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La Junta libera 28 millones para resolver los atrasos del salario social

Lun, 11/11/2013
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Málaga Hoy
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13878 Comentarios

Alcalagra5marzo (no verificado) | Octubre 25, 2018

Buenas Manu1. Muchas gracias por asesorarme. Me pareció leer en su momento que sólo disponía del mes siguiente a los dos meses de gestión. Puesto que se entendía la desestimación por silencio administrativo. Pero igualmente pediré cita con mi asistenta para conocer mi número de registro y hacer lo que sugieres.
Gracias de nuevo.
Saludos y suerte

Manu1 (no verificado) | Octubre 26, 2018

Si tienes alguna pregunta solo deja me un comentario,no contestes a este (que esta muy atras). deja un comentario independiente dirigido a mi .
Suerte

Ana (no verificado) | Octubre 21, 2018

Hola soy de cordoba hechado la renta minima en abril y aun nose nada que verguenza por favor eso que es para la gente nesesitada y que se van a tirar hn año para darla !! Esto es indignante yo por lo menos no tengo ningun recurso soy madre soltera con dos niños pequeños ami cargo pasando fatigas vamos esto es muy injusto [...]

María, Cádiz (no verificado) | Octubre 21, 2018

Hola.
POR FAVOR, LEER LOS DOS ENLANCES.

En el primero, del año pasado, ya sabía que no habría dinero para pagar a todos...

"En Andalucía casi 250.000 hogares, el 7,8%, tiene a todos sus miembros en paro y podrían pedirla. La cobrarán 45.000."

En Andalucía cobraron la anterior ayuda mensual un total de 107.016 beneficiarios, según las previsiones de 2017.

En contra de lo que ocurrió en el Congreso, en Andalucía la renta mínima no cuenta con el apoyo de los partidos a la izquierda del PSOE. El coordinador regional de IU, Antonio Maíllo, ha dejado patente su desconfianza sobre esta medida del Gobierno andaluz. Sus cuentas, señaló, no salen. Esperan conocer el decreto para pronunciarse de forma definitiva. En la ley de Presupuestos de 2018 el Ingreso Mínimo de Solidaridad, que lleva vigente 19 años, desde 1999, se sustituye por la Renta Mínima de Inserción.

Desde Podemos también han considerado que éste es “un anuncio falaz” de Susana Díaz que no va a llegar a más familias que el anterior salario social porque el presupuesto es “claramente insuficiente”. Calculan que harían falta más de 600 millones de euros para cumplir las necesidades que tengan requisitos y el PSOE rechazó enmienda en este sentido para incrementar la partida presupuestaria.

O SEA, SUSANA DÍAZ SABIA QUE NO HABRÍA DINERO PARA TODAS LAS PERSONAS NECESITADAS.

Aquí podéis leerlo
https://www.elconfidencial.com/espana/andalucia/2017-12-18/andalucia-apr...

Nos ha estafado y bien...por eso están tardando, vienen la mayoría denegadas, perdiendo el tiempo...

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NOTICIAS DE LA RMI DEL 20 DE SEPTIEMBRE 2018 DONDE SE MENCIONA ESTE FORO:

"La Junta dice que no tendrá datos hasta principios del año próximo y no hace balance de estas ayudas aunque admite retrasos y cambios en la norma"

https://www.elconfidencial.com/espana/andalucia/2018-09-16/la-promesa-de...

Harta de que se rían de nosotros, que estamos pasándolo muy muy mal, y de que sus vidorras sean a costa de todos los recortes que nos han hecho a los pobres!

Qué ganas tengo de que lleguen las elecciones y que consigamos echar a Susana Díaz..

¿LA MANDAMOS A LA MIERDA YA EL DÍA 2 DE DICIEMBRE O TODAVÍA NO?

¡Salud y Suerte!

María, Cádiz (no verificado) | Octubre 21, 2018

A VER SI NOS MOVEMOS DE UNA PUÑETERA VEZ Y DEMOSTRAMOS TODOS EN LAS URNAS A QUIEN QUEREMOS.

EL RESTO NO TENEMOS PORQUÉ PAGAR LAS CONSECUENCIAS DE QUIENES NO VOTAN Y DEJAN QUE DECIDA POR ELLOS/AS.

EN ANDALUCÍA TENDRÍAMOS QUE DAR EJEMPLO, IGUAL QUE LO DIERON NUESTROS ABUELOS, QUE LUCHARON POR LOS DERECHOS QUE NOS HAN ROBADO Y EL DE NUESTROS HIJOS!

A VER SI ESTO LLEGA AL ALMA Y SACAMOS EL AMOR PROPIO POR NUESTRA TIERRA!

https://youtu.be/4xwwntp91XA

Salud y Suerte!

Elena (no verificado) | Octubre 20, 2018

Esta pregunta es para el DPA a mi hija se le olvido sellar la demanda de empleo el dia 15 de Octubre pero el 20 de Octubre se lha inscrito de nuevo como demandante de empleo. Tendre algun problema para cobrar la rmdi? Yo la heche el 8 de febrero

El DPA responde | Octubre 25, 2018

Estimada Elena, con el cambio en la ley lel requisito de sellado de desempleo debe de darse en el momento de la solicitud, por lo que entendemos que no debe de tener problemas. Saludos

Carlos mlg (no verificado) | Octubre 20, 2018

Quien dice que en Málaga va por marzo? Eso es mentira, yo soy de febrero y no e cobrado, no des falsas informaciónes, aun siguen diciendo que va por febrero, mi asistenta me alegro dicho que mi solicitud esta en trámite y aun nada, portavoz no mientan y den falsos testimonios

María, Cádiz (no verificado) | Octubre 22, 2018

Tranquilo Carlos mlg.

Quienes nos mienten son la Junta de Andalucía.

Yo soy de Febrero, sin embargo cuando fui hace unos días me dijeron que había solicitudes de enero sin resolución.

A cada uno nos dicen una cosa diferente y es a ellos a quiénes tenemos que pedirles explicaciones.

Ellos son el enemigo, no creemos un campo de batalla aquí.

Aquí estamos muy quemados, estamos para apoyarnos, ayudarnos y buscar soluciones.

Aprovecho para que firmeis la petición de change.org: https://www.change.org/p/susana-d%C3%ADaz-que-la-junta-agilice-y-pague-l...

Hay que compartirla por todas partes.

¡Salud y Suerte!

Ana de Málaga (no verificado) | Octubre 21, 2018

Yo soy de febrero y aun nada de nada. No se quien puede decir que cobro.....

Pilar (no verificado) | Octubre 23, 2018

Hola yo también soy de málaga y de febrero y nada aun

Mónica (no verificado) | Octubre 20, 2018
Ana Torres (no verificado) | Octubre 20, 2018

Estamos sufriendo sobre todo los niños, sin comida, sin ropa,sin zapatos, sin cuadernos, sin agua sin nada ..¿es que no existe compasión en la junta de Andalucía? por favor hagan algo nuestra situación es insoportable un mes tras otros..Nuestros derechos pisoteados..debería suspenderse todas las campañas políticas hasta que este problema se resuelva, nuestros pequeños están sufriendo muchísimo, por favor es inaguantable tengan corazón.

Mariluz (no verificado) | Octubre 20, 2018

Lleva ud razón. Estamos desesperados sin saber que hacer a la señora Susana ni al Presidente le importa una mierda la situación de nosotros. APROVECHAN LA POBREZA DE NOSOTROS PARA HACER CAMPAÑA. ESTO ES DE VERGÜENZA SALGAMOS A LA CALLE Y GRITEMOS BASTA YA TENEMOS HAMBRE

Antonia (no verificado) | Octubre 19, 2018

Hola buenas noches esta mañana he estado en asuntos sociales y me han comentado bueno más bien yo le he preguntado si la renta mínima es para siempre o no me han dicho que es para siempre y que la puedes echar al mes siguiente que te sacaba la renta mínima y he estado también donde se solicita lo que es la renta mínima y ahí me han dicho que se vuelva a echar partido un año quien dice la verdad por favor conteste los que tengan buenas opiniones

El DPA responde | Octubre 20, 2018

Hola Antonia. Para salir de dudas solo tienes que consultar la normativa que regula la Renta Mínima de Inserción Social. Compartimos contigo el calendaria de aplicación y la duración. Gracias

DURACIÓN Y CALENDARIO DE APLICACIÓN DE LA RENTA MÍNIMA DE INSERCIÓN SOCIAL EN ANDALUCÍA
(Art. 16 , Disposición transitoria primera y Disposición transitoria segunda del Decreto-Ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía)
Duración.
1. La Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía se devengará a partir del día primero del mes siguiente al de la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para resolver, y su duración inicial será de 12 meses.
2. Se podrá acordar la ampliación por periodos sucesivos de 6 meses mientras persistan las circunstancias que la motivaron, y se mantenga la concurrencia de los requisitos y condiciones exigidas para su concesión, según el calendario de aplicación establecido en la disposición transitoria segunda.
Calendario de aplicación.
a) En 2018 la duración de percepción de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía será de 12 meses. Una vez terminado el periodo de percepción de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, si la unidad familiar cumple con los requisitos y condiciones exigidas para su concesión, se podrá solicitar nuevamente la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía una vez transcurridos 12 meses, salvo en situaciones de urgencia o emergencia social debidamente acreditadas. 
b) A partir de 2019 podrán solicitar la ampliación por periodos de 6 meses sucesivos, las víctimas de violencia de género y las unidades familiares con menores a cargo, mientras persistan las circunstancias que lo motivaron y se mantenga la concurrencia de requisitos y condiciones exigidas para su concesión.
c) A partir de 2020 también podrán solicitar la ampliación por periodos de 6 meses sucesivos todas las unidades familiares, siempre que persistan las circunstancias que lo motivaron y se mantenga la concurrencia de requisitos y condiciones exigidas para su concesión.   

CONSEJERÍA DE IGUALDAD Y POLÍTICAS SOCIALES Secretaría General de Servicios Sociales
Transitoriedad de las personas que hayan percibido el Ingreso Mínimode Solidaridad y la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía. Los procedimientos de concesión del Ingreso Mínimo de Solidaridad en los que, a la entrada en vigor del Decreto-Ley, estén pendientes de resolver, se regirán por el Decreto 2/1999, de 12 de enero, y su normativa de desarrollo.
Las unidades familiares a las que se les haya concedido el Ingreso Mínimo de Solidaridad en 2017 ó 2018 según el Decreto 2/1999, de 12 de enero, y su normativa de desarrollo, podrán solicitar la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía una vez transcurrido doce meses desde la resolución de concesión del Ingreso Mínimo de Solidaridad

Manu1 (no verificado) | Octubre 19, 2018

MODELO DE RECURSO DE ALZADA CONTRA DESESTIMACION POR SILENCIO ADMINISTRATIVO.
(hay que asegurarse que efectivamente han pasado dos meses desde el primer dia del mes siguiente a la entrada de la solicitud en la Consejeria de SPS.

RECURSO DE ALZADA CONTRA LA DESESTIMACION DE LA SOLICITUD DE
LA RENTA MINIMA DE INSERCION EN ANDALUCIA

A LA DELEGACION TERRITORIAL
DE LA CONSEJERIA DE IGUALDAD Y POLITICAS SOCIALES DE …...........

D/Dña …............., mayor de edad, con domicilio a efectos de notificaciones en calle …....................., titular del DNI número …......... comparezco y, como mejor proceda en derecho, DIGO:

Que el dia......de ........... de 2018 , He presentado la Solicitud de la Renta Minima de Insercion Social en Andalucia), la cual se ha incorporado al expediente nº................................................
La entrega se compone de los documentos que se detallan en el justificante de entrega que se adjunta .

Que, por medio del presente escrito, transcurrido el plazo de dos meses a contar desde el dia primero del mes siguiente a la fecha de entrada de la solicitud en el organo competente para resolver sin haberse dictado resolucion expresa, y sin que la paralizacion del procedimiento se deba a causas que me sean imputables,de acuerdo con el articulo 32.2, o si existiera alguna , se me halla requerido la subsanacion de la misma de acuerdo con el articulo 31.2 del Decreto-Ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Minima de Insercion Social en Andalucia, interpongo RECURSO DE ALZADA contra la desestimacion de la solicitud de la Renta Minima de Insercion Social en Andalucia.

Por todo lo expuesto,

SOLICITO que, por presentado este escrito en unión de la documentación que al mismo se acompaña, se sirva admitirlo, tenga por interpuesto RECURSO DE ALZADA contra la desestimacion de la solicitud de la Renta Minima de Insercion Social en Andalucia por silencio administrativo y dicte resolución estimatoria por la que me se me reconozca la prestacion de la Renta Minma de Insercion Social en la cuantia que proceda con efecto desde el dia primero del mes siguiente al a la fecha de entrada de la solicitud en el organo competente para resolver de acuerdo con el art 35.1 del Decreto-Ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Minima de Insercion Social en Andalucia

Acompaño a este escrito los siguientes documentos para su constancia en el expediente administrativo.

1-Justificante de entrega de fecha ….......

En ….... ..........a …. de ............... de 2018 Firmado

Manu1 (no verificado) | Octubre 19, 2018

Reitero, y ya se que soy pesao!! presentad recurso de alzada por desestimacion por silencio administrativo ya que es una especie de "seguro" y no es complicado.Me explico:

1-No es complicado por que no tienes que alegar nada.Solo que estas recurriendo por entender la solicitud desestimada por silencio administrativo segun la normativa.

2-Si no resuelven el recurso en tres meses se entendera estimado por silencio administrativo.(ya no te la pueden denegar). segun entiendo en lo establecido en el Artículo 24.1 Silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud del interesado(Ley 39/2015, de 1 de octubre del PACAP).

SUSI de Malaga (no verificado) | Octubre 22, 2018

SI han pasado mas de 3 meses desde la solicitud se puede presentar en recurso de alzada o ya está fuera de plazo.
MUCHAS GRACIAS

Manu1 (no verificado) | Octubre 23, 2018

Efectivamente.Cuando el recurso se interpone contra la desestimacion por silencio administrativo, art 32.2 Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía. (2 meses desde el primer dia del mes siguiente a la entrada de la solicitud en el organo competente para resolver),se puede presentar en cualquier momento desde el transcurso de dicho plazo.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
Artículo 122 Plazos -
1. El plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos.

Si el acto no fuera expreso el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de alzada en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo.

2. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso, salvo en el supuesto previsto en el artículo 24.1, tercer párrafo..

Artículo 24
Cuando el recurso de alzada se haya interpuesto contra la desestimación por silencio administrativo de una solicitud por el transcurso del plazo, se entenderá estimado el mismo si, llegado el plazo de resolución, el órgano administrativo competente no dictase y notificase resolución expresa

Anónimo (no verificado) | Octubre 19, 2018

Si la solicite en julio y la renta pa cuando

Anónimo (no verificado) | Octubre 19, 2018

Sale algo en el boja de Córdoba

Juan (no verificado) | Octubre 19, 2018

Hola, por fin esta mañana he presentado on line (mediante Certificado Digital) el recurso de alzada ante la consejería. He seguido las pautas que Manu1 nos indica en sus comentarios y no ha habido ningún problema. El sistema lo ha admitido y al final se me ha enviado un email con el resguardo. Ahora toca esperar y ya os diré el resultado.
Desde aquí quiero agradecer a todos las aportaciones a este foro para intentar solucionar nuestro problema, y especialmente a Manu1 por la gran ayuda que nos brinda.
Un saludo.

María, Cádiz (no verificado) | Octubre 19, 2018

Espero que te respondan pronto Juan.

Ayer me dijeron en Asuntos Sociales que haciendo recurso de alzada tardarían más en responder a todos. Porque la información se la piden a Asuntos Sociales y hay pocas personas trabajando.
O atienden las solicitudes o los recursos...eso me dijo.

Además en mi localidad solo hay una persona trabajando en el tema de la renta, tiene que estar yendo de un centro a otro y hay tres centros de asuntos sociales.

Una alegría...

Manu1 (no verificado) | Octubre 23, 2018

Eso te derian por que a ninguna administracion le interesa que recurras.Ademas,en nuestra situacion, que otra solucion tenemos? por eso hay que usar cualquier herramienta legal disponible a nuestro alcance in vez de quedarnos cruzados de brazos.
1-Recurso de alzada transcurrido el plazo que marca su normativa para dictar y notificar la resolucion.
2-Transcurridos 3 meses desde la interposicion del recurso por silencio administrativo, este se entendera estimado por silencio administrativo,siempre que la paralizacion del procedimiento no se deba a causas imputables al solicitante art 32.2.
3-Transcurrido el plazo de 15 dias desde que se entienda el recurso estimado por silencio administrativo, se podra solicitar a la administracion competente el certificado acreditativo del silencio.artículo 24.4 de la Ley 39/2015.
(lo voy a solicitar en unos dias, suponiendo que los 15 dias son habiles).
Pues lo que te decia, sigues los causes legales y te quedas tranquila.

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