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La Junta libera 28 millones para resolver los atrasos del salario social

Lun, 11/11/2013
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13878 Comentarios

Pepe (no verificado) | Noviembre 27, 2020

Sin cobrar la vital a 27 q estamos !! Lamentable !!!!

Inma (no verificado) | Noviembre 27, 2020

Ya habéis cobrado alguien Ya el ingreso minimo vital que pertenece este mes yo todavía no

Monchi (no verificado) | Noviembre 27, 2020

Yo soy de Caixa y aún no me ingresaron dicen k mañana a ver k pasa pk estoy ya desesperada pk veo k a vosotras tampoco sino !!

Estela (no verificado) | Noviembre 27, 2020

No todavía no en la caixa ,me a dicho que está puesto para el 28

Estela (no verificado) | Noviembre 26, 2020

Una pregunta !!en enero abría que solicitarla ?según dicen no hay que hacer nada si es de oficio ellos revisarán otra vez los datos y veran

El DPA responde | Diciembre 4, 2020

Hola Estela,

Si te refieres al Ingreso Mínimo Vital (IMV), el artículo 12 del Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el Ingreso Mínimo Vital establece que el derecho a percibir la prestación económica del IMV se mantendrá mientras subsistan los motivos que dieron lugar a su concesión y se cumplan los requisitos y obligaciones previstos en la norma. Lo que sihay es obligación de presentar la  Declaración de la Renta del ejercicio en el que se aprueba, Por otro lado también estas obligado a comunicar cualquier variación de ingresos, domicilio o circunstancias personales o de convivencia.

En cuanto a la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA), el Decreto Ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, indica, en su artículo 16, que para la ampliación de la ayuda después de los primeros doce meses, la persona titular de la unidad familiar deberá solicitarlo como máximo en los tres meses anteriores a la finalización de la percepción de la RMISA. Además, establece que una vez finalizada la percepción de la RMISA no se podrá solicitar la ampliación de la misma, debiéndose cursar una nueva solicitud.

Ten en cuenta que el artículo 10 del mencionado Decreto Ley 3/2017 obliga a los solicitantes de la RMISA a solicitar las prestaciones contributivas o no contributivas a las que pudieran tener derecho y a comunicar a la Delegación Territorial de la actual Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación la modificación de cualquier circunstancia distinta de las declaradas en la solicitud en el plazo máximo de quince días.

Saludos,

Anónimo (no verificado) | Noviembre 26, 2020

Somos muchas personas que solicitamos la renovación de la RMI en Junio 2020, y no hemos cobrado ni un solo mes...Ni un mes de renovación...Ni unooooo...Dicen que estas renovaciones de la RMI solicitadas de Junio 2020 en adelante están paradas hasta nueva orden...Dicho por las propias trabajadoras sociales...Sino puede preguntarle a Rocío por dichas renovaciones de la RMI solicitadas de Junio 2020 en adelante, pregunte a alguna trabajadora social por dichas renovaciones de la RMI presentadas de Junio 2020 en adelante...

Noelia (no verificado) | Noviembre 27, 2020

Al menos cobraste, aqui hay muchisima gente q no hemos cobrado nada de nada y llevamos un año esperando. Debiendo dinero y desesperad@s.
Y aùn esperando.

Anónimo (no verificado) | Noviembre 28, 2020

Yo tarde 20 meses en cobrar...Y sin requerimiento de papeles ni nada, que sino hubiese sido mas tiempo de espera aún...

Jose Antonio (no verificado) | Noviembre 26, 2020

hola, e visto que en los presupuestos generales del estado 2021 dice, que hay que demostrar búsqueda de empleo para la rmv, mi pregunta ¿es eso asi? y si lo es, como se demuestra o cuando entra en vigor...a si, si con la rmi también lo contempla o la remisa. Por favor defensor del pueblo si responde hágalo con una respuesta concisa y no nos haga leernos el tocho para que todos lo podamos entender y ya también si la renta minima inserción antes no era indispensable ese requisito por la pandemia, que pasa si ya lo estamos cobrando. Muchas gracias de antemano por responder

El DPA responde | Diciembre 4, 2020

Hola José Antonio.

Te respondome de una manera concisa: Si es obligatorio para las personas que perciben el ingreso mínimo vital estar apuntadas como demandantes de empleo, esto debe de hacerse en el caso del IMV dentro de los seis meses siguientes a la fecha en la que se concede la prestación. Se excluye a los estudiantes menores de 28 años, las personas que estén percibiendo una pensión o las personas que tengan reconocida una dependencia o un grado de discapacidad del 65%  .

Ante todo decirte que la Ley de Presupuestos Generales del Estado no está aprobada aún; el Gobierno de la Nación la remitió a las Cortes Generales para su aprobación y en estos momentos está siguiendo los trámites para su posible aprobación. Por tanto, hasta su aprobación no será de aplicación; desconocemos si en la misma figura el texto que tú indicas. Además, creemos que en su pregunta incluyes tanto cuestiones que afectan al Ingreso Mínimo Vital (IMV) como a la Renta Mínima de Inserción Social de Andalucía (RMISA).

Entendemos que la mención que haces a los “presupuestos generales del estado 2021” debe ser al Real Decreto Ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el Ingreso Mínimo Vital (IMV), que ha tenido diversas modificaciones.

El artículo 3 del mismo tiene por título “Características” del IMV; en su apartado d) se indica que el IMV «Se configura como una red de protección dirigida a permitir el tránsito desde una situación de exclusión a una de participación en la sociedad. Contendrá para ello en su diseño incentivos al empleo y a la inclusión, articulados a través de distintas fórmulas de cooperación entre administraciones». Además, en el artículo 33 de esta norma legal, que regula las obligaciones de las personas beneficiarias, se establece, en su apartado g), la obligación «Si no están trabajando y son personas mayores de edad o menores emancipadas, acreditar, dentro de los seis meses siguientes a la notificación de la resolución por la que se concede la prestación, que figuran inscritas como demandantes de empleo», añadiendo los supuestos en los que no es necesaria esta obligación.

En cuanto a la RMISA, el artículo 9 del Decreto Ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, se dedica a Derechos de las personas titulares y beneficiarias. En su apartado b) indica que las personas beneficiarias tendrán derecho a «Recibir una atención directa, adecuada a sus necesidades, mediante un Plan de inclusión sociolaboral en función de la valoración de su situación».

Si precisas información adicional puedes llamarnos al teléfono 954212121.

Saludos,

Francisco Alcaraz (no verificado) | Noviembre 27, 2020

Buenos días;
Los presupuestos generales se están negociando , luego no hay nada concreto respecto a lo que indicas. Ahora están tramitando enmiendas y se espera que tras ese periodo se aprueben a finales del mes de Diciembre.
Te dejo un enlace de como acreditar la búsqueda activa de empleo en el subsidio de la RAI donde si es obligatorio.
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautono...
Saludos .

Marie (no verificado) | Noviembre 27, 2020

Se demuestra teniendo la tarjeta de demanda de empleo actualizada en el INEM

Javier (no verificado) | Noviembre 26, 2020

Es la caixa los otros banco ya lo tenían ingresado el 24 la caixa juega con el dinero de los necesitados sin escrúpulos

Andreea (no verificado) | Noviembre 26, 2020

Hola!Acabo de llamar al 900 20 22 22 y me han dicho que hubo un cambio con el ingreso. Que de ahora adelante los pagos serán de 1-3 de cada mes.

Sole (no verificado) | Noviembre 26, 2020

Hola alguien sabe por dónde van revisando las solicitudes del salario social en Sevilla yo lo heche en enero del 2019 y aún no me a llegado carta ninguna y en la página de la Junta me pone expediente abierto alguien sabe que significa gracias

El DPA responde | Noviembre 26, 2020

Buenos días Sole. Entendemos que su expediente está pendiente de valoración para dilucidar si es beneficiaria o no. Si necesita más información le sugerimos que traslade su consulta a la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de tu provincia. Gracias 

Ana (no verificado) | Noviembre 26, 2020

Hola, yo tambien el mes pasado el 24 la cobre y este mes aun nada tambien tengo la caixa

Anónimo (no verificado) | Noviembre 26, 2020

Estan paralizadas las renovaciones de RMI, solo en Andalucía, señor DPA, ¿puede preguntarle a Rocío personalmente a que espera a reanudar la revisión de expedientes para comenzar a cobrar la renovación de la RMI, o si tienen intención de renovarlas de oficio sin revisar papeles?La cosa es que paguen ya...No he cobrado ni un solo mes de la renovación de la RMI, la solicite a principios de Junio 2020 en Sevilla, hace ya 6 meses...

El DPA responde | Noviembre 26, 2020

Buenos días. Hasta la fecha, no tenemos constancia de que se hayan paralizado las renovaciones/ampliaciones. Existen diferentes situaciones en las que se pueden encontrar un expediente. Puede ser que los expedientes se aprobaron por la situación de emergencia o renovaciones en el estado de alarma; expedientes que se tramitaron por tener menores a su cargo. Expedientes que se han aprobado por el procedimiento normal.

Lo que si que estamos detectando es que al parecer muchos de los expedientes que se aporbaron durante el estado de alarma, acogiendose al Decreto 6/2020 o al 10/2020, es decir expedientes que se aprobaban de manera provisional en unos casos hasta tres meses posteriores a la terminación del estado de alarma o por una prestación de 5 meses de duración. En estos casos se regulaba que en ese plazo se deberia de estudiar los expedientes para ver si la resolución era definitiva o si no se cumplia con los requisitos. Al parecer en muchos de estos expedientes no se ha resuelto y se han suspendidos sin continuar el pago. Para poder hacer un seguimiento individual de los casos podeis hacernos llegar un escrito de queja a través del siguiente enlace:https://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic-formulario  aportando la documentación que tengais. Con ello nos pondremos en contacto con las Delegaciones Territoriales competentes para ver en que situación se encuentran cada expedientes.

Independientemente de los casos particulares tenemos en marcha una queja de oficio para que todos los expedientes pendientes de resolver se tramiten y se abonen a los interesados las prestaciones que le correspondan:  https://www.defensordelpuebloandaluz.es/reclamamos-una-reconfiguracion-d...

RESOLUCIÓN

RECOMENDACIÓN 1ª. Con la petición expresa de que dicte resolución que ponga término a todos los procedimientos de Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía incursos en mora, priorizando sin dilación los que datan de los años 2018 y 2019, con derechos devengados conforme a la normativa de aplicación.

RECOMENDACIÓN 2ª. Sobre la concreción de las disposiciones de derecho transitorio que habrán de regir el encaje entre la Renta Mínima de Andalucía y el Ingreso Mínimo Vital, siempre desde la perspectiva de protección de los derechos de las personas peticionarias en nuestra comunidad autónoma y de su situación o riesgo de exclusión social.

RECOMENDACIÓN 3ª. Sobre la importancia de valerse de los instrumentos eficaces para la difusión, comunicación o notificación, que permitan a la población en general y a los peticionarios de Renta Mínima, en particular, conocer y cumplir sus obligaciones sobrevenidas respecto del Ingreso Mínimo Vital, para no ver defraudadas sus expectativas legítimas.

RECOMENDACIÓN 4ª. Alusiva a que se aborde de forma diligente la regulación legal que permita reconfigurar el derecho subjetivo a la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, en el espacio que está llamado a ocupar dentro de nuestro ordenamiento jurídico, tras la entrada en vigor del Ingreso Mínimo Vital aprobado por el Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo.

Ver Resolución anterior

Ver actuación de oficio

Luis (no verificado) | Noviembre 26, 2020

Buenos días qué días tienen para pagar la renta mínima de inserción gracias

El DPA responde | Noviembre 26, 2020

Buenos días. Normalmente suelen ingresar los pagos de las mensualidades en los primeros diez días del mes. De todas formas, le aconsejamos que traslade su consulta a la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de su provincia. Gracias y un saludo

Mamen (no verificado) | Noviembre 26, 2020

Hola , en La Caixa la vital la ingresan el 28 !!! Este mes tarda más espero q no nos paguen el 28 tb en diciembre . Si alguien cobra antes q lo diga !!!

Inma (no verificado) | Noviembre 27, 2020

Como sabes Que la ingresan el cobro 28 te ha informado la caixa es para informarme yo también y preguntar

Mónica (no verificado) | Noviembre 26, 2020

Que pasa este mes con el min vital alguien sabe algo?

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