Queja número 19/2766
El Defensor del Pueblo Andaluz formulaba Resolución a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla recomendando que sin más dilación que la estrictamente necesaria para la comprobación de los datos y requisitos previstos en la norma, se dicte resolución que ponga término al procedimiento de la persona afectada, aprobando definitivamente, en su caso, la ampliación de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, en el supuesto de que reúna los requisitos exigidos para ello en la normativa vigente.
Asimismo, recomendaba que se adopten las medidas necesarias en lo que se refiere a la dotación de los medios materiales y personales a la Delegación Territorial de Sevilla, con la finalidad de que se resuelvan las solicitudes de ampliación de la RMISA en el plazo legalmente establecido de dos meses, a contar desde el día primero del mes siguiente a la fecha de entrada de la solicitud.
En respuesta, recibimos informe administrativo por el que se nos da traslado de la relación cronológica de la tramitación del expediente, que concluye en fecha 15/01/2020 con la Resolución de Revisión por la que se procede a la ampliación de la prestación desde el 01/02/2019 hasta el 31 de julio de 2019.
A la vista de dicha información, se desprende que la Resolución formulada por esta Institución ha sido aceptada, procediendo al cierre del expediente.
67 Comentarios
Hola buenas con discapacidad cuanto se cobra renta mínima inserción social andalucia ya que tengo una discapacidad
Buenas he echado la solicitud renta activa Inserción social andalucia en asistencia social
Y la demanda empleo se a caducado
Para modificación he encontrado en la página de la junta donde la solicitud de la renta mínima inserción social andalucia hay pone MODELO DE COMUNICACIÓN DE MODIFICACIÓN DE LAS CIRCUNSTANCIAS DECLARADAS EN LA SOLICITUD DE
RENTA MÍNIMA DE INSERCIÓN SOCIAL EN ANDALUCÍA
MODELO DE COMUNICACIÓN DE MODIFICACIÓN DE LAS CIRCUNSTANCIAS DECLARADAS EN LA SOLICITUD DE
RENTA MÍNIMA DE INSERCIÓN SOCIAL EN ANDALUCÍA. (Código procedimiento: 12563)
La presente comunicación será presentada preferentemente en los servicios sociales comunitarias debiendo incluir su
correspondiente sello de entrada.
Fecha: / / Z.B.S.S (Centro de Servicios Sociales Comunitarios):
Trabajador/ a Social: Teléfono:
1 PERSONA TITULAR O MIEMBRO DE LA UNIDAD FAMILIAR:
APELLIDOS Y NOMBRE: SEXO:
H M
DNI/NIE/NIF:
NÚMERO DE EXPEDIENTE:
2 HECHO CAUSANTE (obligación de comunicar en el plazo máximo de 15 días):
Cambiar cuenta bancaria/IBAN (en nombre de la Unidad Familiar que represento y cuyos datos se han indicado en la solicitud, solicito la
inclusión de la cuenta bancaria en el Sistema de Gestión Integral de Recursos Organizativos de la Junta de Andalucía):
Modificación del domicilio de la unidad familiar:
En diferente localidad pero la misma provincia.
En otra provincia.
En otra Comunidad Autónoma.
Dirección:
Variación (aumento o disminución) de ingresos de la unidad familiar debido al cobro de otra prestación y/o ayuda económica:
Prestación y cuantía:
Variación del Patrimonio inmueble (viviendas, locales...):
Concepto y cuantía:
Variación del Patrimonio mueble:
Concepto y cuantía:
Variación del número de miembros de la unidad familiar:
Aumento Causa:
Disminución Causa:
Nombre, apellidos y DNI/NIE de la persona que causa la variación:
Cambio de titularidad entre los miembros de la pareja:
Nombre, apellidos y DNI/NIE del nuevo titular:
Variación de la situación laboral de algún miembro de la unidad familiar:
Situación, cuantía y periodo:
Solicita suspensión RMISA No solicita suspensión RMISA
Renuncia:
Renuncia y devolución íntegra de las cantidades percibidas.
Renuncia desde el momento actual al cobro de la prestación.
Variación en el régimen de custodia. Causa:
Variación en el grado de discapacidad: - Grado actual:
- Derecho a prestacíón: SI NO
CÓDIGO IDENTIFICATIVO (Página de )
3 OTRAS CAUSAS (CAMBIO DNI, NIE ...) U OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE
4 LUGAR, FECHA Y FIRMA
En a de de
LA PERSONA TITULAR O MIEMBRO DE LA UNIDAD FAMILIAR
Fdo.:
ILMO/A. SR./A. DELEGADO/A TERRITORIAL DE IGUALDAD, SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES EN
Código Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oficinas:
CLÁUSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos, le informamos que:
a) El Responsable del tratamiento de sus datos personales es la Secretaría General de Servicios Sociales de la Consejería de Igualdad y Políticas
Sociales cuya dirección es Avda. de Hytasa, 14, 41071 Sevilla.
b) Podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos en la dirección electrónica dpd.cips@juntadeandalucia.es
c) Los datos personales que nos proporciona son necesarios para la tramitación administrativa de la solicitud de la Renta Mínima de Inserción Social
en Andalucía y su cesión al organismo competente para fines estadísticos, cuya base jurídica es el Decreto-Ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el
que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.
d) Puede usted ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento, como
se explica en la información adicional.
La información adicional detallada, así como el formulario para la reclamación y/o ejercicio de derechos se encuentra disponible en la siguiente
dirección electrónica: http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR JUNTO A LA COMUNICACIÓN SEGÚN HECHO CAUSANTE.
• Modificación del domicilio de la unidad familiar (en la misma provincia, en diferente provincia, en otra Comunidad Autónoma): Certificado de que
todas las personas integrantes de la unidad familiar se hallan empadronadas como convivientes en el nuevo domicilio.
• Variación de ingresos de la unidad familiar debido al cobro de otra prestación: Documentación acreditativa del origen y cuantía de los nuevos
ingresos.
• Variación del patrimonio Inmueble: Documentación acreditativa de la variación de los bienes inmuebles.
• Variación del patrimonio mueble: Documentación acreditativa de la variación de los bienes muebles.
• Variación del número de miembros de la unidad familiar: Copia del Libro/s de Familia que acredite/n los vínculos correspondientes de las personas
integrantes de la unidad familiar declarada. Este documento podrá ser sustituido por Certificados del Registro Civil que constaten tales vínculos;
Certificado de fallecimiento; u otra documentación acreditativa de la situación de aumento o disminución de miembros de la unidad familiar. En el
caso de nuevo miembro de la unidad familiar, presentar solicitud y consentimientos completados con los datos de estas nuevas personas.
• Cambio de titularidad entre los miembros de la pareja: Consentimiento del actual titular o informe social de los servicios sociales comunitarios que
justifique el cambio.
• Variación de la situación Laboral: Contrato, nómina, actualización de la demanda de empleo, alta o baja laboral, referida a las personas integrantes
de la unidad familiar, mayores de 16 años en la o las persona/s que se haya producido la modificación de la situación.
• Otras causas que no afecten a RMISA: Cualquier documentación que se considere necesaria (cambio de número de cuenta, adjuntar copia de la
cuenta bancaria que acredite la titularidad de la persona solicitante, cambio de DNI, adjuntar documentación acreditativa del cambio…).
Mi pregunta es puedo rellenarlo yo o tiene que ser mi asistencia social sólo me pone eso ya lo demás si lo puedo reyenar yo gracias de antemano
donde pone Trabajador/ a Social: Teléfono:
en la solicitud de COMUNICACIÓN DE MODIFICACIÓN DE LAS CIRCUNSTANCIAS DECLARADAS EN LA SOLICITUD DE
RENTA MÍNIMA DE INSERCIÓN SOCIAL EN ANDALUCÍA.
Hola Juan Antonio,
Atendiendo a tu consulta, entendemos que si vas a comunicar una modificación de datos, debes hacerlo preferentemente en los Servicios Sociales Comunitarios, por lo que, te recomendamos que acudas a ellos para trasladar tu consulta, pues son quienes mejor podrán aclarar tus dudas acerca de renta Mínima de Inserción. Te facilitamos también el Canal que la Junta de Andalucía ha puesto en servicio u para consultas sobre la RMISA: rentaminima.cipsc@juntadeandalucia.es También puedes utilizar el formulario de consultas de la Junta de Andalucía: https://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/ceisgformweb/formularioInsercionIGA.faces
Saludos
Hola buenas e estado cobrando la renta minima de insercion y e solicitado la ampliacion para un año mas, yo la termino en octubre la seguire cobrando para el proximo mes? Somos 5 personas y cobro 683€ gracias
Hola Carmen,
Esta Institución no tramita los expediente de Renta Mínima de Inserción, por lo que desconocemos su para el mes de octubre estará resuelta tu solicitud de ampliación de Remisa. Te recomendamos que te dirijas a los Servicios Sociales que por domicilio te correspondan (donde actualmente te encuentres residiendo) para poder resolver estas cuestiones.
Te recordamos que actualmente, debes presentar resolución negativa de IMV para poder acceder a la Remisa.
Saludos
Metí a mi hija con migo y a mí otro hijo y solo por ampliar cómo va esto
Hola Isabel,
Atendiendo a los datos que nos trasladas, no alcanzamos a entender la pretensión de tu consulta. Te sugerimos que nos llames al 954212121 o nos dejes un teléfono en el que contactar contigo para poder atenderte adecuadamente.
Saludos
Hola haver si me pueden ayudar después de más de un año sin ingresos y víctima de violencia de género de alto riesgo el agresor se marchó a otro país y llevo ya un año a la espera de juicio y aún no saben nada de este hombre después de solicitar las ayuda de remisa me llegó casi al año se solicito el día 22/06/2022 y me llegó el día 6/0/5/2023 y se me termina ahora como puedo volver ha renovarla de hecho se entrego toda la documentación de violencia de género y la acreditación .
Hola Ángeles,
Ante todo, te informamos de quedebes solicitar previamente IMV, pues, el artículo 10.1.b) del Decreto-Ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía establece la obligación de las personas titulares y beneficiarias de solicitar las prestaciones, contributivas o no contributivas, que pudiera corresponderles. Por tanto, según la actual normativa autonómica, las personas y/o unidades familiares que se encuentren en situación de vulnerabilidad quedan obligadas a solicitar el Ingreso Mínimo Vital, incluso, en el caso de ser ya solicitantes o beneficiarias de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.
Por otro lado, con los datos que nos trasladas, parece que puedes solicitar la ampliación de la Remisa, (Clic aquí para acceder al trámite online. ), si no tienes medios para realizar este trámite on line, te reocmendamos que traslades tu consulta a la DT de Inclusión Social, , Juventud, Familias e Igualdad en tu provincia o a los Servicios Sociales Comunitarios que por domicilio te correspondan, que son lor organismos competentes en la materia
La Junta de Andalucía ha puesto en servicio una cuenta de correo electrónico para consultas sobre la RMISA: rentaminima.cipsc@juntadeandalucia.es También puedes utilizar el formulario de consultas de la Junta de Andalucía: https://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/ceisgformweb/formularioInsercionIGA.faces
Saludos
Buenos días, acabo de mirar mi ingreso minimo vital y me ha cambiado a pendiente de requerimiento de subsanacion despues de 7 meses de espera, me pide el empadronamiento y sentencia de custodia los cuales yo ya había presentado y tengo el justificante. Mañana tengo cita en la S.S y volveré a llevarlo, alguien sabe cuanto tardarían en resolver o contestar si me la aprueban? Gracias
Hola Nines,
Por lo que nos comentas tienes una cita en la oficina del INSS en los próximos días, por lo que te recomendamos que traslades tu consulta ese día a la persona que te atienda en el INSS. en todo caso, el plazo máximo para resolver tu solicitud es de seis meses desde la fecha de presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera producido resolución expresa, se entenderá denegada la solicitud por silencio administrativo. No obstante el Instituto Nacional de la Seguridad Social resolverá expresamente las solicitudes presentadas, incluso si hubieran transcurrido más de seis meses desde su presentación
Saludos
La junta como siempre mintiendo decían que en enero cobraríamos la subida y nada infórmese señor defensor
Hola Rafael
Entendemos que tu comentario hace referencia al Decreto-ley 14/2022, de 20 de diciembre, y que refleja un incremento en las cuantías para las personas que han solicitado la RMISA desde la publicación de la norma, no afectando a quienes lo hicieron con anterioridad a la fecha. En este sentido, nos gustaría precisar ciertos aspectos del texto en cuestión para una mayor comprensión del asunto que nos ocupa.
Tal y como establece la Exposición de Motivos del citado Decreto, hasta la aprobación del Ingreso Mínimo Vital (IMV), la RMISA ha sido la materialización de un modelo de prestación de naturaleza económica que garantizaba un nivel mínimo de renta a quienes se encontraban en situación de pobreza y exclusión social. Así pues la coexistencia de ambas prestaciones ha obligado a replantear el escenario, máxime teniendo presente el carácter de subsidiariedad que define a la RMISA tras la aprobación del IMV.
En este tiempo se han producido situaciones de personas que inicialmente protegidos por la RMISA pasaron a ser beneficiarios del IMV, obligando a estas personas a reintegrar la RMISA por superar el límite de ingresos establecidos para el percibo de la misma, suponiendo una obligación adicional a las familias andaluzas que luchan contra la pobreza de su hogar y que no tienen por qué soportar.
Todos estos motivos han sustentado los cambios en la norma, y cuya finalidad no es otra, que la de evitar situaciones como las descritas anteriormente, permitiendo dotar de mas recursos económicos a familias que no pueden optar al IMV, como son los menores de 23 años en determinadas circunstancias o aquellas personas que estén en trámite del reconocimiento de la protección internacional, o bien hayan podido acceder al IMV pero necesitan de algún complemento económico por medio de la prestación andaluza y poder llegar un ingreso económico mínimo para poder subsistir.
En cualquier caso, desde esta Institución no conocemos si es usted beneficiario del IMV y/o de la RMISA; pero queremos transmitirle que en este nuevo contexto normativo, a partir de la publicación de la norma, con independencia de las cuestiones que nos planteaba sobre la nueva cuantía, para poder acceder en el futuro a la RMISA es necesario contar con una Resolución denegatoria de IMV según el artículo 7.1 letra c) cuyo texto ha quedado redactado de la siguiente manera; (...) "tener resolución expresa denegatoria del Ingreso Mínimo Vital dictada como ejercicio corriente de presentación de la solicitud para la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, sin que exista resolución positiva posterior de la referida prestación estatal...". Y sigue detallando una serie de supuestos excepcionales a este proceder general que desconocemos si podrían darle cobertura a sus necesidades.
Asimismo, en este nuevo articulado, se contempla la posibilidad de acceder a la RMISA para las personas que aún siendo perceptoras del Ingreso Mínimo Vital no pueden hacer frente a sus necesidades a corto plazo, presentando un carácter de prestación condicionada, donde se tendrá en cuenta el riguroso orden de presentación de las solicitudes correspondientes hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado.
Saludos
Buenas tardes,
He recibido un requerimiento de subsanación para que aporte los documentos que faltaban en la tramitación de mi expediente,
Sabrían indicarme dónde puedo enviarlos o cómo puedo aportarlos de forma telemática??
Muchas gracias.
Un saludo.
Buenos días Esperanza. Tenemos a disposición de la ciudadanía las siguientes vías de comunicación con esta Institución. Recuerda que debes identificarte y aportar en número de queja asignado para incluirlo en tu expediente. Gracias y un saludo
-Puedes hacer tus trámites en la Sede Electrónica. Necesitas Firma digital para realizar algunos trámites.
- Puedes rellenar este formulario en nuestra página web.
- Puedes escribirnos un correo electrónico a: Escríbenos a defensor@defensordelpuebloandaluz.es
- Puedes escribirnos una carta a: Calle Reyes Católicos, 21 • 41001 Sevilla
- Puedes enviarnos un fax al número 954 21 44 97
- Puedes venir en persona a nuestra oficina. Nuestra dirección es: Calle Reyes Católicos, 21. Sevilla
Se recomienda pedir cita previa: Puede reservar su hora llamando al teléfono 954 21 21 21 o por correo electrónico citaprevia@defensordelpuebloandaluz.es
- Horarios de atención al público. Para acudir de forma presencial
Como la renta minima de inserción social de la junta de Andalucía, por enfermedad, ahora en marzo me toca,echar de nuevo la aplicación. Me denegaron la renta minima vital, por cuatro veces. Y ahora me han dicho que tengo, que tener la renta minima vital, denegada de este año. Estoy enferma y muy poca movilidad. Y no tengo otros ingresos. Gracias
Hola Fernanda,
Te recomendamos que, en cualquier caso, no dejes pasar los plazos de solicitud de ampliación de Renta Mínima, no obstante, te sugerimos que solicites de nuevo Ingreso Mínimo Vital y adjuntes dicha solicitud así como las últimas denegaciones de IMV a tu solicitud de Ampliación. En todo caso, te recomendamos que traslades esta cuestión a los Servicios Sociales Comunitarios, que podrán darte una adecuada respuesta a tu consulta.
Saludos
Buenos días,
Me gustaría preguntarle algunas dudas. Vivo en Córdoba pero por circunstancias sigo estando empadronada en un pueblo de Sevilla. En el domicilio que estoy empadronada no puedo vivir porque una familia engañó a mi amiga-abuela(mientras yo pasaba una enfermedad grave). He solicitado el ingreso mínimo y me pedían certificado de servicios sociales, y el ayuntamiento dice que no puede dármelo porque no vivo alli (porque no puedo entrar). Al final me denegaron el ingreso mínimo. Ahora con este papel, voy a solicitar la renta mínima de inserción. Mi pregunta es: ¿me pedirán este certificado de servicios sociales también? . Si me empadrono en Córdoba,¿puedo solicitarlo o tengo que esperar un tiempo?
Espero su respuesta. Muchas gracias.
Hola Emi,
Te recomendamos que te dirijas a los Servicios Sociales que por domicilio te correspondan (donde actualmente te encuentres residiendo) para poder resolver estas cuestiones.
Saludos
Hola, desearía saber, de mí ampliación de la remisa, pues hacé un mes que pidieron la documentación de empadronamiento y bancaria está todo ya gestiones hechas, cuando me confirman la resolución de la remisa, pues estoy en una situación crítica de vivienda y demás gracias saludos
Hola franciso,
Esta Institución no gestiona los expedientes de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA) y, por tanto, no resuelve los expedientes, en los que deben figurar todos los datos para emitir la correspondiente resolución. De ahí que no podamos responder a tu consulta.
Te recomendamos que traslades esta cuestión a los Servicios Sociales municipales para que respondan a la misma teniendo en cuenta todas las circunstancias sociofamiliares que se pueden plantear. La Junta de Andalucía ha puesto en servicio un correo electrónico para la información sobre la RMISA: rentaminima.cipsc@juntadeandalucia.es
También puedes utilizar el formulario general de consultas de la Junta de Andalucía: https://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/ceisgformweb/formularioInsercionIGA.faces
En cualquier caso, si observases cualquier irregularidad o demora, puedes trasladarnos un escrito de queja firmado junto con toda la documentación que poseas, por medio de cualquiera de las vías que encontrarás en el siguiente enlace
Hoy me ha llegado la carta concediendome la ampliacion de la renta minima de insercion
Cuando debo solicitar la nueva ampliacion?
Gracias
Hola Carlos,
Te informamos de que el artículo 16 del Decreto Ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, indica que la duración de la RMISA será de doce meses y se podrá acordar la ampliación por periodos sucesivos de doce meses mientras persistan las circunstancias que la motivaron y se mantenga la concurrencia de los requisitos y condiciones exigidas para su concesión. En concreto, para acceder la ampliación el precepto indicado establece lo siguiente:
"3. Para acceder a la ampliación mencionada en el apartado 2, la persona titular de la unidad familiar deberá solicitarlo como máximo en los tres meses anteriores a la finalización de la percepción de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía. Una vez finalizada la percepción de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, no se podrá solicitar la ampliación de la misma, debiéndose cursar una nueva solicitud
4. Se dará tratamiento de solicitud inicial a las solicitudes de ampliación que se presenten una vez finalizada la percepción de la prestación, bien por finalización del plazo de duración, o bien porque hubiera correspondido la extinción de la misma por variar las circunstancias que motivaron su concesión, una vez dictada la correspondiente resolución de extinción."
Por tanto y respecto de la solicitud de la ampliación de la RMISA, te aconsejamos que te pongas en contacto con los Servicios Sociales de tu localidad con objeto de que estos puedan informarte más adecuadamente del proceso de solicitud de la ampliación de RMISA.
En todo caso, si al dirigirte tanto a los Servicios Sociales municipales o a la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de tu provincia no recibes respuesta o, en caso de que la recibas, estás disconforme con su contenido, puedes dirigirte a esta Institución remitiéndonos una comunicación con objeto de que podamos estudiar su caso. Ello lo podrás realizar por correo postal, fax, correo electrónico, en nuestra página web o sede electrónica (si tienes firma digital) (enlace). Si no tienes firma digital y utilizas correo electrónico o nuestra página web, no olvides de adjuntar en un archivo el escrito firmado (muy importante). A esta comunicación deberás adjuntar toda la documentación que poseas sobre este asunto.
Saludos