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La Junta libera 28 millones para resolver los atrasos del salario social

Lun, 11/11/2013
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13878 Comentarios

salvador (no verificado) | Diciembre 14, 2018

Pues no se desespere,habemos muchas personas de marzo que aun no hemos cobrado nada

María_Cádiz (no verificado) | Diciembre 13, 2018

Tiene toda la razón el usuario sevillano cansado. Llevo desde septiembre hablando del tema y no hay maneras de que la gente se mueva.
Aquí ya no preguntan ni al DPA, sino a Manu, que con buenas intenciones aporta información que se agradece, pero no es la solución. Desde mi opinión y con todo el respeto, ya tendría que parar y dejar de hacerle el trabajo al DPA, para que la gente se mueva, nos movamos y busquemos solución a esta Estafa.
En este foro está la misma información repetida muchas veces: los enlaces para ver el BOE y el BOJA, diferentes tipos de recursos de alzada, números de teléfonos, etc. Yo estoy registrada en la Junta, en cualquier parte que salga mi dni me envían una notificación, registraros!!.
Por otra parte, he visto que en la comunidad de Madrid ocurre lo mismo que en Andalucía. Y que el Defensor del pueblo de Madrid ha denunciado las irregularidades de esta renta de manera colectiva.
https://aavvmadrid.org/noticias/llega-al-defensor-del-pueblo-la-denuncia...
Mi pregunta es para el DPA: necesitamos solución Sr. Maetzu, ¿qué podemos hacer para denunciar de manera colectiva y pedir daños y perjuicios?. Diez meses o más esperando la RMI, tenemos derecho a indemnización. Están jugando con nuestra salud y la de nuestros hijos. Gracias

José Manuel (no verificado) | Diciembre 13, 2018

Por favor que alguien me lea y me conteste gracias
La solicité en Sevilla Luís montoto el 27 de febrero la semana pasada me pase por las asistentas sociales de mi barriada para preguntar
El hombre que me atendió me dice que Le sale que me an mandado una carta el día 28 de este mes pasado con algunos documentos que faltan ( documentos que ya entregue)
Bueno pues el hombre me imprime desde su ordenador la carta que debería de haberme llegado
Lo e rellenado todo e vuelto a entregar los documentos que me piden y Le pregunto bueno aquí donde pone número de Expediente que pongo? Y me dice el hombre mirando la carta que me acaba de imprimir que es este que empieza por (DPSE). Lo relleno y ese mismo día me voy a Luís montoto y la entrego en el registro. Hasta aquí todo correcto pues bien hoy me llega la carta al buzón de casa y veo efectivamente que es la misma carta que me sacó el hombre por su ordenador pidiendome los mismo documentos.
Pero lo que yo tengo que rellenar donde pone Número de Expediente.
biene escrito a bolígrafo y es distinto al número de Expediente que biene en la carta

Alguien me podría decir que debo de hacer o si esto es normal?

El DPA responde | Diciembre 14, 2018

Hola Jose Manuel, entendemos que con haber presentado la documentación, con una carta a tu nombre, y teniendo constancia escrita de que la has aportado no tienes que tener problemas. No obstante, te sugerimos que te acerques a la Delegación Territorial para que te confirmen que todo está correcto, ya que son ellos los que la gestionan. Si no te queda claro, vuelve a escribirnos o llámanos al 954212121

Aurora (no verificado) | Diciembre 13, 2018

Otra duda...q tengo es q leí q en diciembre pagan antes,a ver si con suerte me ingresaran algo

Aurora malaga (no verificado) | Diciembre 13, 2018

Manu la ayuda q cobro es un subsidio por desempleo de 107€ yo pensaba q no cuenta pero...yo vivo sola con mis 2 hijos menores el padre no me pasa pensión,pensaba q sería un poco más sabes algo?

Manu1 (no verificado) | Diciembre 13, 2018

Hola Aurora, el subsidio se considera como ingreso computable, por lo que el calculo que te han hecho es correcto.

Artículo 13. Ingresos computables y no computables.
1. A efectos de lo previsto en el artículo 7.1.e), se consideran recursos computables de
la unidad familiar las pensiones, subsidios, depósitos bancarios, rentas e ingresos netos
que, en cualquier concepto, perciban, o tengan derecho a percibir, todas las personas
integrantes de la misma en el momento de la presentación de la solicitud.

Mariela (no verificado) | Diciembre 14, 2018

En el momento de presentar la solicitud y si dos meses después de solicitarla trabajas dos meses y solicitas después el sed? Que ocurre en este caso?

Manu1 (no verificado) | Diciembre 14, 2018

Ha mucha gente de este foro se la han denegado por trabajar 1 mes, un par de semanas o incluso dias, al margen de que si solicitas otra ayuda o no. Se las deniegan por superar sus ingresos lo que les corresponderia de la RMI.

Mariela (no verificado) | Diciembre 15, 2018

Durante los dos meses que trabaje si supere los 473 que me corresponde de la rmi pero con el sed no. Así k no se. No entiendo nada ni se que pasara

Maria (no verificado) | Diciembre 13, 2018

Hola yo terminé el día 12 de septiembre ,cuándo puedo volver a solicitarla y aque sigo en la misma situación y con dos menores

El DPA responde | Diciembre 13, 2018

Hola María, depende de varios factores, mejor llámanos al 954212121 o déjanos un número de teléfono al que podamos llamarte. El número que nos facilites no saldrá publicado.

Maria (no verificado) | Diciembre 13, 2018

661.....

IvanNB (no verificado) | Diciembre 13, 2018

Perdon por duplicar el tema .,,, añado mi numero de telefono :

955...
620...

Gracias y saludos

IvanNB (no verificado) | Diciembre 13, 2018

Buenos dias , soy de Sevilla , solicitud del 12/03 , me ha llegado denegada la RMI , el pasado mes de Agosto se me paso 5 dias sellar la demanda de empleo , por lo que resuelven como :

No cumplir el Art. 7 y/o 10 del citado Decreto-Ley que a continuación se detalla:

No estar inscritas como demandantes de empleo aquellas personas mayores de 16 años que formen parte de la unidad familiar, salvo excepciones del artículo 7.1.d)

Los requisitos deberán cumplirse en el momento de presentación de la solicitud, durante todo el procedimiento de tramitación y mantenerse mientras se esté percibiendo la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, a excepción del requisito previsto en el apartado 7.1.d) que solo será exigible en el momento de
presentar la solicitud.

Por favor alguien pude decirme si se puede recurrir , y como realizar el Recurso de Alzada .

Gracias y saludos

Gloria (no verificado) | Diciembre 14, 2018

A mi me pasó lo mismo, la solicité en Abril y en Julio me dijeron eso, la volví a solocitar, en Noviembre me han contestado que falta alguna documentación, se la he dado y estoy a la espara aún

Beatríz (Córdoba ) (no verificado) | Diciembre 13, 2018

Ami me paso lo mismo , llegate a la delegación k te corresponde de tu ciudad y pide un recurso de alzada , y pide en el sae un certificado de antigüedad donde te pone el tiempo k as estado con la demanda de empleo , saldrá los días k no as sellado , pero pone el tiempo k as estado en el paro ,entregalos justo al recurso de alzada rellenado , con eso ellos van a ver el tiempo k as estado y no importa los 5 días , solo k van a descontar el mes k no as sellado , por lo demás seguro k siguen con ti solicitud , espero k te halla servido de algo

Manu1 (no verificado) | Diciembre 13, 2018

Te he contestado en el otro comentario en lo que se trata del hecho que comentabas, es decir no sellar 5 dias.Pero en este comentario el texto de la resolucion que aportas hace referencia a personas mayores de 16 años que forman parte de la unidad familiar. En este supuesto, el segundo pararrafo del art 7.1.d) es:

<<.....Asimismo, las personas que formen parte de la unidad familiar, distintas a la persona
solicitante, que sean mayores de 16 años y se encuentren en situación de búsqueda
activa de empleo, deberán estar inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo como
demandantes de empleo. Este requisito no será exigible para aquellos miembros de la
unidad familiar que estén cursando una formación reglada, sean personas cuidadoras
de personas dependientes perceptoras de la prestación para cuidados en el entorno
familiar, prevista en el Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia, perciban una
pensión por invalidez absoluta, pensión de jubilación, sean personas trabajadoras sujetas
al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Régimen Especial de Trabajadores
Agrarios por cuenta propia, así como en aquellas circunstancias personales o sociales
acreditadas mediante informe social de los servicios sociales comunitarios que determine
la imposibilidad temporal o permanente de la inscripción en el Servicio Andaluz de
Empleo».

En otras palabras, el solicitante y demas personas mayores de 16 años al que se refiere este articulo, deberan estar inscritas como demandante de empleo a la hora de la solicitud, a exepcion de los que se encuentran en situaciones especificas descritas en el articulo.

IvanNB (no verificado) | Diciembre 13, 2018

Buenas Manu , te adjunto exactamente lo que pone :

TERCERO:

Según lo dispuesto en el Art. 7 y 10 del Decreto-Ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, deberán cumplirse, entre otros, los siguientes requisitos y obligaciones:

• Ser mayor de 16 años inscrita como demandante de empleo en SAE

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial,RESUELVE

Denegar a la unidad familiar representada por D./Dª IVAN , el acceso a la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, regulado por el Decreto-Ley 3/2017, de 19 de diciembre, por no cumplir el Art. 7 y/o 10 del citado Decreto-Ley que a continuación se detalla:

• No estar inscritas como demandantes de empleo aquellas personas mayores de 16 años que formen parte de la unidad familiar, salvo excepciones del artículo 7.1.d)

Los requisitos deberán cumplirse en el momento de presentación de la solicitud, durante todo el procedimiento de tramitación y mantenerse mientras se esté percibiendo la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, a excepción del requisito previsto en el apartado 7.1.d) que solo será exigible en el momento de presentar la solicitud.

Nosotros somos 4 , mi señora 39 años contratada a media jornada 420€ , mi hijo mayor de 15 años estudiando, mi hijo menor de 8 estudiando , y yo de 40 años parado .
No hay mas adultos desempleados.

Gracias y saludos

Manu1 (no verificado) | Diciembre 13, 2018

Tu señora estaba trabajando cuando presntaste la solicitud? si no estaba trabajando, estaba inscrita como demandante de empleo? Si no es asi, entonces por eso lo han denegado.Te adjunto el requisito del articulo 7.1.d) al que se refieren:

d) La persona solicitante deberá estar inscrita en el Servicio Andaluz de Empleo
como demandante de empleo no ocupada. Con carácter excepcional, en los supuestos de
personas víctimas de violencia de género o unidades familiares compuestas por una sola
persona progenitora con menores de edad a su cargo, se eximirá a la persona solicitante
de estar en situación de desempleo; no obstante, deberá estar inscrita en el Servicio
Andaluz de Empleo como demandante de empleo.
Asimismo, las personas que formen parte de la unidad familiar, distintas a la persona
solicitante, que sean mayores de 16 años y se encuentren en situación de búsqueda
activa de empleo, deberán estar inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo como
demandantes de empleo. Este requisito no será exigible para aquellos miembros de la
unidad familiar que estén cursando una formación reglada, sean personas cuidadoras
de personas dependientes perceptoras de la prestación para cuidados en el entorno
familiar, prevista en el Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia, perciban una
pensión por invalidez absoluta, pensión de jubilación, sean personas trabajadoras sujetas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Régimen Especial de Trabajadores
Agrarios por cuenta propia, así como en aquellas circunstancias personales o sociales
acreditadas mediante informe social de los servicios sociales comunitarios que determine
la imposibilidad temporal o permanente de la inscripción en el Servicio Andaluz de
Empleo».

Osea todo el mundo debe estar desempleado y inscrito como demandante de empleo en el momento de presentacion de la solicitud, a exepcion de los casos que cita este articulo.

IvanNB (no verificado) | Diciembre 13, 2018

Buenas tardes Manu , gracias por sus respuesta , .. si , mi señora estaba trabajando al inicio de la solicitud , lleva con ese empleo mas de 5 años , .. por lo tanto , segun me informas , para percibir la RMI , ningun miembro de la unidad familiar mayor de 18 años debe estar cotizando al inicio de la solicitud ?

Gracias y saludos

Manu1 (no verificado) | Diciembre 14, 2018

Hola IvanNB, con los datos que aportas, creo que es a lo que se refieren, porque otro motivo en este sentido no veo. Tampoco te aclaran del todo el motivo para saber exactamente a que se refieren, citando solo el articulo y tu te buscas la vida.
Puedes recurrir la aunque no estoy seguro si prosperara. Los fundamentos para el recurso que puedes alegar serian:

Alegaciones:
1-El requisito previsto en el art 7.1d), concretamente en su segundo pararrafo, establece que
las personas que formen parte de la unidad familiar, distintas a la persona solicitante, que sean mayores de 16 años y se encuentren en situación de búsqueda activa de empleo, deberán estar inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo como demandantes de empleo.
El requisito de estar inscrito como demandante de empleo en el momento de presentacion de la solicitud, de las personas que forman parte de la unidad familiar, distintas a la persona solicitante en el que se fundamenta la denegacion de la RMISA, se refiere especificamente a las personas mayores de 16 años y se encuentran en situación de búsqueda activa de empleo, situacion que no concurre en el caso de mi esposa xxxxxxxxx, por estar empleada y dada de alta en el regimen xxxxxxxxx de la seguridad social en el momento de presentacion de la solicitud.Se aportaron (los documentos) acreditativos de esta situacion.

2-Por otro lado, el articulo 5.b), establece que la RMISA tiene carácter complementario con cualquiera de los recursos de los que disponga la unidad familiar, así como con las prestaciones económicas y de servicios a los que pudiera tener derecho.
Ademas en el articulo 13.1, en el que se establecen los ingresos computables , se consideran recursos computables de la unidad familiar las pensiones, subsidios, depósitos bancarios, rentas e ingresos netos que, en cualquier concepto, perciban, o tengan derecho a percibir, todas las personas integrantes de la misma en el momento de la presentación de la solicitud.

Atendiendo a lo previsto en los articulos citados, la denegacion objeto de impugnacion no se ajusta a derecho.

Bueno IvanNB,. Como ya te he dicho, no estoy seguro si prosperara.(con esta gente nunca se sabe aunque cumplas todos los requisitos)

Suerte

Rafa (no verificado) | Diciembre 13, 2018

Hola buenas sabe alguien por que mes van en cordoba yo entregue el 30 de mayo y aun nada

Córdoba c (no verificado) | Diciembre 13, 2018

Hola rafa hace dos semanas cuando fui a preguntar ivan por la primera quincena de abril, yo soy de 14 de mayo y aun no se nada, espero que tengamos antes de qe acabe el año una contestacion

Manu1 (no verificado) | Diciembre 13, 2018

BOE 13/12/2018

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE IGUALDAD, SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES EN SEVILLA. Anuncio de notificación de 10 de diciembre de 2018 en procedimientos del Programa de Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía por la que se hace pública la relación de solicitantes a los que no ha sido posible notificar diferentes resoluciones y actos administrativos.
https://www.boe.es/boe_n/dias/2018/12/13/not.php?id=BOE-N-2018-816725
https://www.boe.es/boe_n/dias/2018/12/13/not.php?id=BOE-N-2018-816726
https://www.boe.es/boe_n/dias/2018/12/13/not.php?id=BOE-N-2018-816727
https://www.boe.es/boe_n/dias/2018/12/13/not.php?id=BOE-N-2018-816728
https://www.boe.es/boe_n/dias/2018/12/13/not.php?id=BOE-N-2018-816729

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE IGUALDAD, SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES EN SEVILLA. Anuncio de notificación de 11 de diciembre de 2018 en procedimientos del Programa de Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía por la que se hace pública la relación de solicitantes a los que no ha sido posible notificar diferentes resoluciones y actos administrativos.
https://www.boe.es/boe_n/dias/2018/12/13/not.php?id=BOE-N-2018-816730

Siento ser el que publica esto, pero por lo menos , si su nombre esta entre los publicados, podra ir buscar la notificacione para ver los motivos de denegacion y recurrir la.No suelo mirar siempre las publicaciones si no son de mi localidad, pero hoy me dio por consultar cuantas concesiones se han publicado, y no me lo puedo creer!! 130 notificaciones de 130 denegaciones.Como ven, son todas Sevilla.

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