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El cobro de tasas de basura ha prescrito. Le devuelven los importes cobrados

Queja número 12/1694

Devolución de las cantidades indebidamente cobradas por tasa de basuras.

Una ciudadana se dirige a esta Institución y expone que es propietaria de un local que tiene alquilado. Ante la falta de pago del inquilino de la tasa de basura, obligación derivada del contrato, la Diputación Provincial decretó el embargo sobre cuentas corrientes de su hija, en concepto de tasa de basura del local de referencia, por el período 2002 a 2010.

Al no ser su hija la propieraria del local, formuló la oportuna reclamación solicitando la devolución de las cantidades indebidamente embargadas. Siendo estimada dicha reclamación.

De acuerdo con la legislación tributaria, las cantidades correspondiente al período 2002 a 2006 ambos inclusives, se encontrarían prescritas, por lo que con fecha 16/09/2011 procedío a liquidar únicamente el período 2007 a 2010.

No obstante, la Diputación Provincial de Granada seguía reclamando el período 2002 a 2006.

Tras solicitar informe a la Diputación Provincial de Granada, dicho organismo informa que se ha procedido a la devolución de la cantidad adeudada. 

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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60 Comentarios

Luisa oeito (no verificado) | Octubre 1, 2024

Vivo en el Alcampo y he tenido durante más de 10 años con contenedor de basura. Ahora los han retirado debo de seguir pagando el impuesto a la basura

El DPA responde | Octubre 10, 2024

Hola Luisa,

No contamos con datos suficientes para darte una respuesta concreta al asunto que nos planteas.

Te recomendamos, en todo caso, que expongas el asunto motivo de tu consulta por escrito y mediante registro de Entrada en el Ayuntamiento donde residas.

Si no obtienes respuesta en el plazo de tres meses o, en caso de recibirla, estás disconforme con su contenido, puedes volver a dirigirte a esta Institución. En este enlace te explicamos las vías que tienes para hacerlo: pincha aquí.

Saludos

Carmen (no verificado) | Septiembre 24, 2024

Hola, tras darme cuenta que en la factura que estaban pagando mis padres de agua le incluía alcantarillado y basura el cual no tenemos el ayuntamiento nos lo quito tras la queja pero mi pregunta es y todos los años que han pagado eso se puede reclamar?

El DPA responde | Septiembre 26, 2024

Hola Carmen,

No contamos con datos suficientes para darte una respuesta concreta al asunto que nos planteas, en todo caso, te recomendamos solicites por escrito y mediante registro de Entrada del Ayuntamiento la devolución de los posibles abonos que consideras indebidamente cobrados.

Si no obtienes respuesta en el plazo de tres meses o, en caso de recibirla, estás disconforme con su contenido, puedes volver a dirigirte a esta Institución. En este enlace te explicamos las vías que tienes para hacerlo: pincha aquí.

Saludos,

Herminio (no verificado) | Mayo 5, 2024

Hola, soy una persona con problemas de movilidad, con una discapacidad reconocida de el 79%, y por supuesto, no hay manera de utilizar ningún contenedor de basuras aceptablemente, ¿Tienen derecho a cobrarme por un servicio que no me prestan en condiciones?

El DPA responde | Mayo 7, 2024

Hola Herminio,

Te recomendamos que expongas por escrito al Ayuntamiento de la localidad o municipio en el que residas el problema que nos trasladas sobre la falta de adaptación de los contenedores de residuos a personas con movilidad, y los inconvenientes que genera en tu caso,  En caso de no obtener respuesta en un plazo de tiempo prudencial (la Ley de Procedimiento Administrativo establece el plazo general de tres meses) o, si la recibes, estás disconforme con su contenido, puedes, si lo deseas, ponerte de nuevo en contacto con esta Institución para que podamos estudiar nuestras posibilidades de actuación.

Para ello deberás remitirnos una comunicación firmada exponiendo los hechos que motivan la queja y las actuaciones que hayas realizado previamente sobre el asunto. Te rogamos que adjuntes copia de toda aquella documentación que consideres relevante para analizar el problema. Para ello te facilitamos este enlace en el que encontrarás las vías de contacto para dirigirte a nosotros.

https://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic

Saludos.

Manuel (no verificado) | Mayo 1, 2024

Puede la empresa distribuidora del agua cuyo nombre es aljarafesa. Cobrar las tasas de basura. Pues este primer trimestre me cobran el consumo de agua y de basura. Es ilícito

El DPA responde | Mayo 7, 2024

Hola Manuel,

Te recomendamos que te pongas en contacto con Aljarafesa (Empresa Mancomunada del Aljarafe) para aclarar la cuestión. Disponen de Oficina Virtual a la que puedes trasladar el asunto que nos comentas, a la que puedes acceder mediante este enlace. También disponen de atención presencial en el Ayuntamiento que residas, solicitando cita previa en el teléfono de atención 954 11 03 25.

En caso de no obtener respuesta o si estás disconforme con la contestación puedes, si lo deseas, dirigirte a esta Institución mediante una comunicación, con objeto de que podamos estudiar tu caso. En este enlace tienes información de cómo dirigirte a esta Defensoría: enlace.

Anónimo (no verificado) | Abril 23, 2024

buenos días , el pasado mes de marzo 2024 di de alta el servicio de basura de una vivienda en Arcos que adquirí en febrero 2023 , la chica del ayuntamiento me dijo que me enviarían la factura del primer trimestre de 2024 únicamente pero me ha llegado además otra factura de todo el año 2023 cuando el servicio no estaba dado ni de alta en esa vivienda, pueden hacer eso?

Maria (no verificado) | Febrero 27, 2024

No he pagado la tasa de recogida de basura desde que me compré el piso, en el 2006, mi pareja se ocupaba de esos temas y ahora que estoy sola revisando papeles he visto que no estaba pagándola, claro que tampoco he recibido ninguna carta por parte del ayuntamiento para cobrarla que puedo hacer?

El DPA responde | Marzo 4, 2024

Hola María,

La tasa por recogida de basuras tiene la consideración de tributo y, por tanto, el derecho a su recaudación prescribe a los cuatro años, tal y como establece la Ley General Tributaria 58/2003 en sus los artículos 66 a 70. No obstante, si el Ayuntamiento te ha estado notificando formalmente la deuda, este plazo de 4 años se ha interrumpido por lo que no se considera prescrita.

Saludos

Carmen (no verificado) | Enero 26, 2024

El ayuntamiento de Alicante me ha cobrado un IBi equivocado, durante 19 años, tienen obligación a devolver lo cobrado de más?

El DPA responde | Enero 29, 2024

Hola Carmen,

Ante todo, tenemos que decirte que nuestro ámbito de actuación es la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Te recomendamos que te pongas en contacto con tu ayuntamiento para que puedan aclarar tu consulta y, en todo caso, la figura similar al de esta Institución en esa Comunidad Autónoma es el Sindic de Greuges de la Comunidad Valencia. El enlace a su página web es el siguiente: https://www.elsindic.com

ISABEL (no verificado) | Noviembre 8, 2023

Hola,me puede reclamar el Ayuntamiento,tasas de basura del año 2020 incluido ,gracias

El DPA responde | Noviembre 14, 2023

Hola Isabel,

La tasa por recogida de basuras tiene la consideración de tributo y, por tanto, el derecho a su recaudación prescribe a los cuatro años, tal y como establece la Ley General Tributaria 58/2003 en sus los artículos 66 a 70, por lo que en el caso que nos trasladas, si el Ayuntamiento te ha notificado formalmente la deuda, estaría en plazo para proceder a su recaudación no considerándose prescrita.

Saludos

rosa nadal (no verificado) | Octubre 20, 2023

Desde el ayuntamiento, no nos emitían el recibo de tasas de residuos domésticos, ahora quieren cobrarnos a los vecinos , estas fincas no estaban dadas de alta, podemos no abonarlas o presentar una queja?
Gracias

El DPA responde | Octubre 22, 2023

Hola Rosa,

Con los datos que nos aportas no podemos orientarte adecuadamente, en cualquier caso, debes de comprobar si aquello que te están exigiendo puede estar ya prescrito o aún no.

Te informamos que la tasa por recogida de basuras tiene la consideración de tributo y, por tanto, el derecho a su recaudación prescribe a los cuatro años, tal y como establece la Ley General Tributaria 58/2003 en sus los artículos 66 a 70. No obstante, si el Ayuntamiento te ha estado notificando formalmente la deuda, este plazo de 4 años se ha interrumpido por lo que no se considera prescrita. Si tienes cualquier duda, puede llamarnos al 954212121 y te informamos al respecto.

Saludos

Francisca (no verificado) | Junio 15, 2023

Di de baja el agua en el año 2000 de un local que poseo y desde entonces no me mandaron recibos de la tasa de basura y ahora me reclaman el pago de la misma desde ese año es legal

El DPA responde | Junio 15, 2023

Hola Francisca,

La tasa por recogida de basuras tiene la consideración de tributo y, por tanto, el derecho a su recaudación prescribe a los cuatro años, tal y como establece la Ley General Tributaria 58/2003 en sus los artículos 66 a 70. No obstante, si el Ayuntamiento te ha estado notificando formalmente la deuda, este plazo de 4 años se ha interrumpido por lo que no se considera prescrita.

Saludos

Vic Echaniz (no verificado) | Junio 14, 2023

Me ha llegado un documento de pago del ayuntamento de barcelona, por impuesto de basuras del año 2007, yo no puedo verificar si el pago lo hice o no, ya no guardo esa documentación, esta preescrito? y si es así como puedo arreglar este tema, Gracias!

El DPA responde | Junio 20, 2023

Hola Vic,

Tenemos que informarte que nuestro ámbito de actuación es la Comunidad Autónoma de Andalucía. Como dices que resides en la Comunidad Autónoma de Cataluña, puedes ponerte en contacto con el Sindic de Greuges de Cataluña para esta cuestión.

Saludos.

Nuria (no verificado) | Junio 2, 2023

Hola tengo una vivienda en un pueblo del cual no me ha venido ningún tipo de recibo de facturas de basuras cuantos años me obligarían a pagar

El DPA responde | Junio 6, 2023

Hola Nuria,

La tasa por recogida de basuras tiene la consideración de tributo y, por tanto, el derecho a su recaudación prescribe a los cuatro años, tal y como establece la Ley General Tributaria 58/2003 en sus los artículos 66 a 70. No obstante, si el Ayuntamiento te ha estado notificando formalmente la deuda, este plazo de 4 años se ha interrumpido por lo que no se considera prescrita.

Saludos

Mar (no verificado) | Mayo 18, 2023

Tasa de basuras dada de baja en año 2000. Se alquila local año 2022. Ayuntamiento se da cuenta de la baja de la tasa y la dan de alta. Pueden reclamar al propietario las tasas de basura desde año 2000? O solo desde año de inicio de actividad comercial que es el 2022?. Gracias

El DPA responde | Mayo 22, 2023

Hola Mar,

para darte una respuesta concreta necesitaríamos más datos, hay variables que habría que tener en cuenta, si lo deseas puedes trasladarnos un teléfono para que te llamemos y o llamar al 954212121. Si lo deseas también puedes enviarnos un escrito detallado por cualquiera de los medios que figuran en este enlace. https://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic

Saludos

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