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Negligencia médica

Sábado, 16 Febrero, 2013

Desearía obtener alguna información sobre qué acciones se podrían iniciar por una posible negligencia médica.

Atendiendo a su petición de información, nos permitimos indicarle que existen varias acciones que se pueden iniciar.

En primer lugar: formular queja por deficiencias o defectuoso servicio ante el Servicio de Atención al Usuario del Centro Sanitario o en el libro de sugerencias y reclamaciones de la Junta de Andalucía. Acogiéndose al Decreto 204/95, de 29 de agosto medidas organizativas para los Servicios de Atención Directa a los Ciudadanos, pueden formular queja por deficiencias o defectuoso servicio ante el Servicio de Atención al Usuario del Centro Sanitario correspondiente, rellenando la hoja de reclamaciones que se le facilitará en el centro en cuestión, y que tiene el tratamiento y los efectos de cualquier reclamación como persona consumidora y usuaria de un servicio público. De todas formas, en el servicio Salud Responde le podrán facilitar toda la información que necesite. De todas formas le indicámos un enlace donde le informan del procedimiento de reclamación y podrá escribir en internet en el libro de sugerencias y reclamaciones de la Junta de Andalucía.

En segundo lugar: Si este hecho le ha ocasionado daños o perjuicios que se puedan evaluar económicamente, puede exigir indemnización. En aplicación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, artículos 139 y siguientes, en el supuesto de que ese servicio prestado haya ocasionado daños o perjuicios que se puedan evaluar económicamente, puede exigir indemnización, en virtud de la responsabilidad patrimonial que las Administraciones Públicas tienen a consecuencia de su funcionamiento normal o anormal, mediante escrito dirigido a los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud, sito en Avda. de la Constitución, 18. 41001 Sevilla. Teléfono 955 01 80 00, informándole al efecto que el modo de plantear la reclamación se contienen en el Real Decreto 429/1993, de 26 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de las Administraciones públicas en materia de responsabilidad patrimonial (BOE 106 de 4 de Mayo de 1993).

Finalmente: puede acudir a la justicia. Si su pretensión se dirige a obtener una resolución condenatoria por la comisión de un delito de negligencia médica, nos encontraríamos dentro del ámbito de la jurisdicción penal, en la que el juzgador valoraría la comisión de delito, la existencia de dolo, su punibilidad, etc. En consecuencia, puede usted ejercer la acción penal y, en su caso, la acción civil para la reparación del daño causado, todo ello a través de los cauces previstos en las Leyes de Enjuiciamiento Criminal y Civil, respectivamente, para lo que, en cualquier caso le aconsejamos que se asesore de un abogado o abogada en ejercicio.

Indicándole que puede acceder a toda esta legislación mencionada bien solicitándolo en cualquier biblioteca pública o a través de internet en la siguiente dirección: www.060.es y le recordamos que, en caso de tener dificultades económicas para contratar los servicios de estos profesionales, puede consultar sobre la posibilidad de que le sea nombrado de oficio. Al desconocer su lugar de residencia no podemos indicarle el Servicio de Orientación Jurídica de su provincia donde sería atendido, pero puede consultarlo en la página que le enlazamos.

 

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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114 Comentarios

El DPA responde | Abril 1, 2022

Hola Noemí,

En primer lugar lamentamos profundamente que no se encuentra bien de salud y queremos, especialmente, trasladarle nuestro ánimo y pronta recuperación.

Debe entender que esta Institución no tiene medios personales ni materiales para valorar el tratamiento, diagnóstico, ni decisiones propuestas por profesionales médicos. En el caso de que considere que la atención médica no ha sido la adecuada, puede presentar una hoja de reclamación en el centro hospitalario, o en el centro de salud que le corresponda, motivando los hechos por los que considera que esa atención médica no ha sido la adecuada.

Si finalmente decide dirigirse a un órgano de la administración pública (al centro hospitalario, al centro de salud, al SAS o a la Consejería de Salud y Familias) y no recibe respuesta transcurrido un plazo prudencial (la Ley de Procedimiento Administrativo establece el plazo general de tres meses) o, en caso de recibirla, está disconforme con su contenido, puede, si lo desea, ponerse de nuevo en contacto con esta Institución para que podamos estudiar nuestras posibilidades de actuación.Para ello deberá remitirnos una comunicación exponiendo los hechos que motivan la queja y las actuaciones que haya realizado previamente sobre el asunto. Le rogamos que adjunte copia de toda aquella documentación que considere relevante para analizar el problema. También puede contactar con nuestros/as asesores/as de la Oficina de Atención a la Ciudadanía en el 954212121

Saludos

Nazaret (no verificado) | Marzo 7, 2022

Puse una reclamación a un hospital vía online, y han pasado 15 días y no han contestado. ¿Cuánto tiempo tardan en contestar?. Que tengo que hacer si no contestan en el plazo adecuado.

Jose (no verificado) | Febrero 18, 2022

Acudí a urgencias 3 veces y dos a mi médica de cabecera con un diagnóstico erróneo de orquitis con ttmo de antibiótico sin ni siquiera verme el testiculo ni mandarme ningún tipo de prueba hasta 3 días después mandándome una analítica fe
Sangre por según ella sospechas de ETS cuando yo explícitamente se lo negué que esa pudiera ser la causa. Finalmente tras 7 días de dolor intenso en el testiculo se me diagnostica torsión testicular con el final de la extirpación del testiculo. Que consecuencias podría tener esta acción ya que es un mal diagnóstico desde el minuto 0

El DPA responde | Febrero 25, 2022

Hola Jose,

En primer lugar queremos, especialmente, trasladarle nuestro ánimo en su recuperación y deseo de que se encuentre lo mejor posible.

Debe entender que esta Institución no tiene medios personales ni materiales para valorar el tratamiento, diagnóstico, ni decisiones propuestas por profesionales médicos. En el caso de que considere que la atención médica no ha sido la adecuada, puede presentar una hoja de reclamación en el centro hospitalario, o en el centro de salud que le corresponda, motivando los hechos por los que considera que esa atención médica no ha sido la adecuada.

Por último, si considera que ha podido existir falta de diligencia en la actuación de la Administración Sanitaria, podría iniciar un expediente de responsabilidad patrimonial ante el Servicio Andaluz de Salud (SAS); en el que debe poder probar la existencia de un daño o lesión efectivo y, fundamentalmente, una relación de causalidad directa entre aquel y una acción u omisión administrativa. En la siguiente página de la Junta de Andalucía puede usted ampliar la información sobre responsabilidad patrimonial: pinche aquí.

Si finalmente decide dirigirse a un órgano de la administración pública (al centro hospitalario, al centro de salud, al SAS o a la Consejería de Salud y Familias) y no recibe respuesta transcurrido un plazo prudencial (la Ley de Procedimiento Administrativo establece el plazo general de tres meses) o, en caso de recibirla, está disconforme con su contenido, puede, si lo desea, ponerse de nuevo en contacto con esta Institución para que podamos estudiar nuestras posibilidades de actuación.

Saludos

Anónimo (no verificado) | Enero 25, 2022

Buenas tengo una flebitis que un principio era trombo después de estar ingresado , tengo más de 6 bultos desde la muñeca hasta el bíceps , estuve ingresado en septiembre mi médico no me ha mandado nada para la inflamación , bueno si hielo el caso es que hoy me ha dado el alta y me ha dicho que eso con movimiento se va , me mandaron una eco hace 2 meses y salió como tromboflebitis, me la repitieron hace un mes y solo aparece como flebitis el caso es que he perdido 3 trabajos en estos 4 meses por esto y ahora me dice que ya estoy para trabajar cuando los bultos son notables y lo que es peor no me ha dado ningún tratamiento

irene gonzalez angel (no verificado) | Abril 21, 2022

Busca una segunda opinión.

El DPA responde | Febrero 1, 2022

Hola Anónimo,

No nos queda claro en su consulta si el alta médica ha sido por decisión de la Inspección Médica del INSS o de mutua o por iniciativa del médico o médica de atención primaria.

Si es por decisión de la Inspección Médica de la Seguridad Social o de la mutua, debes presentar escrito oponiéndote a ese alta en el plazo de 4 días desde que se te comunicó el alta.

Si es del médico o médica de atención primaria, te recomendamos que presentes escrito mostrando tu disconformidad en el centro de salud.

De todas formas todo lo que tiene que ver con la Incapacidad temporal es competencia del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Al cual puedes contactar a traves de su telefono  901 16 65 65 y 915 42 11 76 en horario ininterrumpido 9 a 20 h de lunes a viernes, no festivos.

Si tienes alguna duda, nuestro telefono es 954212121

Saludos,

Miguel Ángel (no verificado) | Enero 18, 2022

Hola me han operado llevo 3 meses que no se los deseo a nadie. Primero se me hincho después me drenaba FUY a urgencias me lo sacaron.me ve un neurocirujano me dice que esta bien me ve otro me dice que está mal uno que hay que sacar el líquido el otro que no si sale un punto 3 meses de amargura. Ahora dicen que me van a volver a operar ya me da miedo¿me opera el mismo neurocirujano o otro?yo ya no puedo más que puedo hacer gracias un saludo

El DPA responde | Enero 19, 2022

Buenos días Miguel Ángel. Sentimos por la situación que está pasando y deseamos una pronta recuperación de su afección. Te invitamos a que nos llames al 954 212121 para que nos detalles tu circunstancia y poder asesorarte. Gracias y un saludo

Rubén (no verificado) | Diciembre 31, 2021

Buenos días,mi pregunta ves la siguiente ,mi esposa se ha llevado más de un año que tenía dolores intensos de barriga ,y cada vez que iba al médico le decían que era estreñimiento,incluso llegamos a ir varias veces al servicio de urgencias hospitalarias y con una analítica normal y una radiografía le decían lo mismo que era estreñimiento,en marzo fui a otro hospital y ahí decían que era cosa de hemorroides y hernia de hiato,sin hacerle ninguna prueba ,porque decía que no pertenecía aa dicho hospital,a los 15 días de esté hecho, me presento en el hospital correspondiente con la intención bde no salir hasta que tenga un diagnóstico, después de una perdida de más 17 kilos de peso,y la dejan ingresada y tras una simple colonoscopia y analítica con marcadores tumorales,le diagnostican cáncer de colon y mestastasis en el hígado,que se le ha cogido muy tarde,y llevaba más de un año de consulta y nadie le dio por hacer una colonoscopia y un simple análisis con marcadores tumorales,si se lo hubieran hecho la primera o segunda vez ,ahora estaríamos hablando de otra cosa,quiero saber si puedo denunciar por mala praxis o por lo que sea ,y que no vuelva a ocurrir a otras personas

El DPA responde | Enero 11, 2022

Hola Rubén,

Si la supuesta negligencia médica se produjo en un centro hospitalario dentro del sistema de salud pública, el artículo 32 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece el principio general de la responsabilidad de las Administraciones por las lesiones que los particulares sufran en sus bienes y derechos a consecuencia de su actuación, con el consiguiente derecho a ser indemnizado por ellas, salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico que soportar de acuerdo con la ley.

La exigencia de la correspondiente responsabilidad pasa por la iniciación de un procedimiento de responsabilidad patrimonial pública, que, según establece el artículo 67 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común en las Administraciones Públicas, debe realizarse por escrito en el que se hagan constar los hechos y las lesiones producidas, la relación de causalidad entre aquéllas y la actuación sanitaria dispensada y la cantidad en la que cifre la reparación. El escrito lo debe dirigir al Servicio Andaluz de Salud (cuya dirección postal es Avda. de la Constitución, 18, 41071 – Sevilla), aunque a través de la plataforma Presentación Electrónica General de la Junta de Andalucía puede trasladar al mismo su escrito de forma telemática.

Para promover dicho procedimiento dispone de un plazo de un año a contar desde la fecha en que se produjeron los hechos.

Si decide iniciar este procedimiento de responsabilidad patrimonial y transcurrido el plazo de seis meses no recibe respuesta (es el plazo que establece la ley para que la administración sanitaria responda al escrito de responsabilidad patrimonial), o está disconforme con la que reciba, puede dirigirnos una comunicación con objeto de que estudiemos su caso e indicarle la forma en que podemos ayudarle.

Saludos,

Anónimo (no verificado) | Diciembre 5, 2021

Buenas tardes tengo un pequeño problema con un bebé de 10 meses me recetan 5 latas al mes y no y no tengo suficiente para lo que come el niño se lo digo al pediatra y me dice que no puede hacer nada entonces me dirijo a esta página a ver si se puede solucionar el problema gracias

El DPA responde | Diciembre 7, 2021

Hola Anónimo,

Con los datos que nos facilitas en tu consulta no podemos responderte adecuadamente. Te recomendamos que te pongas en contacto con esta Institución en el teléfono 954 21 21 21 o a través de las vías de contacto que figuran en nuestra página web: https://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic

Si decides remitirnos una comunicación, te sugerimos que nos remitas toda la documentación que tengas sobre esta cuestión y un escrito en el que figure tu firma.

Saludos,

Alba (no verificado) | Noviembre 18, 2021

Buenas tardes, quería hacer una consulta.
Un familiar ha sido trasplantado de hígado hace pocas semanas. Ahora, tras la revisión de análisis y demás pruebas se han percatado de que el donante padeció hepatitis. Ahora debe tomar medicación de por vida y convivir con las complicaciones derivadas de este proceso. ¿Puede hacerse algo al respecto?

El DPA responde | Noviembre 21, 2021

Hola Alba,

Si el trasplante se realizó en un centro hospitalario dentro del sistema de salud pública, el artículo 32 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece el principio general de la responsabilidad de las Administraciones por las lesiones que los particulares sufran en sus bienes y derechos a consecuencia de su actuación, con el consiguiente derecho a ser indemnizado por ellas, salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico que soportar de acuerdo con la ley.

La exigencia de la correspondiente responsabilidad pasa por la iniciación de un procedimiento de responsabilidad patrimonial pública, que, según establece el artículo 67 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común en las Administraciones Públicas, debe realizarse por escrito en el que se hagan constar los hechos y las lesiones producidas, la relación de causalidad entre éstas y la actuación sanitaria dispensada y la cantidad en la que cifre la reparación. Si la intervención se produjo en Andalucía, el escrito debe dirigirse al Servicio Andaluz de Salud, cuya dirección postal es Avda. de la Constitución, 18, 41071 – Sevilla. A través de la plataforma Presentación Electrónica General de la Junta de Andalucía puede trasladar al mismo su escrito de forma telemática.

Para el caso de que la actuación médica no haya sido a través del sistema público de salud, debe hacerse en vía judicial al tratarse de una relación privada entre las partes.

francisco vadil... (no verificado) | Noviembre 15, 2021

Tengo 72 años después de 5 meses de espera del oftalmólogo me ha diagnosticado DMAE estoy perdiendo la vista después de 5 meses y solo me ha mandado un colirio que debo hacer

El DPA responde | Noviembre 16, 2021

Buenos días Francisco. No tenemos capacidad para valorar la asistencia médica recibida. Si no le parece apropiado el tratamiento recetado por el médico, tienes derecho a pedir una segunda opinión médica en este enlace (segunda opinión médica) te informan sobre este derecho. Si consideras que se ha podido producir una negligencia médica, en esta misma página donde nos encontramos te explicamos el proedimiento a seguir. Gracias y esperamos que te mejores de tu afección. Un saludo

Rosa maria (no verificado) | Septiembre 17, 2021

Desde el 7 de julio he tenido mas de cuatro citas con mi medica y no me han llamado cuando tenia qye recojer unos resultados bastantes urgentes. Hoy dua 17 de septiembre otra cita telefonica y nada asi que mebeo obligada a desir que quiero denunciar el trato que medan y llebarlo alos medios de comunicacion. Tengo pruebas que no man echo ni una sola llamada no que es su palabra contra la del paciente el centro es las letanias inmaculada vieira doctora rosa lopez atentamete risa maria

antonio (no verificado) | Septiembre 29, 2020

Buenos días
Mi mujer falleció el día 4 de agosto de este año, en el hospital universitario virgen macarena según informe por una insuficiencia respiratoria
Todo ello viene por causa de un cáncer en el cuello del útero ((que derivo en metástasis) y el cual tambien le producia extreñimiento ya que presionaba el cólon ademas de bastante sangrado) que fue diagnosticado a principio de este año
El oncólogo que la estuvo tratando hasta julio hizo todo lo que pudo , e incluso hubo bastante mejoría
En julio en una de las consultas que tuvimos con el oncólogo le hice referencia que yo había observado que el lado izquierdo se le estaba paralizando ,nos mando a urgencia para hacerle un tac en la cabeza , y se le detecto que la metástasis había seguido su curso hacia el cerebro y le había producido un tumor en la cabeza
La dejaron ingresada 4 dias , y le dieron el alta con fecha de volver para empezar tratamiento de radioterapia en 15 dias
1 dia antes de la consulta progamada para empezar radioterapia tuve que volver a llevarla de urgencias ya que estaba peor, no se mantenia de pie, el brazo izquierdo no lo movia , y la comida que se metia en la boca se le caia
Debido a su historial, le volvieron a realizar de urgencia otro tac y ya le diagnosticaron que el tumor le habia producido un derrame, por locual al dia siguiente fallecio.
Pero todo esto viene a que mi mujer durante dos años aproximadamente , estuvo llendo a su medico de cabecera, comentandole lo del sangrado continuo que tenia ( ella ya estaba con la menopausia), lo del extreñimiento y los dolores abdominales
El medico de cabecera tan solo se dedicaba a mandarle tiras de orinas , progamar una cistologia, (prueba que no se pudo realizar ya que sangraba todo los meses con abundancia) y recetarle antibioticos he incluso cosas para los gases si veia algo anormal
La cosa continuo, e incluso ella le pregunto al medico de cabecera sino iba a tener algo malo a lo que este señor le contesto con las siguientes palabras " a lo malo que tu te refieres no se manifiesta de esa forma"
Pues el 25 de diciembre del 2019, viendo ya los dolres tan agudo que tenia mi mujer, que no comia nada, la perdida de peso tan grande que habia tenido durante este tiempo (cerca de 40 kilos) y su deterioro fisico y mental (ya que estab totalmente apatica) decidi llevarla de urgencias y no moverme de alli hasta que le hicieran todas las pruebas necesarias. La dejaron ingresada y ya en enero 2020 empezaron hacerle pruebas y sobre las fechas de reyes nos dieron el regalito de que tenia cancer en el cuello del utero con metastasis
He solicitado abogado de oficio (ya que no dispongo economicamente de dinero pra pagar uno, estoy en paro y solo cobro 430€), y el colegio de abogado me piden
- autonomo modelo 036 y 130 y 300 o 131 y 310 que consulte con mi gestor
- que indique para que asunto necesito abogado ( ya lo puse en la olicitud)
Y sis es contra el SAS o un profesional del SAS debo presentar la reclamacion administrativa previa al procedimiento judicial
me dan un plazo de 10 dias recibi la carta el viernes dia 25, y esta fechada con dia 22 de septiembre
Etoy perdido no se que hacer ni a quien dirigirme.
Necesito ayuda

luz dary (no verificado) | Abril 15, 2021

Sr Antonio lo siento mucho, no hay palabras para describir lo que ha pasado yo estoy en las mismas, con mucho síntomas de los que padecía su amada esposa y nada q me hacen caso, espero que mis palabras le consuelen de algo en Isaías 33: 24 no a dicen que ningún habitante dirá estoy enfermo y se cumplirá, porque Dios puede hacer todo posible menos mentir, todo tendrá solución. Cuídese mucho usted y mucha fortaleza.

El DPA responde | Septiembre 29, 2020

Buenas tardes Antonio. En primer lugar, mandarle nuestro pésame por el fallecimiento de su mujer. Con respecto a lo que nos trasladas, te invitamos a que nos llames al 954 212121 y nos expongas con más detalle tu consulta para poder asesorarte en lo que podamos. Gracias y esperamos poder ayudarte. Un saludo

Pili (no verificado) | Septiembre 21, 2020

Buenos dias tengo un bebe de 2 años cuando estaba embarazada me dijeron que era una niña hasta y todo bien yo iba todos los meses a hacerme ecografías porque iba por alto riesgo y aparte fui varias veces a una clínica privada a hacerme alguna ecografía en unas de las revisiones creo q fue en la de la semana 22 me dijo que el bebe podía venir con un síndrome la ginecóloga me dijo que había dos manera de saber si el bebe venia bien una era haciéndome una miosentecis o la que prueba que es de pago que te cuesta casi 500 euros que te sacan sangre y te dicen hasta el sexo del bebe yo fui por lo privado me hice la prueba y me dijeron que estaba todo bien y que era una niña hasta y todo bien el problema empezó cuando el embarazo iba avanzando y empezaron a decirme que el bebe tenia una hiperplasia suprarrenal congénita me dijeron que no me preocupara que los bebes niñas cuando están en la barriga era normal que se len infamara sus partes intimas que eso llevando un control llego el dia del parto a las 36 semana que me provocaron el parto y hay llego mi sorpresa después de hacerme la cesárea me meten en una sala aparte y entra mi pareja llorando con la pediatra y me dicen que no es una niña y que no saben si es niña o niño y se lo llevan a la incubadora para hacerle pruebas y aparte xq el pulmoncito no lo tenia formado del todo y me lo ponen en la incubadora sin nombre a mi en ese momento se me cayo el mundo encima hay no queda la cosa puesto que mi angustia sigue después de todo lo pasado Me dicen que es un niño que tiene una hipospadia severa y descenso testicular el urólogo lo ve y me dice que antes del año en niño tiene que intervenirlo para poder solucionar el problema ya que son varias intervenciones y que el niño para los 3 años ya tenia que estar con todas o casi todas las intervenciones echas el problema es que tiene ya 2 años y todavía no le han echo nada y mi hijo se queja ya de sus partes e ido varias veces a reclamar pero nadie me hace caso ya nose que mas hacer ni donde acudir espero que me podáis ayudar gracias

El DPA responde | Septiembre 21, 2020

Hola Pilar. Entendemos que estás sufriendo dilación en la intervención quirúrgica que necesita tu hijo. Te invitamos a que nos llames al 954 212121 o nos traslades un escrito de queja detallándonos el problema y adjuntando la documentación que sea de interés para intentar impulsar la intervención de tu hijo. Si así lo decides, en este enlace a nuestra web te informamos de las vías y forma de trasladarnos el escrito de queja (El Defensor en un clic). IMPORTANTE, el escrito de queja tiene que estar debidamente firmado. Gracias y esperamos poder ayudarte a ti y a tu hijo. Un saludo

Mila Fernandez (no verificado) | Diciembre 17, 2019

Mi padre murió hace 2 años y a un estoy esperando la resolución osea lo operaron de una hernia en la cumluna y lo dejaron totalmente inmóvil no podía ni mover ni una mano lo dejaron como un vegetal y encima el medico cuando realizo la operación ni siquiera salió a comunicar como fue la operación de mi padre osea un sinvergüenza le dio un 70 por ciento de mejoria y el resultado fue que lo dejó en estado vegetal y murió en una cama de hospital realmente fue muy triste y con mucho sufrimiento fue lo que le pasó a mi padre y estoy ahora esperando la resolución y no me la Dan aún y ya hace 2 años de esto que se puede hacer para que te Laden ya

El DPA responde | Diciembre 20, 2019

Hola Mila, si deseas que estudiemos nuestras posibilidades de intervención, puedes ponerte en contacto con nosotros en el siguiente enlace y cuentanos tu caso con todo detalle 

https://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic-formulario

También lo puedes hacer por fax, correo postal o correo electrónico. De cualquier forma que lo hagas no te olvides poner tus datos personales, dirección postal o electrónica para comunicarnos contigo y firmar el escrito. Si lo haces mediante el enlace que te ponemos o por correo electrónico, no te olvides de adjuntar el mismo texto que escribes con tu firma, en un archivo.  

De todas formas, en nuestra oficina de información -954212121- te pueden ayudar en este proceso.

Ten en cuenta que tenemos que cumplir ciertos formalismos que intentamos que sean los menos posibles y, si intervenimos, que nuestros tiempos necesariamente dependen de los tiempos de respuesta de las Administraciones a las que les solicitamos que nos informe de tu asunto. Esto hace que nuestra actuación se pueda dilatar más de lo que deseamos pero es un mecanismo que en muchas ocasiones resulta positivo.

Un saludo.

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