, no es de extrañar que la gente vote a otra cosa, es lamentable pero es asi, gracias jose por la informacion, y por desgracia nos toca esperar mas, yo soy de principios de abril y asi estoy desde hace 9 meses, a dos velas, y eligiendo que compro, si leche o pan, las dos juntas no puedo, y estoy lleno de deudas, de luz ya debo tres meses, y del alquiler ni quiero hablkar, no se cuando me llegara la carta de desahucio, asi que a seguir sufriendo
Por fin un comentario realista y Servible, Gracias por tu informacion Jose. Hay teneis la p..ta realidad, Haber si espabilais mas de uno y dejais de preguntar Boja y etc.. Manu un consejo deja de poner los boja realmente es un favor para mucho pero igual es un paso atras para todos,dejame argumentartelo, La gente acostumbra a la comodidad y a tener todo echo, Capaz de pegarse 1Hora buscando otro tipo de cosas,informacion,videos y etcc y no es capaz de entrar en la web de la junta y buscar un boja y otra cosa es que con menos informacion mas gente estaria en la calle exigiendo lo que es suyo,Verguenza es que ni una Sola manifestacion. Ni unaas sola manifestacion,Dios mio es para hacerselo mirar bien. Lo que no puede ser es estar leyendo a cada rato por aqui y no echarle cojones y cojer cartulinas hacerle dos agujeritos atarlo con hilos en un palo harcarla en el ayuntamiento y escribir en ellas, Queremos lo que es nuestro, Vais contra la Ley! , por poner un ejemplo, Y no lo quepan duda que hace mucho, cuando el ciudadano protesta las cosas se arreglan,diganselo a a los taxistas,Lipasam, Funcionarios, y cualquier empresa o gremio que ha exigido lo que creen que es suyo. Siempre siempre Da resultados, Escribir aqui no da ningun resultado,Cada uno tenemos nuestros medios para informarnos e intentar acelerar la Rmi, pero no les quepan la menor duda que echarse a la calle es la unica y mejor manera!, el defensor del pueblo no ha podido hacer nada,Manu no podra hacer nada(Y el Tío esta aqui intentando ayudar todos los días,pero joder dejarlo ya y buscaros la manera de protestar), Paso por lo mismo que vosotros y es mi primera ayuda en 8años parados que solicito por el mero echo de no tener hijos. Por eso os dijo hagamos algo Joder!!
Muchas gracias por tu mensaje. Yo soy del 15 de Marzo y de momento nada de nada. Que manera de castigar a los que menos tenemos.
15 meses para los de marzo!!! Increible vamos...
Hola a todos soy de Marzo y aun, ni carta ni nada, ya van 10 meses, de tomadura de pelo, he leido que para la ampliacion de 6 meses han de concurrir las mismas circustancias que no llevo a pedir la ayuda (cosa que es correcta ) y que sea tres meses antes de acabar la misma, por lo que ¿tengo que solicitar la dicha ampliación, sin haber cobrado la RMI, aun,? Dice el defensor del pueblo, segun la ley (ley que hace 8 meses vulneraron ellos, recuerdo que la espera era de dos meses),que de no solicitar la prorroga hay que volver a echarla , con lo que son otros como minimo 11 meses, pues recuerdo que ya el siguiente cobro será en Febrero, y soy de Marzo, en fin, se han reido, se rien, y lo peor ....es que tiene toda la pinta que se reiran, ya sabeis, si anda como un pato, hace los sonidos de un pato y tiene patitos.....lo mas normal es que sea un pato, Si nos han toreado, nos torean........en un futuro cercano, nos torearan,¿que hacemos? yo desesperado, en situacion de calle ya llega tarde para luz y alquiler.
Este es un ejemplo de la gran chapusa que es la RMISA y su tramitacion que estan conseguiendo justo lo contrario de los objetivos por la que supuestamente fue creada, que es la insercion sociolaboral de las personas mas vulneradas. Ademas de lo que ya comente en varias ocasiones, que cuando te conceden la prestacion (si te la conceden) ya se habria agotado y por lo tanto no se implementa el Plan Sociolaboral establecido en la normativa que la regula, este es el ejemplo de solicitantes que despues de casi un año de esperar que se dicte una resolucion, rechazan ofertas de trabajo, no porque son vagos y solo quieren trincar sin hacer nada, si no que las rechazan sin un duro en el bolsillo, obligados (a veces buenas ofertas con contratos largos), por que estando seguros que cumplen los requisitos para que se la concedan, saben que la simple alta en la seguridad social significa denegacion automatica de la RMISA, como le ha pasado a cientos de personas, muchos de ellos en este foro.
Estan obligados a rechazarr ese trabajo que muchos no han tenido desde hace ya años, o trabajar en negro(si la empresa lo consiente), por que se juegan perder mas de 4000 € de lo atrasado que les pagarian.Son varias personas en esta situacion que he conocido personlmente, y no les culpo.
En resumen:Gracias a la chapusa de normativa que regula la RMISA, y la demora intencionada en la tramitacion de los expedientes, salen perjudicados los que se supone que hay que ayudar, las arcas del estado (por no cotizar y tributar).
Lo que no es logico es que cuando ya te conceden la RMISA y encuentras un trabajo,esta se suspende de acuerdo con la normativa, y se reanuda automaticamente despues de finalizar el contrato de trabajo( de menos de 6 meses). Pero si empiezas a trabajar (con contrato) mientras resulven tu expediente, aun pasados ya mas de diez meses (5 veces el plazo establecido para ello), te la deniegan, a peasr de que esta demora no te es imputable.
Lo logico seria que si te la conceden, te paguen lo atrasado hasta que empiezes a trabajar y se te aplique lo establecido para la suspension.Ademas logico, es lo legalmente establecido en el articulo 39.3 de La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
<< Excepcionalmente, podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando se dicten en sustitución de actos anulados, así como cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas.>>
CONTINUACION DE MI COMENTARIO:
Ahora, es verdad que se aplica lo establecido en el art 39 de La Ley del PACAP que he citado, otorgando la eficacia retroactiva cuando cumples los requisitos.O sea que te pagan desde la fecha que establece la normativa(entrada de la solicitud en el organo competente para resolver). Por eso mismo no deben denegar te la por trabajar mientras estas pendiente de resolucion si cumples los requisitos para conceder te la. En otras palabras, si cumples los requisitos y encuentras trabajo mientras estas pendiente de resolucion, te tendrian que pagar los atrasos hasta el dia de alta en la seguridad social, y aplicar te lo establecido en relacion a la suspension por empezr a trabajar(se suspende durante la vigencia del contrato de menos de 6 meses y se reanuda al acabar este).
Habido el caso de un forero, creo que era Manu2 o jose, no me acuerdo, que interpuso un recurso de alzada contra la denegacion por trabajar.Su argumento fue este mismo, que porque no se la conceden hasta el momento de empezar a currar.En aquel entonces no me habia dado cuenta de este articulo de retroactividad, que le hubiera servido de fundamento de derecho.Pero si ve este comentario, le aconsejo que lo utilize si decide llevar lo al Contencioso-administrativo.
BOJA 11/01/2019
Anuncio de 8 de enero de 2019, de la Delegación Territorial de lgualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla, por el que se hace pública la relación de solicitantes de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía a los que no ha sido posible notificar diferentes resoluciones y actos administrativos.
https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2019/7/BOJA19-007-00002-160-01_001...
BOE 11/01/2019
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE IGUALDAD, SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES EN SEVILLA. Anuncio de notificación de 9 de enero de 2019 en procedimientos de la prestación de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía por la que se hace pública la relación de solicitantes a los que no ha sido posible notificar diferentes resoluciones y actos administrativos.
https://www.boe.es/boe_n/dias/2019/01/11/not.php?id=BOE-N-2019-23958
Buenas aver si me puede ayudar alguen por favor porque ya no se que hacer... el 21 de noviembre presente un requerimiento de alzada porque me denegaron la ayuda(por no presentar algun cambio en la unidad familiar segun ellos) lo cual si que lo comuniqué a mi asistenta le lleve el documento. Ahora mi pregunta es que mas puedo hacer?porque no me contestan ? Estoy desesperada ya por favor ayuda gracias de antemano.
El plazo para dictar y notificar la resolucion de un recurso de alzada contra una denegacion por resolucion expresa es de 3 meses desde la presentacion del recurso(aunque ellos suelen mandar una carta poniendo como fecha a efecto de plazos la que les da la gana).
En todo caso, transcurridos los tres meses desde la fecha (que ellos te comunicaran)sin que se haya dictado y notificado la resolucion, este se entendera desestimada por silencio administrativo, sin prejuicio de la obligacion de resolver que tiene la administracion, que no esta vinculado al sentido del silencio.
Por otra parte, el motivo de denegacion que mencionas, has obtenido algun justificante que prueba que efectivamente haz comunicado la variacion de datos a la asistenta?Supongo que si te lo han facilitado lo habrias presntado con el recurso de alzada.
Ola podría poner el boja de Málaga estoy ya cansada de ir al muelle heredia y no an miráo los papeles todavia de mayo estoy para y debo 4 meses de piso ke espero Aque me ponga en desausio gracias
Muchas gracias si el documento si lo entrege a mi asistenta y por suerte simpre que entrego algo lo le saco copia con su fecha correspomdiente y ese es el que mande con el recurso(copia claro)el original lo tengo yo vale entonces solo queda esperar graciasun saludo.
“Lo que no es logico es que cuando ya te conceden la RMISA y encuentras un trabajo,esta se suspende de acuerdo con la normativa, y se reanuda automaticamente despues de finalizar el contrato de trabajo( de menos de 6 meses). Pero si empiezas a trabajar (con contrato) mientras resulven tu expediente, aun pasados ya mas de diez meses (5 veces el plazo establecido para ello), te la deniegan, a peasr de que esta demora no te es imputable.
Lo logico seria que si te la conceden, te paguen lo atrasado hasta que empiezes a trabajar y se te aplique lo establecido para la suspensión”.
Manu1 una vez más das en el clavo, pero y el Defensor del Pueblo, ¿no tiene que decir o hacer nada al respecto? Porque de los políticos, ya sabemos lo que podemos esperar, sean del signo que sean. Pero ¿esta figura no puede hacer nada?, ¿para qué sirve? Desde luego el “título” que tiene es bonito (el que nos debe defender a todos) pero no apreciamos resultados. Igual se lo curra y hace lo imposible (que no lo niego), pero al menos en este caso, a los resultados me remito: todo sigue igual y ya hace más de un año que está en vigor LA ESTAFA de la RMISA, tanto en lo referente al cambio de status durante el tiempo de solicitud como al tiempo que tardan en contestar (ya no entro en si te la conceden o no, que eso es otra). Lamentable.
Buenos días Juan. Tenemos conocimiento de toda la problemática de la Renta Mínima de Inserción Social. Nos habéis hecho llegar numerosas quejas sobre el problema y tenemos conocimiento a través de este foro de todos los problemas y situaciones que se os presenta. A raíz de vuestras denuncias elaboramos un Informe Especial que presentamos en el Parlamento de Andalucía en diciembre de 2016. Como consecuencia de vuestras protestas y de nuestro Informe y otras actuaciones se reguló una nueva prestación, la actual Renta Mínima de Inserción, que todos estamos viendo y sufriendo las consecuencias de la deficiente implantación. Por ello, abrimos una queja de oficio para requerir información de los motivos de los retrasos y de otras cuestiones de esta ayuda que reflejasteis en el foro. Debido a nuestra actuación en esta queja, la Consejería publicó una modificación a la Ley para solucionar diferentes casuísticas que creíamos injustas para las personas solicitantes de la ayuda. Además, en nuestro informe anual ya hicimos referencia al problema de los retrasos y el día 30 de Mayo pasado, comparecimos en la comisión Consultiva de Nombramientos, Relaciones con el DPA y Peticiones del Parlamento de Andalucía, con la presencia de los portavoces de los partidos políticos integrantes en el Parlamento de Andalucía, donde denunciamos el problema y anunciamos esta apertura de queja (podéis ver el vídeo donde realizamos esta denuncia en el minuto 22:25). También podéis consultar esta intervención en el Diario de Sesiones de Comisiones 541 (30/05/2018). A su vez, volvimos a denunciar el problema, esta vez en el Pleno del Parlamento de Andalucía en presencia de todos los parlamentario y parlamentarias de los diferentes partidos políticos que integran el Parlamento de Andalucía el 20/06/2018 (adjuntamos enlace del Diario de Sesiones del Parlamento de Andalucía, ver la página 14 del mismo). También tramitamos todas las quejas que nos llegan individualmente solicitando a la Consejería informe del expediente en particular para, en el caso de que la investigación del expediente lo requiriese, emitir resolución contra la Consejería. Todo esto lo habéis propiciado los propios perjudicados que nos hacéis llegar, como ya le he comentado, vuestros problemas y situaciones a través de este foro o en las quejas que nos remitís. Estamos ultimando más actuaciones que remitiremos en próximas fechas al organismo competente incluyendo nuevas deficiencias que nos habéis trasladado o que hemos detectado y seguimos tramitando las quejas individuales. Todas estas son las herramientas que la normativa proporciona al Defensor del Pueblo Andaluz para actuar. Sabemos de la dureza de las situaciones en las que se ven muchas familias que solicitan esta ayuda y es por esto y por la injustificada dilación del procedimiento de resolución de las solicitudes que seguiremos insistiendo a la Administración competente para que resuelva el problema y que todas las personas beneficiarias puedan disponer de la ayuda que por Ley le pertenezca. Gracias y seguiremos trabajando. Un saludo
Alguien me puede decir como va por cordoba
E estado esta mñn en el centro social a preguntar y me an dixo q va por abril... Pero yo soy de marzo.. No entiendo
Por favor alguien me puede contestar a esta pregunta?? Soy de sevilla mes de marzo una familia de 4 niños y dos adulto que estaba cobrando la ayuda de 426 euros el 24 de octubre empeze a trabajar y estuve asta el 23 de diciembre cobre del mes de octubre 102 , de noviembre 740 y diciembre 601 oí e vuelto a reanudar mi ayuda pues la deje parada . me aprobaran rmi por esos dos meses trabajados?? Aun ni carta ni nada de nada me a llegado por favor contestarme
Hola Cinta. El hecho de trabajar mientras espera la resolución de la solicitud de la RMIS no es motivo de denegación. Se tendrá que valorar la nueva situación en función a si cumple los requisitos económicos para la concesión de la ayuda.
INSTRUCCIÓN DE 10 DE OCTUBRE DE 2018, DE LA SECRETARIA GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES, DE LA CONSEJERÍA DE IGUALDAD Y POLÍTICAS SOCIALES, SOBRE LA APLICACIÓN DEL DECRETO-LEY 3/2017, DE 19 DE DICIEMBRE POR EL QUE SE REGULA LA RENTA MÍNIMA DE INSERCIÓN SOCIAL EN ANDALUCÍA
5.3. Recursos mensuales inferiores a la cuantía que le corresponda de la RMISA de la unidad familiar.
Este requisito deberá cumplirse en el momento de la solicitud, durante la tramitación y durante el pago de la RMISA. Si en algún momento entre la fecha de la solicitud y previo a la resolución se detectara que ha superado el límite de la RMISA, aunque en el momento de la resolución volviera a cumplir el requisito, procederá su denegación por incumplimiento del requisito durante la tramitación, conforme a lo establecido en el artículo 7.2 del Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre.
Si dicho límite se supera en algún momento posterior a la resolución de concesión y no procede la suspensión de la RMISA (previa comunicación por la unidad familiar) establecida en el artículo 39 del Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, se procederá a la extinción, previo trámite de audiencia.
Saludos
A partir de 2019 podrán solicitar la ampliación por periodos de 6 meses sucesivos, las víctimas de violencia de género y las unidades familiares con menores a cargo, mientras persistan las circunstancias que lo motivaron y se mantenga la concurrencia de requisitos y condiciones exigidas para su concesión. ¿Los demás casos estamos excluidos?
Buenos días. Para responder a tu consulta hay que trasladarse al art. 16 del Decreto-Ley que establece:
Artículo 16. Duración de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.
1. La Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía se devengará a partir del día primero del mes siguiente al de la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para resolver, y su duración inicial será de 12 meses.
2. Se podrá acordar la ampliación por periodos sucesivos de 6 meses mientras persistan las circunstancias que la motivaron, y se mantenga la concurrencia de los requisitos y condiciones exigidas para su concesión, según el calendario de aplicación establecido en la disposición transitoria segunda.
3. Para acceder a la ampliación mencionada en el apartado 2, la persona titular de la unidad familiar deberá solicitarlo como máximo en los tres meses anteriores a la finalización de la percepción de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía. Una vez finalizada la percepción de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, no se podrá solicitar la ampliación de la misma, debiéndose cursar una nueva solicitud.
Disposición transitoria segunda. Calendario de aplicación.
El calendario de aplicación de la percepción de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía será el siguiente:
a) En 2018 la duración de percepción de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía será de 12 meses. Una vez terminado el periodo de percepción de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, si la unidad familiar cumple con los requisitos y condiciones exigidas para su concesión, se podrá solicitar nuevamente la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía una vez transcurridos 12 meses, salvo en situaciones de urgencia o emergencia social debidamente acreditadas.
b) A partir de 2019 podrán solicitar la ampliación por periodos de 6 meses sucesivos, las víctimas de violencia de género y las unidades familiares con menores a cargo, mientras persistan las circunstancias que lo motivaron y se mantenga la concurrencia de requisitos y condiciones exigidas para su concesión.
c) A partir de 2020 también podrán solicitar la ampliación por periodos de 6 meses sucesivos todas las unidades familiares, siempre que persistan las circunstancias que lo motivaron y se mantenga la concurrencia de requisitos y condiciones exigidas para su concesión.
Por tanto y a la vista de lo establecido en el artículo 16 y la disposición transitoria segunda, entendemos que en 2019 solo podrán solicitar ampliación las víctimas de violencia de género y las unidades familiares con menores a cargo, mientras persistan las circunstancias que lo motivaron. Saludos
No se como irán en los demás lados pero en cordoba van por marzo pagando áhora y yo la eche en abril del año pasao solo esperar y esperar decían que tardaban dos meses nada más y solo piensan en la olla de ellos que esta llena y sus árboles de Navidad plenos de regalos seguro que habrán estado pero no piensan en nosotros en los que llevamos esperando 1 año a una ayuda cuando no tenemos ni para ponerle de comer a nuestros hijos