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La Junta libera 28 millones para resolver los atrasos del salario social

Lun, 11/11/2013
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13878 Comentarios

Mari (Cádiz ) (no verificado) | Noviembre 17, 2018

Hola buenas noches,quería saber si es verdad que cuando te aprueban esta ayuda la asistenta viene a visitar tu casa,porque si es así no entiendo el porque tienen que venir ya que tienen todos los documentos necesarios para ver mi situación económica,lo que yo tenga en mi casa o bien lo he comprado cuando he podido.Espero respuesta,ya que alguien también lo a preguntado y no a tenido respuesta.Gracias

El DPA responde | Noviembre 17, 2018

Buenas noches, las medidas y actuaciones que se podrán establecer en el Plan de inclusión sociolaboral son las recogidas en el art.19.2  del Decreto-Ley 3/2017 por el que se regula la RMISA:

  • a) Medidas en el ámbito de los servicios sociales.
  • b) Medidas para la mejora de la empleabilidad.
  • c) Medidas de naturaleza educativa.
  • d) Medidas en el ámbito de la salud.
  • e) Medidas para el acceso o mantenimiento de la vivienda.
  • f) Otras que se consideren necesarias para el logro de los objetivos establecidos en el Plan de inclusión sociolaboral y que sean un elemento fundamental para el logro de la inclusión y la integración social de la unidad familiar.

Un saludo.

manu (no verificado) | Noviembre 17, 2018

hola a todos está tarde vino la carta a mi hermano que solicitó la renta el 1 de marzo como yo también lo solicite. en la carta pone que debe entregar la copia de la nómina y la del SAE de estar inscrito desde marzo.como trabajo en agosto seguro le vendrán denegada después de esperar 9 meses ni los atrasos le pagaran ya os contaré seguro no me equivoco pues a todos los que leí por aquí que trabajaron un mes le vino denegada. a ver mi solicitud que se inventan. dirán que como vivo con el tambien la deniegan.

Juani Córdoba (no verificado) | Noviembre 17, 2018

Hola Manu.Yo solicité la ayuda en 15 de marzo.En Octubre,mi marido trabajo 5 días en Ayuntamiento y ahora me llegó la carta denegada.Espero que tenga más suerte que yo.

Manu1 (no verificado) | Noviembre 17, 2018

Siento que te la hallan denegado.5 dias son pocos ingresos para que la denieguen.Podrias porfavor compartir los motivos exactos de la denegacion para que nos sirva de informacion, y al mismo tiempo ver si tienes fundamentos para recurrir la, si todavia estas dentro del plazo de un mes desde la notificacion para hacer lo.
Gracias

Juani Córdoba (no verificado) | Noviembre 17, 2018

Hola Manu1.la nómina está de 395 euros más 215 euros ayuda familiar.Somos 3 en la casa,con un menor a cargo, con una hipoteca impagada,con 300 euros deudas en Hacienda Local sin ropa para la niña.Ahora pregunto yo,en 9 meses que tenemos que comer?Piedras? Gracias Manu1

Manu1 (no verificado) | Noviembre 19, 2018

Hola Juani
Siendo 3 personas en la unidad familiar, corresponderia:
El 78% del IPREM+20% del IPREM(10% por cada 1 de los otros dos)= unos 562€.
De los 562€ hay restar 395€ de los ingresos (sin tener en cuenta los 215€ de la ayuda,suponiendo que no es computable), la diferencia es 167€. Esta cantidad es la que te corresponderia de la RMI.Tus ingresos superan esta cantidad, por lo tanto te la deniegan.
Esto no es injusto!!si no que es otra palabra que no se ha inventado todavia!!Lamentablemente a mucha otra gente de este foro le ha pasado lo mismo!!Que trabajes un dia, una semana , o unas horas,si tus ingresos superan lo que te corresponderia de la RMI te la deniegan se gun la normativa de mierda que regula esto.
Dicho de otro modo, para que te concedan la RMI en alguna cantidad(minimo 20% del IPREM=107), tus ingresos deben ser menos de la mitad del calculo de la RMI en el caso de tu familia,de acuerdo con el art 11.(en tu caso 98% del IPREM).
Llevo denunciando esta injusticia en este foro desde hace tiempo, porque no es logico.
Por 5 dias de trabajo por los que has cobrado 395, te la deniegan!Como puden compararte con una persona que cobra,por ejemplo,los 395 todos los mesespor trabajar o algun otro ingreso computable.Todo el mundo sabe que aparte de ser una normativa reguladora injusta, es una gran chapusa de ley que no tiene logica , y llena de contradicciones entre sus articulos.
Tu,yo, y los demas en este foro solo podemos quejarnos y exponer todo este caos, pero los que verdaderamente pueden mover fichas solo se preocupan por ocupar puestos para forrar se a cuenta nuestra.

Juani Córdoba (no verificado) | Noviembre 19, 2018

Hola Manu1.Tengo una duda.Porque mi Asistenta a dicho que para 3 personas la ayuda es de 527.Si es así como tú dices que unos 562,pues entonces no superamos.La nómina 395 más la ayuda 155

Juani Córdoba (no verificado) | Noviembre 19, 2018

Hola Manu1.La ayuda familiar al final es de 155 euros,porque le descontaron los 5 días de trabajo.Segun mi Asistenta,hemos superado con unos 20 euros.Eso para mi es muy fuerte.Muchas gracias por la respuesta

Antonio sevilla (no verificado) | Noviembre 16, 2018

Manu te explico me la deniegan por tarjetas del inem y después presentó recurso y me mandan una carta que si no me contestan antes del 29 de diciembre lo dan por desistido

Manu1 (no verificado) | Noviembre 17, 2018

Otra cosa que no entiendo es el motivo de la denegacion(por tarjetas del inem) .Quiza quieres decir por no estar dado de alta como demandante de empleo?por que este requisito solo es exigible a la hora de la solicitud, despues de la modificacion de esta ley el 1 de agosto.

Manu1 (no verificado) | Noviembre 17, 2018

La administracion tiene 3 meses para resolver y notificar la resolucion de un recurso de alzada. Transcurrido este plazo sin que se produjiera dicha notificacion, se entendera desestimado el recurso, si este si hubiera interpuesto contrala denegacion por resolucion expresa.
Dicho de otro modo, te han mandado una carta denegando la RMI y ha intrpuesto un recurso en el plazo de un mes.Ahora ellos tienen que resolver el recurso en el plazo de 3 meses.Si no lo hacen, entonces esta desestimado.
Lo que no entiendo es lo que mencionas sobre la carta que te mandan, que si no contestan antes del 29 de diciembre lo dan po desistido??

Esperanza (no verificado) | Noviembre 16, 2018

Ola soi de Sevilla si algien sabe algo o la Yegao algo de marzo

Anónimo (no verificado) | Noviembre 16, 2018

Por favor si alguien sabe si tengo que notificar una ayuda económica de tres meses de la asistenta social me lo diga

Rocio (no verificado) | Noviembre 16, 2018

Si comunicalo por si acaso

Anonimo (no verificado) | Noviembre 16, 2018

Buenas la verdad que no entiendo mucho pero creo que si todo los cambios que haiga durante los tramites lo deves de comunicar pero tampoco lo se seguro hasta luego

Manu1 (no verificado) | Noviembre 16, 2018

Buenas tardes, a tu pregunta, la respuesta es si.Debes comunicar lo en el plazo de 15 dias como establece el articulo 10.

Artículo 10. Obligaciones de las personas titulares y beneficiarias.
1. Desde la fecha de presentación de la solicitud y, en su caso, durante el tiempo de
duración de percepción de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía e, igualmente
durante el desarrollo del Plan de inclusión sociolaboral, la persona titular y las personas
integrantes de la unidad familiar tendrán las siguientes obligaciones:
«a) Comunicar a la Delegación Territorial de la Consejería competente en materia
de servicios sociales, preferentemente a través de los servicios sociales comunitarios,
en el plazo máximo de 15 días desde el hecho causante, la modificación de cualquier
circunstancia distinta de las declaradas en la solicitud, a excepción de las altas y bajas
laborales que se produzcan desde la solicitud hasta la resolución, que serán verificadas
por el órgano competente para resolver».

Supongo que estas pendiente de la resolucion todavia. Si a caso te la deniegan por haber cobrado esta prestacion, tendras que recurrir lo, por que en las modificaciones de esta Ley del 1 de agosto, entre otras, se han introducido las letras l y m en el apartado 4 del artículo 13(ingresos computables y no computables), que quedan redactadas de la siguiente forma:

«l) Las ayudas económico-familiares y las ayudas de emergencia social gestionadas por los servicios sociales comunitarios.

Esto quiere decir que la prestacion que cobras de los servicios sociales comunitarios no es computable para el calculo y la concesion de la RMISA, y por lo tanto no te la pueden denegar por cobrar la. Pero como ya te he dicho, acercate a ellos mismo como dice el articulo 10, y que te den un justificante de haber lo comunicado en plazo y forma. Este justificante sera tu salvador si tienes recurrir la denegacion por falta de comunicacion de este hecho.
Espero haber te lo aclarado.
Suerte.

Paola (no verificado) | Noviembre 16, 2018

Heche mi solicitud en marzo en Sevilla y aún no sé nada, sabes cómo van las solicitudes de Sevilla?? Gracias

Esperanza (no verificado) | Noviembre 16, 2018

Mira sabe algo de la renta

Anonimo algeciras (no verificado) | Noviembre 16, 2018

Como van las solicitudes por algeciras?

Manu1 (no verificado) | Noviembre 17, 2018

Hoy dia 17/11 he publicado un extracto del BOE con notificaciones de la provincia de Cadiz , que no ha sido posible notificar las en los domicilios.

Anónimo (no verificado) | Noviembre 16, 2018

Una pregunta si mi asistencia me a dado una ayuda económica de tres meses tengo que notificarlo

El DPA responde | Noviembre 17, 2018

Hola, debes comunicar a la Delegación Territorial correspondiente, preferentemente a través de los servicios sociales comunitarios, en el plazo máximo de 15 días desde el hecho causante, la modificación de cualquier circunstancia distinta de las declaradas en la solicitud. Un saludo.

Aroa (no verificado) | Noviembre 16, 2018

La ayuda me termina en febrero pero me han dicho que no puedo renovarla porque no tengo cargas familiares esto es asi?

El DPA responde | Noviembre 16, 2018

Hola Aroa. Pueden renovarla las víctimas de violencia de género y las unidades familiares con menores a cargo. Si no estás dentro de estos dos supuestos Una vez terminado el periodo de percepción de la Renta Mínima, siempre que la unidad familiar cumpla con los requisitos y condiciones exigidas para su concesión, se podrá solicitar nuevamente la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía una vez transcurridos 12 meses.

DURACIÓN Y CALENDARIO DE APLICACIÓN DE LA RENTA MÍNIMA DE INSERCIÓN SOCIAL EN ANDALUCÍA

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