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Preguntamos por las ayudas al alquiler de 2018

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 19/2709 dirigida a Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Secretaría General de Vivienda

En esta Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz se están comenzando a recibir quejas relativas a la finalización del plazo para la resolución de la convocatoria para el ejercicio 2018 de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de especial vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes en la Comunidad Autónoma de Andalucía, efectuada por la Orden de 30 de octubre de 2018 de la entonces Consejería de Fomento y Vivienda, sin que hayan recaído las pertinentes resoluciones.

Dichas ayudas, que se financiarán con fondos de financiación propia de la Junta de Andalucía y fondos estatales, están previstas tanto en el Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020, regulado por el Decreto 141/2016, de 2 de agosto, como en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, regulado por el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo.

La citada Orden de 30 de octubre de 2018 dispone en su apartado octavo lo siguiente:

«De conformidad con lo previsto la base décima sexta de las Bases Reguladoras, el plazo para resolver y notificar la resolución será de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes fijado en esta convocatoria para el caso de las ayudas cuya tramitación haya sido priorizada, así como las ayudas a jóvenes, y seis meses para el resto de los casos. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado resolución legitima a las personas interesadas para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.»

Dado que el plazo de presentación de solicitudes finalizó el pasado día 9 de enero de 2019, ya ha vencido el plazo de tres meses para resolver las solicitudes caracterizadas como prioritarias o pertenecientes a la categoría de ayuda a jóvenes. Por el contrario, para el resto de solicitudes, la Administración aún se encuentra dentro del plazo de seis meses.

No obstante, en la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio se indica literalmente respecto al estado de tramitación de las ayudas: “en proceso de análisis de solicitudes”.

Aunque el retraso en la tramitación es aún incipiente, la experiencia de las convocatorias efectuadas en años previos, cuya tramitación, conclusión y materialización se ha alargado en exceso (hasta el punto de que aún está pendiente en la provincia de Sevilla la resolución definitiva de la convocatoria correspondiente al ejercicio 2017, esto es, casi dos años después de su publicación en el BOJA el 6/7/2017), aconseja que por parte de esta Institución efectuemos un seguimiento directo del proceso de tramitación de la presente convocatoria, tal y como por otra parte nos demandan los propios ciudadanos en sus quejas.

Debe tenerse en cuenta que se trata de familias que no pueden con sus propios medios acceder a una vivienda en el mercado libre, ni tampoco logran acceder a una vivienda protegida con la urgencia que demanda su situación habitacional, dada la insuficiencia del parque público de viviendas respecto a la amplia demanda existente, que ni tan siquiera puede responder a las necesidades de muchas familias en una situación de especial vulnerabilidad y emergencia habitacional.

A la situación descrita, que afecta a nuestra administración autonómica, hemos de sumar la insuficiencia del parque público de viviendas y de recursos económicos que caracteriza a las corporaciones locales, viéndose reducidas también las ayudas de emergencia al alquiler que conceden los ayuntamientos a aquellos sectores de población con escasos recursos económicos, con la finalidad de posibilitar el acceso y la permanencia en una vivienda en espera de que se les pueda adjudicar una vivienda protegida a través de los cauces legales establecidos.

Por tanto, cualquier retraso en la materialización de estas ayudas distorsiona la finalidad para la que fueron creadas. Como hemos podido comprobar reiteradamente a través de las quejas recibidas en esta Institución en años anteriores, frente a las expectativas de estabilidad habitacional a las que pueden dar lugar estas convocatorias, la anómala tramitación de las mismas ha provocado que muchas familias se hayan visto envueltas en procedimientos de desahucio con un resultado dramático, o que evitando dicho procedimiento hayan abandonado o renunciado a su arrendamiento, volviendo a verse en el punto de partida.

La novedad de la presente convocatoria de ayudas correspondiente a 2018 reside en que la concesión de las mismas se efectuará sin atender al procedimiento de concurrencia competitiva que obligaba a una gestión conjunta de las solicitudes y, en consecuencia, podrían dictarse resoluciones individuales al tiempo en que fueran completándose expedientes.

Como ya apuntábamos en nuestro Informe Anual 2018, aunque con la eliminación de un procedimiento en concurrencia competitiva se pierde la posibilidad de que las ayudas beneficien a las personas que más necesidad puedan tener de ellas para garantizar su derecho a una vivienda, era de esperar que al menos con este cambio se agilizase el procedimiento de concesión y abono de las ayudas, y así pudieran servir para el fin pretendido.

Sin embargo, la realidad nos muestra que ni aún así la Administración ha sido capaz de cumplir el plazo establecido para los casos que la Orden catalogó como más prioritarios.

En consecuencia, en defensa del derecho a la vivienda consagrado en el artículo 47 de la Constitución, y de los artículos 25 y 37.1.22 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Ley Orgánica 2/2007, de 19 de Marzo y haciendo uso de la posibilidad que contempla el artículo 10.1 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, del Defensor del pueblo Andaluz, se incoa queja de oficio ante la Secretaría General de Vivienda de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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910 Comentarios

Loli (no verificado) | Octubre 23, 2019

Hola buenas 23 de octobre eh yamado a fomento man dicho que van mirando expedientes del 10 de diciembre todavia, que asta marzo del 2020 por lo menos nose sabe nada, vamos que ai que esperar año y medio para que luego ni te la apceten. Si alguiem tiene alguna noticia mas. Gracias

Ricardo (no verificado) | Octubre 18, 2019

DPA, desde el 27 de mayo de 2019 que publicó su actuación respecto a la ayuda alquiler 2018... ¿Tiene alguna novedad a 18 de octubre de 2019? ¿ha ido alguien de su oficina a la consejería a interesarse por el tema? ¿qué le han dicho?, ¿alguna novedad?,... Gracias

El DPA responde | Octubre 24, 2019

Hola Ricardo. El martes pasado, 22 de octubre, el Defensor del Pueblo Andaluz junto con su equipo mantuvo una reunión con la Consejera Marifrán Carazo Villalonga en la sede de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. El Defensor puso de manifiesto los casos de pérdida de la vivienda por desahucio por no poder hacer frente al alquiler de viviendas libres y por ocupaciones sin título, ya sea de viviendas públicas como de viviendas privadas propiedad de entidades financieras; también le volvió a trasladar la demora en la gestión de las ayudas al alquiler de vivienda para personas con ingresos limitados, especialmente en Sevilla y Málaga y, la situación de muchos Registros Públicos Municipales de Demandantes de Vivienda Protegida, que están desactualizados o no existen todavía.

De todos estos asuntos, el Defensor ha efectuado diferentes resoluciones con recomendaciones y sugerencias para atender la demanda de la ciudadanía y ha vuelto a pedir más agilidad en la gestión y resolución de las ayudas al alquiler.

Estamos preparando nuevas actuaciones con el objetivo de impulsar la resolución de las solicitudes de la Ayuda al Alquiler de vivienda habitual. De igual modo, seguimos invitando a todas y todos los afectados a que nos trasladen escrito de queja para realizar un tratamiento individual del problema además del tratamiento general que desarrollamos en las diferentes actuaciones dirigidas a la Administración competente y al Parlamento de Andalucía en nuestras comparecencias en Comisión y en el Pleno del Parlamento de Andalucía. Gracias y Un saludo

Granada (no verificado) | Octubre 31, 2019

Buenas tardes,
Yo creo que la reclamación no debería ser solo la demora con las ayudas del alquiler. Han hecho una convocatoria de ayudas al alquiler en el que se tenía un mes de plazo para solicitarla y el presupuesto no va a cubrir ni las solicitudes del primer día. Esa es la principal queja que tenemos los ciudadanos. Se han reído de los andaluces porque para sus alojamientos y dietas nunca falta presupuesto. Y usted como defensor de nuestro pueblo debería de poner las cartas sobre la mesa.
Gracias.

Ricardo (no verificado) | Octubre 25, 2019

Buenos días.

Se que DPA está interesado en el tema que nos ocupa pero sepa también que dejar pasar meses y meses sin actuar no ayudará en nada.

DPA hay que presionar y la posición que el estatuto de autonomía le concede le proporciona una ventaja que creo no está aprovechando.

El día 09 de enero acaba el plazo de solicitudes ayuda al alquiler. Pasan tres meses y vence el plazo de resolución para las ayudas "priorizadas". Su actuación, en el expediente 19/2709, es de finales de mayo y se reúnen con la consejera a finales de octubre para este tema. Pienso que hay que insistir un poco más.

Por otro lado, estoy algo cansado de que su defensoría no afronte el problema pues con recomendaciones, informes anuales y actuaciones no es suficiente. Hay que ir a la solución y DPA puede contribuir a ello si quiere. Los impagos de la junta que nos ocupan tienen por ley responsabilidad patrimonial, tienen por ley la generación de intereses del dinero y de demora. ¿Por qué el DPA no va en esa dirección? El problema no es ni agilizar nada ni resolver mas expedientes en menos tiempo, no vayan por ahí y no insistan más en agilizar esto pues ese no es el camino. El camino es cumplir la ley y la ley ya nos protege a los ciudadanos de los impagos. Pero claro, la ley es para el ciudadano, no para la administración que con su posición de poder incumple una y otra vez, un año si y otro también. DPA, céntrese en eso, defienda a sus ciudadanos, la ley es para todos, defiéndala. La Junta no la cumple y usted no lo denuncia.
El ciudadano que ha solicitado en tiempo y forma intereses de deudas de alquiler a la Junta se lo han negado por la cara y quien ha recurrido al DPA por este tema sigue esperando. El Defensor del Pueblo Español recuerda a la JJAA la responsabilidad patrimonial de estas deudas, por la cara se lo pasan.
Hay que meter una marcha mas, pedir agilidad a una tortuga no hará que llegue antes la meta. Dejen de hacerlo, no sé los demás ciudadanos pero por mí, si solo se dedica el DPA a pedir agilidad, medios o un esfuerzo extra a la JJAA para resolver expedientes quédense en sus oficinas. Dediquen su tiempo a otras cosas, que tienen muchas donde actuar, y no lo pierdan aquí.

Gracias, un saludo.

Sol (no verificado) | Octubre 21, 2019

Estoy de acuerdo contigo Ricardo señor defensor podría darnos alguna información porfavor que necesitamos la ayuda urgente Gracias

Maria sevilla (no verificado) | Octubre 16, 2019

Ayer fui a la delegación y me han dicho q para la subsanacion de la ayuda 2018 tardará un poquito más. Creo q se terminará el 2020 y aún no ingresan nada que vergüenza y eso que se iba a resolver en 6 meses, también me han dicho que iban por el 10 de diciembre y todavía faltaba gente de ese día así q ya os podéis imaginar cuánto nos queda

Manu (no verificado) | Octubre 10, 2019

Muchas gracias señor dpa x la inmediata respuesta .

Manu (no verificado) | Octubre 10, 2019

Hola dpa.jo no he salido en las actualizaciones de las listas de Sevilla que que salieron ahier.09/10/19.me puedes explicar x que gracias.

El DPA responde | Octubre 10, 2019

Hola Manu. Entendemos que aún no han revisado tu solicitud o no ha sido clasificada. Tal y como se establece en su web, los listados se irán actualizando conforme vayan clasificándose nuevos expedientes. Para más información, tendrías que remitir tu consulta a la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Sevilla. Gracias

Listados de solicitudes del grupo general clasificadas por provincias

Se publican, solo a efectos informativos, los listados de solicitudes del grupo general que han sido clasificadas de conformidad con lo establecido en la Base Reguladora decimocuarta de la Orden de 17 de octubre de 2018, por la que aprueban las Bases Reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de especial vulnerabilidad con ingresos limitados y a jóvenes, en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Dicha  clasificación supone el inicio del procedimiento de tramitación.

* Estos listados se irán actualizando por provincias, conforme vayan clasificándose nuevos expedientes hasta completar el total de solicitudes del grupo general presentadas. No se publican las solicitudes de la “ayuda a jóvenes” por no requerirse su clasificación en grupos.

Juan Almería (no verificado) | Octubre 8, 2019

Hola buenas tardes hoy he hablado con la oficina en Almería y me dicen que no hay ayudas para todos que solo se van a cojer por presupuesto hasta donde llega el dinero es las solicitudes que se entregaron hasta el día 3 de enero

Marga (madre) (no verificado) | Octubre 20, 2019

De verdad no entiendo la forma de clasificar las ayudas. Muchas veces se les da prioridad a los menores y a las victimas de violencia sin tomar en cuenta otros factores. Una familia como la mía con cuatro niños menores de edad que aunque tenga dos sueldos mínimos (que no los tengo) estamos hasta el cuello. Pero parece que priorizar un joven es más importante que a los que a día de hoy están alimentando a los futuros jóvenes. Otra cosa, una victima de violencia puede perfectamente tener en su caso una manutención mayor o tener solo un hijo que mantener y si que entiendo que se trata de una persona que ha pasado por problemas pero esos problemas no tienen que ser comparables con los económicos. Sinceramente que no lo entiendo...

Encarnación (no verificado) | Diciembre 28, 2019

Su comentario deja mucho que desear. Hay jóvenes con hijos menores (como es mi caso) que alimentan a los futuros jóvenes como usted a dicho y hay víctimas de violencia de género con hijos y pasando penurias económicas. Así que no entiendo su comentario xxx.

Ricardo (no verificado) | Octubre 9, 2019

¿Por qué la JJAA cambia los criterios de la convocatoria 2018 a no competitiva con la injusticia que supone?

1- Dice la JJAA que por la experiencia de años anteriores y por el presupuesto a asignar que pasar la ayuda a ser no competitiva no va a dejar a los ciudadanos mas necesitado sin ella. FAIL... Veréis como echan ayudas para atrás por falta de pasta y a muchas personas no va a llegar. Inmoral, indecente, y todos los in... que existen en castellano.

2- Dice la JJAA que de esta manera se atenderá antes el pago pues los tiempos de resolución de expedientes serán mas cortos, se simplifica la carga administrativa, a la par que no hará falta resolverlos todos para ir pagando. (A ver, va para 10 MESES pasado el plazo de solicitud... y han publicado expedientes de media solo del primer y segundo día de plazo en cada provincia, bueno, aún faltan Jaén y Sevilla). Punto uno FAIL... ¿Por qué? La JJAA no tarda en resolver en mas o menos tiempo según sea la ayuda competitiva o no, única o por provincias, o se rellene en papel amarillo o verde; TARDA EN RESOLVER por su incapacidad de administración y gestión. Intentar acortar plazos sin afrontar la causa de los retrasos es de ÓRDAGO.

3- Se va a simplificar la solicitud y la cumplimentación de la misma. La JJAA dice literalmente que muchas personas han tenido problemas y dificultades para rellenar las solicitudes de ayudas de años anteriores. (Este punto es el peor, la JJAA cree que somos tontos y que no sabemos rellenar un papel o aportar un IRPF. Hiriente este punto 3 y mentira a la vez. FAIL... Ahora, para esta ayuda 2018 seguro que hemos sido unos fenómenos para rellenar su solicitud. :-)

4- Y piensan ellos... se puede liar parda!, Que va, vamos listando solicitudes poco a poco, vamos pagando poco a poco, y así dividimos al personal. Los que vayamos listando o pagando se irán retirando de la batalla. Divide y vencerás!!!. Pues así es la cosa.

Repito que la solución a todo esto la he dicho yo mil y una veces y hasta una cabra lo hubiese entendido. Que desde la fecha tope de resolución la deuda futura del futuro beneficiario empiece a generar intereses de demora y del dinero. Y así se pondrían las pilas.
Pues nada, nadie hace nada, ni ellos, ni el DPA, ni el DPE, ni el Rey, ni los restos de Franco.

Ale, sigo trabajando un rato para pagar los impuestos que me exigen. Un saludo.

Loli (no verificado) | Octubre 2, 2019

Buenas alguien sabe algo de cuando sale lustado de jovenes 9 meses eperando y yamas yte dicen que estan revisando expedientes.

El DPA responde | Octubre 3, 2019

Buenos días Loli. Compartimos la información que aparece en la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructura y Ordenación del Territorio sobre los listados de la Ayuda al Alquiler de Vivienda Habitual en convocatoria 2018. Gracias y un saludo

Listados de solicitudes del grupo general clasificadas por provincias

Se publican, solo a efectos informativos, los listados de solicitudes del grupo general que han sido clasificadas de conformidad con lo establecido en la Base Reguladora decimocuarta de la Orden de 17 de octubre de 2018, por la que aprueban las Bases Reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de especial vulnerabilidad con ingresos limitados y a jóvenes, en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Dicha  clasificación supone el inicio del procedimiento de tramitación.

* Estos listados se irán actualizando por provincias, conforme vayan clasificándose nuevos expedientes hasta completar el total de solicitudes del grupo general presentadas. No se publican las solicitudes de la “ayuda a jóvenes” por no requerirse su clasificación en grupos.

Cadiz (no verificado) | Octubre 3, 2019

Buenos días. No me a quedado claro entonces la ayuda para jóvenes no la publican? como sabemos si somos beneficiarios o no. QUE LIOOO!!!

El DPA responde | Octubre 3, 2019

La notificación de la resolución se cursará de forma individual y se practicará en el lugar o por el medio indicados en la solicitud.

Natalia (no verificado) | Septiembre 15, 2019

Es la primera vez que pido esta ayuda y por lo que voy leyendo tengo una duda. Solo van a coger la ayuda los que lo presentaron el primer día porque ya no hay más presupuesto?

El DPA responde | Septiembre 30, 2019

Las solicitudes de la ayuda general se dividirán en tres grupos atendiendo a los ingresos de la Unidad de Convivencia. El grupo 1 lo compondrán las de menores ingresos y el grupo 3 las de mayores ingresos. Se tramitarán primero las del grupo 1 por riguroso orden de fecha presentación de la solicitud, una vez finalizado el primero se continuará con el segundo y después con el tercer grupo, siempre siguiendo el mismo orden y hasta que se agote el crédito presupuestario.

Las solicitudes de la ayuda a jóvenes no se clasificarán por grupos y se tramitarán atendiendo únicamente a la fecha de presentación de solicitud y también hasta el agotamiento del crédito presupuestario. Si a la fecha del agotamiento de dicho crédito no se puedan atender todas las solicitudes presentadas ese día en una misma Delegación Territorial, se ordenarán con la siguiente priorización:

1º. Unidades de convivencia que incluyan personas victimas de violencia de género.
2º. Familias que hayan sido desahuciadas de su vivienda en alquiler por no haber podido hacer frente a las rentas pactadas.
3º. Mayor valor de la fórmula recogida en el apartado 2.
4º. Unidades de convivencia que incluyan personas victimas de terrorismo.
5º. Cualquier otra circunstancia de las contempladas en el artículo 7.4 del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo.

ANA (no verificado) | Agosto 23, 2019

En Granada salieron los listados en Junio y lo que de verdad me sorprende es que solo aparecen los solicitantes que presentaron las ayudas el mismo 10 de Diciembre. En serio habia 1500 personas en la puerta del registro en un solo día??!!!!! Disculpe pero no, no me trago esa chorrada.

Ademas se me ocurrió la genial idea de solicitar ayuda en el grupo de jóvenes y la mía es del día 11/12/19, de verdad que solo el presupuesto llega para las que se presentaron el mismo día que se inicio el plazo??!! Esto es puro cachondeo, pero claro nos va así por que lo permitimos a todos los políticos que tenemos, se ríen en nuestra cara.

ROSA (GRANADA) (no verificado) | Agosto 28, 2019

En Granada me acaban de decir que no hay presupuesto, que los que los entregaron el día 10 para menores de 35 si llega el presupuesto y los que no pues nos jodemos!!No puede ser así hay una fecha y si estiman que puede pasar esto que establezcan otros requisitos !!!!!!!!!!!!Donde podemos poner una denuncia o una reclamación??La he solicitado dos años y no ha pasado esto nunca , me huele a cambio de gobierno y ayudas pocas....Debemos denunciar todos!!!

El DPA responde | Agosto 29, 2019

Estimada Rosa, tenemos abierta una queja de oficio sobre la gestión de las ayudas al alquiler de 2018 https://www.defensordelpuebloandaluz.es/preguntamos-por-las-ayudas-al-alquiler-de-2018. Las solicitudes todavia no se han terminado de gestionar. A cada persona  que ha solicitado se le hará una notificación para su estimación o denegación. En ese momento  en caso de denegación, podrás trasladarnos  un escrito de queja si no estas de acuerdo con la resolución. No obstante estamos recogiendo los comentarios y casos que planteais para comunicarlos a la Consejeria. Un saludo.

David (no verificado) | Agosto 24, 2019

Osea estas diciendo que solo van a mirar la situación que tienen las personas que lo presentan el día 10. ¿El resto de días entonces para que sirven? ¿Para que dan un plazo de 1 mes? ¿Que pasa que el día 31 de diciembre no hay nadie que necesite la ayuda más que alguien de los que han puesto en la lista como entregados en el día 10?
Si eso es así, desde luego es vergonzoso, que digan solo se pueden presentar en estos 2 días. Todos nos golpeamos en las puertas, que los funcionarios trabajen 24h y así estamos todos en igualdad de condiciones.

Gaditana (no verificado) | Agosto 20, 2019

En Cádiz siguen si salir las listas y bueno ya va siendo hora de que salgan, ¿no? Es que se piensan que los que la piden nadan en la abundancia, desde luego que si usted defensor del pueblo no puede hacer nada imagínese el ciudadano la desprotección que sufre y los abusos porque para cuando salgan estas ayudas y para cuando se cobren el año que viene y entonces que hacemos las familias que no podemos, ¿nos vamos a la calle? y vivimos en un banco o pagamos al arrendador con cromos o estampas. Ya de por si e penoso tener que pedir una ayuda pero que encima se cachondeen y jueguen con la precariedad de las personas es vergonzoso e inadmisible.

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