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Copago farmacéutico

Sábado, 16 Febrero, 2013

¿Cuánto hay que pagar por los medicamentos?

Estamos recibiendo numerosas consultas sobre el sistema de copago de prestaciones farmacéuticas aprobado en abril de este año 2012 por el Real Decreto-Ley 16/2012, que establece un nuevo sistema de aportación de los beneficiarios en la prestación farmacéutica ambulatoria (la que se dispensa a través de las oficinas de farmacia), que podemos resumir de la forma siguiente:

A) Porcentaje de aportación del usuario aplicable al PVP de los medicamentos:

-          Renta menor de 18.000 euros/año: un 40% las personas que se encuentren en situación de activo y los pensionistas un 10%, con un límite de 8 euros al mes.

-          Renta entre 18.000 euros/año y hasta 100.000 euros/año: un 50% para los activos y un 10% para los pensionistas con un límite al mes de 18 euros al mes.

-          Renta de 100.000 euros/año o superior: un 60 %, igual porcentaje para los pensionistas pero teniendo éstos un límite de 60 euros al mes.

 

B)  Aportación reducida:

-          10% en los medicamentos pertenecientes a los grupos ATC de aportación reducida con una aportación máxima de 4,13 euros por envase (revisable anualmente).

 

C)  Exentos de aportación:

-          Afectados de síndrome tóxico y personas con discapacidad en los supuestos contenidos en su normativa reguladora

-          Perceptoras de rentas de integración social

-          Personas preceptoras de pensiones no contributivas

-          Parados que han perdido el derecho a percibir el subsidio de desempleo en tanto subsista su situación

-          Personas con tratamientos derivados de accidente de trabajo y enfermedad profesional.

 

En Andalucía no se pagará más del tope establecido. La norma prevé un procedimiento para el reintegro de lo que los pensionistas paguen en exceso por sus medicamentos respecto del tope mensual fijado en función de su nivel de renta, aunque sobre este particular la Administración Sanitaria Andaluza anuncia que en el territorio de nuestra Comunidad Autónoma se ha articulado un sistema que impedirá que abonen mensualmente más que el tope que les corresponde, no viéndose obligados a adelantar dinero y a solicitar su devolución con posterioridad.

Si ha pagado más del tope en otra comunidad autónoma puede solicitar que le devuelvan lo abonado de más. En todo caso en la página web del SAS es posible descargarse el formulario para solicitar el reintegro de lo abonado en exceso para los titulares de la tarjeta del Sistema Sanitario Público de Andalucía que hayan retirado medicación en otra Comunidad Autónoma, o para los titulares de tarjeta sanitaria de una comunidad autónoma distinta a la andaluza.

También puede consultar esta información en los siguientes enlaces:

- Del Servicio Andaluz de Salud

- Del Ministerio de Sanidad

 

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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130 Comentarios

Natividad García (no verificado) | Marzo 21, 2023

Buenas.
Mi padre de 81 años con una prestación de 600€ paga el copago de la farmacia dónde puedo reclamarlo para que se lo revisen.
Gracias

Pedro (no verificado) | Enero 4, 2021

Buenas tardes, tras la aprobacion del PGE.Los que tengamos hijos con discapacidad se le cambia automaticamente en la tarjeta sanitaria o habra que reclamarlo al INSS

El DPA responde | Enero 14, 2021

Estimado Pedro, por las noticias que tenemos si el hijo menor ya estaba percibiendo la Prestación Familiar por Hijo a cargo por discapacidad se iba a hacer automáticamente. En caso de que no sea así tendrá que pasarse con el certificado de discapacidad por el INSS para que lo modifiquen. Esto lo puede hacer por cita previa o enviando un escrito con copia del certificado de discapacidad al INSS. Un saludo.

Juan (no verificado) | Octubre 15, 2019

Hola que tal, le escribia porque tengo una duda respecto a lo q debo pagar por medicamentos, tengo 48 años estoy parado desde 2015 he agotado todos los subsidios y prestaciones por desempleo, la semana pasada se me agoto la renta activa por inserccion y hasta justo esa semana estaba exento del copago farmaceutico, porque ahora que continuo parado y sin ingresos y he agotado todas las prestaciones o subsidios me hacen pagar medicamentos? Tengo que pagar segun me dijeron el 40%,Gracias, saludos

El DPA responde | Octubre 22, 2019

Buenos días Juan Carlos, para tener derecho al copago gratuito debe encontrarse en una de estas situaciones: cobrar una no contributiva, una ayuda del tipo de Rentas mínimas, o Renta Activa de Inserción,  o haber agotado un subsidio de desempleo.

Para aclarar el asunto, le recomendamos que se ponga en contacto con el teléfono Salud Responde, 955 54 50 60, o a través del correo saludresponde@juntadeandalucia.es, acudir a su centro de salud o a la oficina del INSS para que le confirmen la situación de copago en la que se encuentran. Un saludo.

Isabel lino Rod... (no verificado) | Junio 5, 2019

Hola mi marido se prejubilo con 55 ya k su empresa lo requería asín pero a los 65 Le dieron la jubilación completa nosotro empezamos desde el principio ya la medicina pagaba os lo k nos correspondía pero al jubilarse a los 65 las medicina empeso a subir en la farmacia me decía k pagabamos muchos fuimos a la seguridad social y me dijeron k había visto un cambio en 2018 k era yo la k me avian dejado fuera como recidente estado más de un año pagando lo k no me pertenecía puedo reclamar x se un errol de ellos gracias

El DPA responde | Junio 7, 2019

Hola Isabel, para tener derecho al copago gratuito debe encontrarse en una de estas situaciones: cobrar una no contributiva, una ayuda del tipo de Rentas mínimas, o Renta Activa de Inserción,  o haber agotado un subsidio de desempleo.

Para aclarar el asunto, le recomendamos que se ponga en contacto con el teléfono Salud Responde, 955 54 50 60, o a través del correo saludresponde@juntadeandalucia.es, acudir a su centro de salud o a la oficina del INSS para que le confirmen la situación de copago en la que se encuentran.

Un saludo.

Juan Carlos (no verificado) | Abril 18, 2019

Hola, soy pintor, 54 años, Sevilla, en paro (de larga duración) con artritis con artrosis en rodilla y cadera, actualmente con ingresos 0, hasta el mes pasado no me cobraban las medicinas pero han empezado a cobrármelas, mi situación personal no ha cambiado, ¿han cambiado las leyes a este respecto? ¿que puedo hacer?, gracias y un saludo.

El DPA responde | Abril 23, 2019

Hola Juan Carlos, para tener derecho al copago gratuito debes encontrarse en una de estas situaciones: cobrar una no contributiva, una ayuda del tipo de Rentas mínimas, o Renta Activa de Inserción,  o haber agotado un subsidio de desempleo.

Ante la situación que nos planteas, te aconsejamos que te pongas en contacto con la unidad de atención al usuario de tu centro de salud o bien con el servicio Salud Responde (955 54 50 60) para que puedan orientarte sobre los pasos a seguir en caso de que se deba corregir el nivel de aportación que tienes asignado, dado que es el Instituto Nacional de la Seguridad Social quien comunica a las administraciones sanitarias competentes el dato relativo al nivel de aportación que corresponde a cada usuario.Esperamos que la información te sea útil.

Un saludo.

adela (no verificado) | Marzo 17, 2019

Hola, mi pregunta es la siguiente: mi padre era pensionista, cobraba pensión tanto de España como de Alemania, tenía como beneficiaria a mi madre que no percibía aquí ninguna pensión. Ambos tenían el copago farmacéutico. Mi padre falleció en agosto del año pasado a fecha de hoy mi madre aún no percibe de.España la pensión de viudedad. De Alemania le.pagan 320€ de.pension de viudedad. Hace una semana le han retirado el copago, que tramite hay que seguir para que se.lo vuelvan a dar. Gracias

El DPA responde | Marzo 19, 2019

Buenos días Adela, debes dirigirte al INSS para saber la situación de tu madre con respecto a la prestación sanitaria. En este enlace tienes todos los datos para contactar con el INSS.

Un saludo.

Toñi (no verificado) | Marzo 12, 2019

Buenas tardes quería hacer una consulta porque tengo un hermano con 25 años que padece una enfermedad bastante grave del corazón y esta tomando medicamentos excesivamente caros. El es estudiante, no trabaja y en casa son 3 personas y con el sueldo de un jubilado.
Mi hermano tendría alguna ayuda ya que por su enfermedad no puede ni estudiar ni trabajar ?
No tiene recursos para costearse el tratamiento ya que no le recetan nada y una caja de pastillas solo le cuesta 80€
Mil gracias

El DPA responde | Marzo 14, 2019

Hola Toñi, para tener derecho al copago gratuito debe encontrarse en una de estas situaciones: cobrar una no contributiva, una ayuda del tipo de Rentas mínimas, o Renta Activa de Inserción,  o haber agotado un subsidio de desempleo.

Ante la situación que nos plantea, le aconsejamos que  se ponga en contacto con los servicios sociales por si se le pueden tramitar una Renta Mínima o algún tipo de prestación. O bien solicitar una valoración del grado de discapacidad, ya que al tener un 65% podría, si reúne otros requisitos, tener derecho a una pensión no contributiva de invalidez.

Un saludo.

Laura (no verificado) | Marzo 5, 2019

Hola, mi padre está en una residencia de ancianos con plaza pública de la junta, todos los meses la residencia le cobra mucho dinero por su medicacion diaria, es asi? El antes pagaba sólo 8 euros máximo por ser jubilado y enfermo pero desde que está en la residencia le quitan hasta 40 euros mensuales. Repito este dinero lo.quitan aparte de lo que ya paga por mes

El DPA responde | Marzo 7, 2019
Hola Laura, puede dirijirse a la residencia y solicitar un desglose del cargo en medicinas que nos comenta. En caso de observar alguna irregularidad le siugerimos que presente un escrito en la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. Si no obtuviera respuesta puede ponerse en contacto con nosotros a través de este enlace.
Un saludo.
Chary (no verificado) | Marzo 3, 2019

ESTOY TRANSPLANTADA DE RIÑON Y TENGO UNA DISCAPACIDAD DE 37%
ME DICEN QUE TENGO QUE PAGAR MEDICAMENTOS.
NO ESTOY DE ACUERDO SEGÚN LEY 1 DE JULIO 2012
GRACIAS

El DPA responde | Marzo 5, 2019

Hola Chary, desgraciadamente, la situación es así. Sólo estan exentos de aportación los pensionistas no contributivos y las personas que hayan agotado un subsidio de desempleo.

Las personas con discapacidad sólo estan exentos si tienen reconocida una prestación por la antigua Ley de Integración de Minusvalido. Consciente de esta situación el Defensor del Pueblo Español ha emitido una recomendación al Minesterio de Sanidad con el objeto de que se modique dicha situación.

Le enviamos el texto de dicha recomendación:

El Defensor del Pueblo recomienda modificar la Ley del Medicamento para ampliar la protección de los colectivos más vulnerables

Copago farmacéutico

30/11/2017

El Defensor del Pueblo (e.f.), Francisco Fernández Marugán, ha recomendado al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad que promueva la modificación de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos, conocida como Ley del Medicamento, para ampliar la protección de los colectivos vulnerables y garantizar que estas personas puedan acceder a los medicamentos que precisan.

En opinión de la Institución, la rigidez de la normativa que aprobó por vía de urgencia el nuevo modelo de copago farmacéutico, que entró en vigor en julio de 2012, perjudica la situación de muchos pacientes en situación de vulnerabilidad y entraña un riesgo adicional para la garantía de adherencia a los tratamientos médicos en determinadas circunstancias.

Entre las medidas que propone el Defensor del Pueblo destaca la exención del copago, o la aplicación de un porcentaje mínimo, a los pacientes afectados por  enfermedades crónicas y graves (entre otras, enfermedades raras, degenerativas y oncológicas), especialmente cuando se trate de menores de edad.

La Institución también considera necesario eximir del copago a las personas con discapacidad con grado reconocido y a las personas con ingresos económicos de cualquier naturaleza que no superen un umbral mínimo, a determinar en función de los indicadores de riesgo de pobreza.

Además, el Defensor cree insuficientes los actuales tramos de renta (de 0 a 18.000, de 18.001 a 100.000 y de más de 100.000 euros) y por ello pide que se fijen nuevos tramos y porcentajes de copago que se correspondan mejor con los principios constitucionales de progresividad y equidad.

Asimismo, la Institución ha recomendado que se determine con claridad cuál es la Administración competente para resolver las reclamaciones de los ciudadanos en materia de copago farmacéutico y que se pongan en marcha los instrumentos necesarios para que dichas reclamaciones puedan atenderse.

Por último, el Defensor del Pueblo también ha solicitado al Gobierno que elabore un informe que evalúe el impacto que ha tenido la introducción del copago farmacéutico en los objetivos de contención del gasto público y en la calidad de la prestación farmacéutica que ofrece el Sistema Nacional de Salud.

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Un saludo.

Maria (no verificado) | Enero 29, 2019

Hola, pregunta: cobrando la RAI por victima de genero, tengo que pagar los medicamentos?

El DPA responde | Enero 29, 2019

Hola María, cobrando la RAI tienes derecho al copago gratuito. Un saludo.

Rocio (no verificado) | Enero 21, 2019

Buenas:
estoy casada, desempleada, no tengo cargas familiares y no percibo prestación por desempleo desde septiembre de 2015. Por mi edad y circunstancias personales, 39 años, no tengo derecho a subsidio o ayuda de algún tipo. Cuando voy a la farmacia tengo que pagar siempre, porque consta que estoy Activa y aportación del 40%, TSI 3, aparezco igual que mi marido, por ejemplo, que está trabajando. ¿Por estar en desempleo ni cobrar ayuda alguna tengo que pagar una parte de los medicamentos? Gracias

El DPA responde | Enero 22, 2019

Hola Rocío, la normativa que regula el copago farmacéutico dispone que están exentas de aportación las personas en situación de paro y que han perdido el derecho a percibir el subsidio de desempleo.

Ante la situación que nos planteas, te aconsejamos que te pongas en contacto con la unidad de atención al usuario de tu centro de salud o bien con el servicio Salud Responde (955 54 50 60) para que puedan orientarte sobre los pasos a seguir en caso de que se deba corregir el nivel de aportación que tienes asignado, dado que es el Instituto Nacional de la Seguridad Social quien comunica a las administraciones sanitarias competentes el dato relativo al nivel de aportación que corresponde a cada usuario.Esperamos que la información te sea útil. Un saludo.

Juan (no verificado) | Diciembre 28, 2018

Mis vecinos son un matrimonio con dos hijos. El marido tiene unas rentas muy bajas, la mujer tiene una pensión por una incapacidad laboral (800 euros), un hijo con una discapacidad del 100% y otro estudiante. El chico discapacitado tiene una dependencia de Grado III, nivel 2 con prestación económica para su madre como cuidadora de 367 euros y además tiene una prestación económica por hijo a cargo, del INSS, de 556 euros.
Me comentan que su hijo tiene mucho gasto en farmacia lo que le asfixia su economía y que no saben que pueden hacer para que tenga sus medicamentos y otros productos de farmacia de forma gratuita.

El DPA responde | Enero 3, 2019

Hola Juan, desgraciadamente, la situación es así. Sólo estan exentos de aportación los pensionistas no contributivos y las personas que hayan agotado un subsidio de desempleo. Las personas con discapacidad sólo estan exentos si tienen reconocida una prestación por la antigua Ley de Integración de Minusvalido. Consciente de esta situación el Defensor del Pueblo Español ha emitido una recomendación al Minesterio de Sanidad con el objeto de que se modique dicha situación.Le enviamos el texto de dicha recomendación:

El Defensor del Pueblo recomienda modificar la Ley del Medicamento para ampliar la protección de los colectivos más vulnerables

Copago farmacéutico

30/11/2017

El Defensor del Pueblo (e.f.), Francisco Fernández Marugán, ha recomendado al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad que promueva la modificación de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos, conocida como Ley del Medicamento, para ampliar la protección de los colectivos vulnerables y garantizar que estas personas puedan acceder a los medicamentos que precisan.

En opinión de la Institución, la rigidez de la normativa que aprobó por vía de urgencia el nuevo modelo de copago farmacéutico, que entró en vigor en julio de 2012, perjudica la situación de muchos pacientes en situación de vulnerabilidad y entraña un riesgo adicional para la garantía de adherencia a los tratamientos médicos en determinadas circunstancias.

Entre las medidas que propone el Defensor del Pueblo destaca la exención del copago, o la aplicación de un porcentaje mínimo, a los pacientes afectados por  enfermedades crónicas y graves (entre otras, enfermedades raras, degenerativas y oncológicas), especialmente cuando se trate de menores de edad.

La Institución también considera necesario eximir del copago a las personas con discapacidad con grado reconocido y a las personas con ingresos económicos de cualquier naturaleza que no superen un umbral mínimo, a determinar en función de los indicadores de riesgo de pobreza.

Además, el Defensor cree insuficientes los actuales tramos de renta (de 0 a 18.000, de 18.001 a 100.000 y de más de 100.000 euros) y por ello pide que se fijen nuevos tramos y porcentajes de copago que se correspondan mejor con los principios constitucionales de progresividad y equidad.

Asimismo, la Institución ha recomendado que se determine con claridad cuál es la Administración competente para resolver las reclamaciones de los ciudadanos en materia de copago farmacéutico y que se pongan en marcha los instrumentos necesarios para que dichas reclamaciones puedan atenderse.

Por último, el Defensor del Pueblo también ha solicitado al Gobierno que elabore un informe que evalúe el impacto que ha tenido la introducción del copago farmacéutico en los objetivos de contención del gasto público y en la calidad de la prestación farmacéutica que ofrece el Sistema Nacional de Salud.

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Un saludo

Melissa (no verificado) | Noviembre 19, 2018

Buenas,
Estoy sin trabajo desde enero por causa de una enfermedad. Se me acabó el paro y luego cobré algo por estar de baja (lo cual no me cubria los gastos de los medicamentos que tenía que comprar) ahora que estoy de alta no tengo derecho a recibir nada (de ningun lado) y mi pregunta es si las medicinas me cuestan unos 60 euros al mes y tengo 0 ingresos como voy a pagar las medicinas por una enfermedad cronica, sin las pastillas podría morirme.
Tambien tengo una discapacidad del 55%

El DPA responde | Noviembre 22, 2018

Hola Melissa, para tener derecho al copago gratuito debe encontrarse en una de estas situaciones: cobrar una no contributiva, una ayuda del tipo de Rentas mínimas, o Renta Activa de Inserción,  o haber agotado un subsidio de desempleo.

Ante la situación que nos plantea, le aconsejamos que  se ponga en contacto con los servicios sociales por si se le pueden tramitar una Renta Mínima o algún tipo de prestación. O bien solicitar una revisión del grado de discapacidad, ya que al tener un 65% podria, si reune otros requisitos , tener derecho a una pensión no contributiva de invalidez. (La revisión del grado de discapacidad, la puede solicitar a partir de los dos años del reconocimiento de grado, o si se produce unas nueves enfermedades) .

Un saludo.

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