Sevilla Luis Montoto 23 de febrero
Hoy e vuelto a ir para que me informen y me vuelven a decir lo mismo que hace 2 semanas que va por primero de febrero
Pero que mejor que llame a este número de teléfono que es para pedir cita ( le digo que ya me dieron el teléfono y que comunica siempre )
Pues me dice que más no puede hacer
Y llevo todo el día llamando y siempre comunicando
Alguien por favor de Sevilla de febrero que ya a cobrado?
Esta pregunta va para defensor del pueblo.Haber yo ya le comentao que yo ya en este mes hace 4 meses que eche la rmi.Pero mi pregunta es si todavía hay gente que la echo en febrero y todavía le tan pidiendo papeles alo que le hagan falta.Eso que quiere decir que van por el mes de Febrero todavía o eso no tiene nada que ver que lo mismo van ya por marzo o abril noo?Aunque le estén pidiendo papeles a gente de febrero.Haber si alguien me pudiera contestar
Buenos días Ana. Como sabrá, el Defensor no gestiona la ayuda de la Renta Mínima ni participa en el procedimiento de resolución de los expedientes de solicitud. También conocemos que los ritmos de resolución de los expedientes son diferentes según la provincia. Le recomendamos que traslade su pregunta a los servicios sociales de su municipio o a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de su provincia. Gracias
Con tanta gente que hay en luis Montoro como pueden tardar tanto en resolver la renta a familias que no tienen nada que llevarse a la boca son unos impresentables
Buenas tardes ,necesito ayuda me aprobaron la renta minima de insercion, yo vivo mayor de edad con mi madre que tiene una minusvalia del 33 ,en febrero termino los 12 meses ,habría opción de pedir la prorroga he leído y por lo visto se la dan a las víctima de violencia de género y las personas que tienen menores de edad . Mi pregunta es yo podría pedir la prórroga alguien que me pueda ayudar gracias ya que una vez terminada la renta minima no cobro más nada necesito ayuda gracias .
Buenos días Ruben. Según establece la norma y sin menoscabo de posibles modificaciones futura, actualmente solo podran pedir una ampliación de 6 meses una vez finalizada la percepción de la ayuda, las víctimas de violencia de género y personas que tengan a su cargo menores de edad siempre que persistan las circunstancias que lo motivaron y se mantenga la concurrencia de requisitos y condiciones exigidas para su concesión. Saludos
Calendario de aplicación.
a) En 2018 la duración de percepción de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía será de 12 meses. Una vez terminado el periodo de percepción de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, si la unidad familiar cumple con los requisitos y condiciones exigidas para su concesión, se podrá solicitar nuevamente la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía una vez transcurridos 12 meses, salvo en situaciones de urgencia o emergencia social debidamente acreditadas.
b) A partir de 2019 podrán solicitar la ampliación por periodos de 6 meses sucesivos, las víctimas de violencia de género y las unidades familiares con menores a cargo, mientras persistan las circunstancias que lo motivaron y se mantenga la concurrencia de requisitos y condiciones exigidas para su concesión.
c) A partir de 2020 también podrán solicitar la ampliación por periodos de 6 meses sucesivos todas las unidades familiares, siempre que persistan las circunstancias que lo motivaron y se mantenga la concurrencia de requisitos y condiciones exigidas para su concesión.
Artículo 16. Duración de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.
1. La Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía se devengará a partir del día
primero del mes siguiente al de la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente
para resolver, y su duración inicial será de 12 meses.
2. Se podrá acordar la ampliación por periodos sucesivos de 6 meses mientras
persistan las circunstancias que la motivaron, y se mantenga la concurrencia de los
requisitos y condiciones exigidas para su concesión, según el calendario de aplicación
establecido en la disposición transitoria segunda.
3. Para acceder a la ampliación mencionada en el apartado 2, la persona titular
de la unidad familiar""""""""deberá solicitarlo como máximo en los tres meses"""""" anteriores a la
finalización de la percepción de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía. Una
vez finalizada la percepción de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, no se
podrá solicitar la ampliación de la misma, debiéndose cursar una nueva solicitud.
Hola me llego una carta certificada de que estaba aceptada y que pagarían todo el retraso desde febrero hasta el día de hoy, mi pregunta es cuando lo ingresan desde que te lo comunican, gracias
Buenos días. El Decreto Ley e-2017 establece en el punto 4 del artículo 32 lo siguiente:
4. La resolución que proceda a la concesión de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía deberá contener al menos, la cuantía a percibir, el plazo para la remisión a la Delegación Territorial competente en materia de servicios sociales, por parte de los servicios sociales comunitarios y el Servicio Andaluz de Empleo del Plan de inclusión sociolaboral, la obligación del cumplimiento del Plan de inclusión sociolaboral y la fecha a partir de la cual la prestación tendrá efectos económicos.
Hola Rocio, tendrás que trasladarle la pregunta la los servicios sociales de tu municipio o a la Delegación Territorial. En el Decreto no encontramos respuesta a tu pregunta, por lo que se determinará el pago a propuesta de la Delegación Territorial. Saludos y Enhorabuena!
Artículo 35. Pago.
1. Recaída resolución favorable, se procederá al abono de la prestación por la cuantía concedida con efecto desde el día primero del mes siguiente al de la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para resolver.
2. El pago de la prestación se efectuará por mensualidades vencidas dentro del mes inmediato siguiente al de la concesión de la prestación, a través de la domiciliación bancaria en la entidad de crédito que se indique en la solicitud, debiendo la persona solicitante figurar como titular o cotitular de la misma.
3. No obstante lo establecido en el apartado 3, el pago de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía podrá realizarse de forma anticipada en una o varias mensualidades, apreciadas por el centro directivo competente en la materia, a propuesta de la Delegación Territorial competente en materia de servicios sociales. La continuación del pago de los meses restantes, que en su caso proceda, se realizará una vez terminado el periodo al que corresponda el o los pagos anticipados. En el supuesto de proceder una nueva solicitud de ampliación de la duración de la prestación se realizará conforme a lo establecido en la disposición transitoria segunda.
Hola os informo que los asistentes sociales de cada localidad tienen ya un programa disponible, q solo metiendo vuestro dni saben en q estado se encuentra vuestro expediente. Soy de nueve de febrero y aun en tramite. Suerte a todos.
Hola a todos mi pregunta es para ti defensor del pueblo ya es la segunda vez que mando documentos a la renta minina primero me piden la custodia de mi hijo y luego un es tracto del banco de mi cuenta y me e llegado hoy a asuntos sociales y pone que esta en tramite después de un mes mandada la documentación y eso que significa ?que la estan tramitando para aprobarla?en los asuntos sociales no me dicen nada mas no lo saben ni ellas por fabor defensor ayudame llevo desde febrero mandando papeles y esperando aun
Hola Soledad, para informaros del estado de vuestra solicitud o de los problemas que hay sobre los pagos tenéis que llamar o acudir a las Delegaciones Territoriales de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la provincia que os corresponda. Nosotros, como defensor del Pueblo Andaluz no gestionamos la renta mínima, el salario social -ni lo aprobamos, ni damos la orden de pago-, nos dirigimos a estas Delegaciones y a la Consejería (Administración de la Junta de Andalucía) para denunciar todos los casos que nos hacéis llegar. Estamos para ayudaros y apoyaros, para llevar vuestros problemas y vuestra voz a los medios de comunicación y, sobre todo, al Parlamento de Andalucía. Es muy importante que nos hagáis llegar por escrito vuestros problemas. Lo podéis hacer mediante correo postal, correo electróncio, fax, o en la misma web. En este enlace tenéis toda la información: http://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic
Os recordamos que necesitamos tener vuestros datos personales y vuestra firma. También copia de toda la documentación que tengáis (solicitud, comunicación de la aprobación, reclamaciones...). Sí nos lo mandáis por correo electrónico o por la web aseguraros que nos adjuntáis un archivo con el texto que escribáis con vuestra firma.
Nuestra oficina de atención a la Ciudadanía os puede resolver las dudas sobre cómo escribirnos -954212121-
Hola, Manu1 gracias por tu comentario, al final opté por mi amigo q es abogado, y me ha hecho el recurso, mañana lo mandaré certificado. Lo único, alguien puede decirme la dirección exacta donde tengo q mandar el recurso de alzada? Soy de la provincia de Cádiz, y el sobre donde me mandaron la denegación lo tiré, y no me quedé con la dirección del remitente. Gracias!!
Muy bien Manu2.Es la mejor opcion,que te lo haga un profesional.Estoy seguro que va prosperar porque con lo poco que sabemos de las normativas creo que la resolucion denegatoria en tu caso no se ajusta a derecho.
Suerte.
Yo soy de Granada y también la eché en abril y aun sin noticias. En julio me dijeron que iba por marzo pero es que estamos ya en octubre y nada.. que desesperación.. pareciera que se están riendo de nosotros
13878 Comentarios
Sevilla Luis Montoto 23 de febrero
Hoy e vuelto a ir para que me informen y me vuelven a decir lo mismo que hace 2 semanas que va por primero de febrero
Pero que mejor que llame a este número de teléfono que es para pedir cita ( le digo que ya me dieron el teléfono y que comunica siempre )
Pues me dice que más no puede hacer
Y llevo todo el día llamando y siempre comunicando
Alguien por favor de Sevilla de febrero que ya a cobrado?
Esta pregunta va para defensor del pueblo.Haber yo ya le comentao que yo ya en este mes hace 4 meses que eche la rmi.Pero mi pregunta es si todavía hay gente que la echo en febrero y todavía le tan pidiendo papeles alo que le hagan falta.Eso que quiere decir que van por el mes de Febrero todavía o eso no tiene nada que ver que lo mismo van ya por marzo o abril noo?Aunque le estén pidiendo papeles a gente de febrero.Haber si alguien me pudiera contestar
Buenos días Ana. Como sabrá, el Defensor no gestiona la ayuda de la Renta Mínima ni participa en el procedimiento de resolución de los expedientes de solicitud. También conocemos que los ritmos de resolución de los expedientes son diferentes según la provincia. Le recomendamos que traslade su pregunta a los servicios sociales de su municipio o a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de su provincia. Gracias
Con tanta gente que hay en luis Montoro como pueden tardar tanto en resolver la renta a familias que no tienen nada que llevarse a la boca son unos impresentables
Hola soy de Granada y la eché a finales de abril. Me dijeron en julio que iban por marzo pero estamos ya en octubre y nada de nada.. que desesperación
Hola hace unos dias ivan por el 24 de marzo esto va lento. No nos queda de otra que esperar que desesperacion. Suerte y animos a todos.
Buenas tardes ,necesito ayuda me aprobaron la renta minima de insercion, yo vivo mayor de edad con mi madre que tiene una minusvalia del 33 ,en febrero termino los 12 meses ,habría opción de pedir la prorroga he leído y por lo visto se la dan a las víctima de violencia de género y las personas que tienen menores de edad . Mi pregunta es yo podría pedir la prórroga alguien que me pueda ayudar gracias ya que una vez terminada la renta minima no cobro más nada necesito ayuda gracias .
Buenos días Ruben. Según establece la norma y sin menoscabo de posibles modificaciones futura, actualmente solo podran pedir una ampliación de 6 meses una vez finalizada la percepción de la ayuda, las víctimas de violencia de género y personas que tengan a su cargo menores de edad siempre que persistan las circunstancias que lo motivaron y se mantenga la concurrencia de requisitos y condiciones exigidas para su concesión. Saludos
Calendario de aplicación.
a) En 2018 la duración de percepción de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía será de 12 meses. Una vez terminado el periodo de percepción de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, si la unidad familiar cumple con los requisitos y condiciones exigidas para su concesión, se podrá solicitar nuevamente la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía una vez transcurridos 12 meses, salvo en situaciones de urgencia o emergencia social debidamente acreditadas.
b) A partir de 2019 podrán solicitar la ampliación por periodos de 6 meses sucesivos, las víctimas de violencia de género y las unidades familiares con menores a cargo, mientras persistan las circunstancias que lo motivaron y se mantenga la concurrencia de requisitos y condiciones exigidas para su concesión.
c) A partir de 2020 también podrán solicitar la ampliación por periodos de 6 meses sucesivos todas las unidades familiares, siempre que persistan las circunstancias que lo motivaron y se mantenga la concurrencia de requisitos y condiciones exigidas para su concesión.
Artículo 16. Duración de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.
1. La Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía se devengará a partir del día
primero del mes siguiente al de la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente
para resolver, y su duración inicial será de 12 meses.
2. Se podrá acordar la ampliación por periodos sucesivos de 6 meses mientras
persistan las circunstancias que la motivaron, y se mantenga la concurrencia de los
requisitos y condiciones exigidas para su concesión, según el calendario de aplicación
establecido en la disposición transitoria segunda.
3. Para acceder a la ampliación mencionada en el apartado 2, la persona titular
de la unidad familiar""""""""deberá solicitarlo como máximo en los tres meses"""""" anteriores a la
finalización de la percepción de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía. Una
vez finalizada la percepción de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, no se
podrá solicitar la ampliación de la misma, debiéndose cursar una nueva solicitud.
Hola me llego una carta certificada de que estaba aceptada y que pagarían todo el retraso desde febrero hasta el día de hoy, mi pregunta es cuando lo ingresan desde que te lo comunican, gracias
Te tiene que venir la fecha de pago en la carta, no?
Buenos días. El Decreto Ley e-2017 establece en el punto 4 del artículo 32 lo siguiente:
4. La resolución que proceda a la concesión de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía deberá contener al menos, la cuantía a percibir, el plazo para la remisión a la Delegación Territorial competente en materia de servicios sociales, por parte de los servicios sociales comunitarios y el Servicio Andaluz de Empleo del Plan de inclusión sociolaboral, la obligación del cumplimiento del Plan de inclusión sociolaboral y la fecha a partir de la cual la prestación tendrá efectos económicos.
Hola Rocio, tendrás que trasladarle la pregunta la los servicios sociales de tu municipio o a la Delegación Territorial. En el Decreto no encontramos respuesta a tu pregunta, por lo que se determinará el pago a propuesta de la Delegación Territorial. Saludos y Enhorabuena!
Artículo 35. Pago.
1. Recaída resolución favorable, se procederá al abono de la prestación por la cuantía concedida con efecto desde el día primero del mes siguiente al de la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para resolver.
2. El pago de la prestación se efectuará por mensualidades vencidas dentro del mes inmediato siguiente al de la concesión de la prestación, a través de la domiciliación bancaria en la entidad de crédito que se indique en la solicitud, debiendo la persona solicitante figurar como titular o cotitular de la misma.
3. No obstante lo establecido en el apartado 3, el pago de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía podrá realizarse de forma anticipada en una o varias mensualidades, apreciadas por el centro directivo competente en la materia, a propuesta de la Delegación Territorial competente en materia de servicios sociales. La continuación del pago de los meses restantes, que en su caso proceda, se realizará una vez terminado el periodo al que corresponda el o los pagos anticipados. En el supuesto de proceder una nueva solicitud de ampliación de la duración de la prestación se realizará conforme a lo establecido en la disposición transitoria segunda.
Hola os informo que los asistentes sociales de cada localidad tienen ya un programa disponible, q solo metiendo vuestro dni saben en q estado se encuentra vuestro expediente. Soy de nueve de febrero y aun en tramite. Suerte a todos.
Mi ayuda pone en tramite que significa
Hola a todos mi pregunta es para ti defensor del pueblo ya es la segunda vez que mando documentos a la renta minina primero me piden la custodia de mi hijo y luego un es tracto del banco de mi cuenta y me e llegado hoy a asuntos sociales y pone que esta en tramite después de un mes mandada la documentación y eso que significa ?que la estan tramitando para aprobarla?en los asuntos sociales no me dicen nada mas no lo saben ni ellas por fabor defensor ayudame llevo desde febrero mandando papeles y esperando aun
Hola Soledad, para informaros del estado de vuestra solicitud o de los problemas que hay sobre los pagos tenéis que llamar o acudir a las Delegaciones Territoriales de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la provincia que os corresponda. Nosotros, como defensor del Pueblo Andaluz no gestionamos la renta mínima, el salario social -ni lo aprobamos, ni damos la orden de pago-, nos dirigimos a estas Delegaciones y a la Consejería (Administración de la Junta de Andalucía) para denunciar todos los casos que nos hacéis llegar. Estamos para ayudaros y apoyaros, para llevar vuestros problemas y vuestra voz a los medios de comunicación y, sobre todo, al Parlamento de Andalucía. Es muy importante que nos hagáis llegar por escrito vuestros problemas. Lo podéis hacer mediante correo postal, correo electróncio, fax, o en la misma web. En este enlace tenéis toda la información: http://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic
Os recordamos que necesitamos tener vuestros datos personales y vuestra firma. También copia de toda la documentación que tengáis (solicitud, comunicación de la aprobación, reclamaciones...). Sí nos lo mandáis por correo electrónico o por la web aseguraros que nos adjuntáis un archivo con el texto que escribáis con vuestra firma.
Nuestra oficina de atención a la Ciudadanía os puede resolver las dudas sobre cómo escribirnos -954212121-
Gracias por la confianza
Hola, Manu1 gracias por tu comentario, al final opté por mi amigo q es abogado, y me ha hecho el recurso, mañana lo mandaré certificado. Lo único, alguien puede decirme la dirección exacta donde tengo q mandar el recurso de alzada? Soy de la provincia de Cádiz, y el sobre donde me mandaron la denegación lo tiré, y no me quedé con la dirección del remitente. Gracias!!
Muy bien Manu2.Es la mejor opcion,que te lo haga un profesional.Estoy seguro que va prosperar porque con lo poco que sabemos de las normativas creo que la resolucion denegatoria en tu caso no se ajusta a derecho.
Suerte.
Hola Manu2, en la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de Cádiz
Buenos dias,que pasa en el foro defensor del pueblo?ya nadie escribe?
Hola yo la heche el 14 de febrero y en el mes de julio me dieron de alta 25 días eso afectará gracias
Que es lo que esta pasando en el foro,que no me publican mis mensajes?
Hola, ¿alguien de Granada a empezado a cobrar?, yo eché la solicitud a últimos de Abril .
Gracias
Yo soy de Granada y también la eché en abril y aun sin noticias. En julio me dijeron que iba por marzo pero es que estamos ya en octubre y nada.. que desesperación.. pareciera que se están riendo de nosotros