Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 14/4645 dirigida a Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, Dirección General de Personas con Discapacidad
23/12/2014
La Dirección General de Personas con Discapacidad comparte nuestro criterio manifestado en esta Queja de Oficio, en el sentido de entender que es plenamente equiparable, a todos los efectos, que los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez y los pensionistas de clases pasivas de jubilación por incapacidad, tendrán un grado de discapacidad de, al menos, el 33%.
Esta institución incoó la presente queja de oficio ante la llegada de bastantes quejas de ciudadanos que habían sido valorados con una incapacidad permanente total por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y manifestaban que deseaban le fuese reconocido el grado del 33% de discapacidad a efectos de poder obtener de una manera sencilla los beneficios fiscales, el acceso a servicios sociales, educativos, vivienda y de empleo que otorga el Real Decreto Legislativo1/2013 sobre el derecho de las personas con discapacidad y su inclusión social. Concretamente nos manifestaban su deseo de obtener la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad, regulada en la Orden de 17/03/2011 de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.
Al entender que a raíz de la publicación del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de Diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, no debería de darse esta discrepancia, solicitamos informe a la Dirección General de Personas con Discapacidad, de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, quien en su respuesta nos manifestó que tras la entrada en vigor del Real Decreto Legislativo 1/2013, a los pensionistas de la Seguridad Social que tuviesen reconocida una pensión de Incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases pasivas que tuviesen reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, en Andalucía se les estaba equiparando a un grado de discapacidad del 33%.
Así, dicha Dirección General, con fecha 16 de julio de 2014 emitió unas instrucciones dirigidas a todos los centros de valoración y orientación de Andalucía por la que se establecían criterios para la expedición de los certificados de aptitud laboral para el acceso al empleo público de los pensionistas señalados, compartiendo la citada Dirección General el criterio de esta Defensoría en el sentido de entender que, tras la entrada en vigor del citado Real Decreto 1/2012 es plenamente equiparable, a todos los efectos, los pensionistas de la Seguridad social que tengan reconocida una pensión de IPT, absoluta o gran invalidez y los de clases pasivas, un grado del 33%.
En consecuencia, al encontrarse solucionado el asunto planteado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
360 Comentarios
Hola, me han concedido incapacidad permanente total para mi trabajo habitua, en la resolucion del Inss viene declarada la discapacidad igual o superior del 33%, he acudido a servicios sociales para tramital el certificado de discapacidad pero minimo tardan un año o año y medio y me dicen que hasta entonces no podré optar a la targeta para aparcar en zona minusvalidos...impuesto rodaje...y demas beneficios porque no es un certificado de la Junta. Que hago? Es cierto? Tengo que esperar tanto tiempo?
Y cuando te valoren a lo mismo te pasa como Ami que me dejado e5%del 33que me corresponde por incapacidad total
Hola Ana, has de tener en cuenta que la resolución de incapacidad dictada por el INSS supone, efectivamente, el reconocimiento legal de un grado de discapacidad del 33% como mínimo, pero para obtener la tarjeta de aparcamiento en cuestión es necesario acreditar, además, movilidad reducida o algún otro de los requisitos que establece la normativa aplicable, que deberán comprobarse una vez presentes tu solicitud. Ahora bien, entendemos que puedes presentar la solicitud de la tarjeta de aparcamiento acompañando la resolución del INSS, aunque todavía no tengas la tarjeta acreditativa de discapacidad que tramita la Junta.
Así pues, te aconsejamos que presentes la solicitud de la tarjeta de aparcamiento con la documentación que ya tienes y, si tienes algún problema, nos hagas llegar tu queja para que podamos examinar el caso. Así mismo, te recomendamos que pongas en marcha el procedimiento para obtener la tarjeta acreditativa de la discapacidad por si pudiera corresponderte un grado superior a aquél que establece automáticamente la normativa. Saludos
Hola buenas tardes, tengo la incapacidad permanente total, pero no me ponen el grado que tengo, como puedo hacer para saber-lo? Gracias
Hola Eva, la incapacidad permenente total supone en la práctica el reconocimiento de un 33% de discapacidad. Para ello, te recomendamos que acudas al centro base, para que te revisen de nuevo. Acutalmente ya a todas las personas que tienen un grado de total la asimilan al menos al 33%. Si el grado es mayor te darán el que realmente tengas. Solicita la revisión del grado de discapacidad en el centro base y también puedes solicitar una revisión de la incapacidad en el INSS.
Hola en mis papeles con fecha del 19/2/2014 me dicen q tengo el grado total para la profesión habitual ,,pero en los papeles dl grado d discapacidad me dice q tengo el 19% quisiera saber el real grado d discapacidad q tengo y q debo hacer ya q q en tres años e empeorado muchísimo,,gracias d antemano
Hola Ana Belén, la incapacidad permenente total supone en la práctica el reconocimiento de un 33% de discapacidad. Para ello, te recomendamos que acudas al centro base, para que te revisen de nuevo. Acutalmente ya a todas las personas que tienen un grado de total la asimilan al menos al 33%. Si el grado es mayor te darán el que realmente tengas. Solicita la revisión del grado de discapacidad en el centro base y también puedes solicitar una revisión de la incapacidad en el INSS.
He solicitado el grado de discapacidad que sólo por mi hipoacusia severa binaural ya me dan un 31%, si saco el 33% tendré derecho a una incapacidad permanente parcial? yo quiero trabajar pero tengo varias cosas y estoy limitada.
Gracias.
Eva, son dos cosas diferentes. La discapacidad valora la situación personal con respecto a los actos de la vida en general, mientras que la incapacidad es en relación al trabajo que uno está desarrollando. Así, la incapacidad permanente total es aquélla que imposibilita para realizar las actividades de la profesión habitual; la incapacidad permanente absoluta es aquélla que no permite realizar ningún tipo de profesión u oficio; y la incapacidad permanente parcial es aquélla en que, pudiéndose realizar las labores habituales propias de la profesión, supone sin embargo un menoscabo importante en su realización. Esta valoración la realiza el equipo de valoración de incapacidades del INSS y varía en función del tipo de trabajo que se desarrolle, así que tendrás que acudir al INSS para solicitar la prestación que te corresponda, sin importar que tengas o no el grado de discapacidad del 33%.
Buenas noches mi marido tiene reconocida la incapacidad parcial permanente, y un grado de minusvalía del 17% . Se le concede a el también el 33%
Encarni, solo se reconoce el 33% de discapacidad a las personas que tienen reconocida una incapacidad permanente total o absoluta. No obstante, te recomendamos que, si ha habido algún agravamiento de la situación, solicitéis la revisión de grado de discapacidad. Saludos
hola tengo reconocida una minusvalía definitiva del 39 por cien desde hace 20 años si pido una revisión me pueden rebajar al grado que tengo ahora tengo 59 años gracias
Estimado Victor, la causa por la que te la puedan rebajar es que se haya producido una mejoria en tu situación y en este caso si podria ser rebajado, aunque normalmente lo que ocurre es que las lesiones se ven agravadas o surgen otras nuevas.
Mi novio lo llamaron para valorarlo por incapacidad permanente, pero le han llamado y le han pedido mi nómina. No entiendo por qué, puesto que no estamos casados, ni pareja de hecho sólo estoy empadronada, y mi hija de 12 años.
M. Gracias
En las pensiones del INSS no influiría la nómina de la pareja "sin papeles", y tampoco se piden nóminas salvo cosa rara. Quizá se trate de una pensión no contributiva.
Estimada Claudia. el hecho de pedirte los datos seguramente ´será por si tuviese derecho a complementos a minimos que en caso de conyuge a cargo son mayores. Si no se contesta no van a poner dicho complemento o incluso en su caso que diga que es soltero y no pediran los datos. Un saludo.
Buenas tardes,
Tengo una incapacidad reconocidad del 33%, tengo 41 años y nunca he cotizado antes. Vivo con mis padres, mi madre con un 60% de incapacidad, a quien le han concedido una prestación tanto por edad como por la minusvalía. Hoy mi padre ha ido a hacer la declaración de la renta y le han dicho que yo también tendría derecho a una paga. ¿Es cierto? Y si es así, ¿Qué tendría que hacer?
Muchas gracias.
Maria José para poder tener derecho a una prestación por discapacidad, entre otros requisitos debes de tener un grado de discapacidad reconocido del 65%, por ello seria conveniente si hace tiempo que tienes ese grado reconocido que vayas al Centro de Orientación y Valoración para que revisen el grado.
Con un 33% si puedes tener derecho a bonificaciones y los empresarios también tienen derecho a bonificación en contratación. Te ponemos un enlace por si puedes investigar un poco más en el tema: http://www.juntadeandalucia.es/temas/familias-igualdad/discapacidad/aten...
Hola a mi me dieron el0porciento siendo pensionista el grado total el0 patatero ninguneando el certificado de la ss y el real decreto que reconocia la equivalencia de los pensionistas que con el grado de total ya el estado le reconocia al menos un 33 ...mi pregunta porque hay que llegar al defensor del pueblo para un tema que hasta mi hija de 8 años lo entiende? Me respondo yo solo no saben ni donde estan de pie y te fastidian o lo mismo se pasaban el real decreto por el arco aun siendo un real decreto promovido por el gobierno de zapAtero why? Una de dos o no saben o lo hacen con mala fe te joden y despues pataleo yo simplemente me parti de la risa ni los que trabajan alli tienen el
0 digo uf el 0 sera un error pues no el 0 adios
Hola buenas tardes, tengo una incapacidad permanente absoluta desde hace 5 años con incapacidad del 33%mi estado civil es soltera aunque vivo con mi pareja, mi pregunta es si me caso y dado que mi pareja tiene empleo me baja la cuantía de la pensión? Actualmente cobro 639,40 euros. Gracias
La pensión de incapacidad permanente absoluta es el 100% de la baser reguladora, que se puede complementar con mínimos dependiendo si la cuantí es inferior a la minima fijada por el gobierno.
Las cuantias minimas estan en la siguiente cuantía: e n modalidad con cónyuge a cargo, 788,90 euros. Sin cónyuge, 639,30 euros. Con cónyuge no a cargo 606,6 euros. En caso que la suya sea sin conyuge a cargo es posible que se modifie a con conyuge no a cargo o con conyuge a cargo, dependiendo de los ingresos que tenga su pareja.
Puede informarse mejor en la Oficina del Institutot Nacional de la Seguridad Social.
Saludos
Trampas pan para hoy hambre para mañana no me caso pierdo pero si se muere quiero la viuded .....yo vivia con el hayy empadronalo en una farola tu pension no varia en ese caso solo si tienes mas de 55 años que es cuando te suben el 25porciento si no trabajas no se si influye los demas ingresos en la unidad familiar hoy la cosa es a la larga hoy esto no me combiene no lo hago luego no quieras los beneficiones que obtienen otros pero siempre te queda estrasburgo
Hola buenas tardes ,mi padre desde hace más de 10 años tiene un 83% de minusválida,ha empeorado muchísimo en todos estos años,han ido hacer la revisión para el certificado de dependencia,y no solo se lo han negado es que le han puesto una minusvália del 32% es increíble mi padre solo le funciona una parte de su corazón y un 22%,tiene un solo riñón le funciona un 33%,tiene diabetes ,tiene depresión... ,no sabemos qué hacer
Estimada Ana, creo que deberías presentar una reclamación en plazo que te han dado que normalmente es un mes. Si ya te ha pasado puedes presentar una nueva solicitud, . También puedes enviarnos un escrito de queja aportando toda la documentación que poseas (escrito de queja al Defensor). Gracias y un saludo
Buenas tardes mi pregunta es la siguiente le han concedido a mi madre una y una invalidez del 33% quería saber a que se acoge después de esta valoración y si mi madre con 63 años puede seguir trabajando tras la invalidez reconocida. Gracias.