La Ley establece que la responsabilidad por las infracciones recaerá directamente en el autor de los hechos, precisando que si éste fuera menor de 18 responderán solidariamente con él sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, por este orden, en razón del incumplimiento del deber de prevenir la infracción administrativa que se impute a los menores.
En consecuencia, la sanción impuesta habrá de ser notificada al autor de la conducta infractora -en este caso menor de edad- a fin de que pueda ejercer su legítimo derecho a la defensa y, en su caso, responder con su patrimonio de la sanción pecuniaria que le hubiera sido impuesta.
En el supuesto de que se exigiera responsabilidad solidaria a los padres en razón del deber de prevención respecto de su hijo, la Administración deberá notificarles dicha resolución con todas las garantías impuestas por las normas de procedimiento administrativo, a fin de que también pudieran ejercer su derecho de defensa en torno al cumplimiento del mencionado deber de prevención.
253 Comentarios
Hola José Ángel
Teniendo en cuenta el texto de tu consulta, entendemos que la práctica de la notificación debe realizarse de acuerdo con lo establecido en el artículo 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si consideras que no se ha realizado adecuadamente la notificación del órgano administrativo al menor y a sus padres, puedes dirigirte a la Defensoría de la Infancia y de la Adolescencia de Andalucía para que valoremos la posible actuación en este caso. Para ello, debes remitirnos un escrito y la documentación adjunta por correo postal, fax, correo electrónico, a través de nuestra página web o de la sede electrónica si tienes firma digital (enlace). Si no dispones de firma o certificado digital y utilizas el correo electrónico o la página web para el envío, recuerda adjuntar un archivo con el mismo texto que escribas pero firmado (ello nos permitirá agilizar la tramitación).
Saludos,
Ya qué pasa con los menores de 14 años? estos están exentos de toda responsabilidad administrativa, por lo tanto no se les sanciona. Se le puede exigir responsabilidad solidaria a los padres? Yo creo que no, por qur los hijos no han llegado a ser sancionados
Hola soy menor de edad estaba con mi novia que también es menos de edad y nos dirigiamos a zona 6 del ferrocarril y nos multaron por no tener el ticket de metro yo explique qué era primera vez que me dirigía a ese lugar y tiré el ticket a la basura pero igual me multaron q podría hacer en este caso?
Hola David,
Por los datos que nos facilitas en tu pregunta los hechos ocurrieron en una ciudad que no pertenece al territorio de Andalucía. El Metro sólo está implantado en las ciudades de Granada, Málaga y Sevilla y en ninguna de ellas existe la zona tarifaria 6 de ferrocarril. Por tanto, la información que te ofrecemos es sólo a título informativo sin conocer el sistema sancionador del metro en tu ciudad.
La legislación establece que la responsabilidad por las infracciones recaerá directamente en el autor de los hechos, precisando que si éste fuera menor de 18 años responderán solidariamente con él sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho por este orden, en razón del incumplimiento del deber de prevenir la infracción administrativa que se impute a los menores.
Si te han notificado la sanción, como autor de la posible conducta infractora, tienes el legítimo derecho a tu defensa arguyendo lo que creas oportuno para ello y proponiendo las pruebas que consideres; cuando la sanción sea firme responderás con tu patrimonio de la sanción pecuniaria que te hubiera sido impuesta. Si no tienes medios económicos para hacer frente a esa posible sanción responderán solidariamente las personas que hemos indicado anteriormente, pero para ello es necesario que se notifique a ellas la sanción.
En todo caso, te recomendamos que utilices los medios legalmente previstos para mostrar tu disconformidad con la posible sanción (por ejemplo, presentación de alegaciones y recursos, ya sean administrativos o judiciales) pero, en ningún caso, se debe dejar sin abonar la sanción debido a las consecuencias legales que tiene este acto.
Saludos,
Hola buenas, mi hija de 15años iba en la parte delantera de la moto de su novio, pero su novio que tiene carnet de conducir era el que iba conduciendo desde la parte trasera y le an puesto una multa a mi hija de 500€ por no llevar carnet conducir, que puedo hacer para poder recurrir. Porque la pareja de agentes de la local, dice que mi hija iba conduciendo y eso es totalmente falso
Hola Bernardo;
En principio, en el documento que debe haber recibido tu hija debe indicar qué trámite cabe para oponerse a la sanción (por ejemplo, pliego de alegaciones o recurso administrativo). Debe indicar todas las circunstancias que considere en su defensa (en su caso, aportando los documentos que lo prueben o proponiendo que se realicen esas pruebas en su defensa) o alegando errores en el acto administrativo (por ejemplo, error en la identificación del vehículo).
En todo caso, como tu hija es menor de edad la legislación establece que la responsabilidad por las infracciones recaerá directamente en el autor de los hechos, precisando que si éste fuera menor de 18 años responderán solidariamente con él sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho por este orden, en razón del incumplimiento del deber de prevenir la infracción administrativa que se impute a los menores.
De todas formas contra la resolución podrá interponer el recurso, que debera acreditar lo que exponga con documentación que posea.
Bernardo a pagar que eso no se lo cree nadie. Si no te la ponen por eso se la ponen por conducción temeraria
Hola soy de Murcia y me ah llegado una multa ,soy menor de edad tengo 17 y mis padres se niegan a pagar la multa
¿Que podría hacer o como podría actuar )
Hola Anónimo:
Ante todo tenemos que empezar diciéndote que el Defensor del Pueblo Andaluz sólo puede intervenir ante actuaciones de la administración autonómica andaluza y de los ayuntamientos andaluces. De ahí que nuestra respuesta sea general, mucho más con los datos que nos facilitas:
La legislación establece que la responsabilidad por las infracciones recaerá directamente en el autor de los hechos, precisando que si éste fuera menor de 18 años responderán solidariamente con él sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho por este orden, en razón del incumplimiento del deber de prevenir la infracción administrativa que se impute a los menores.
Al parecer ya te han notificado la sanción como autor de la posible conducta infractora. Tienes el legítimo derecho a tu defensa arguyendo lo que creas oportuno para ello y proponiendo las pruebas que consideres; cuando la sanción sea firme responderás con tu patrimonio de la sanción pecuniaria que te hubiera sido impuesta. En el caso de que se te imponga sanción podrás presentar recurso correspondiente en caso de no estar de acuerdo con la citada resolución.
Dadas las consecuencias legales que conllevan el impago de multas o sanciones administrativas, el Defensor del Pueblo Andaluz recomienda que, en caso de disconformidad de la misma, se utilicen los medios legalmente previstos para mostrar esa disconformidad (por ejemplo, presentación de alegaciones y recursos, ya sean administrativos o judiciales) pero que, en ningún caso, se dejen de abonar las mismas sin utilizar estos medios. También puedes ver la posibilidad de que la sanción sea de trabajos en beneficio de la comunidad. Para ello ponte en contacto con el órgano que realiza la propuesta.
Saludos,
Hola ,, soy de la rioja y el otro día me encontraron con 3 amigos más en la calle un furgón de la policía, nos pidieron el DNI y nuestra fecha de nacimiento, no nos preguntaron nuestra dirección ni nada. Mi pregunta es nos van a sancionar?
Hola Anónimo,
C0n los datos que nos trasladas no podemos contestar a tu pregunta. En todo caso te llegará escrito en el que se concrete el hecho que motiva la sanción y los medios que tienes para oponerte a esa posible sanción.
Saludos,
Soy menor,tengo 15 años y quiero ir a fuentes de andalucia con 3 amigos en bicicleta,se puede hacer eso?sin que me pidan nada
Buenos días. Según el "Decreto del Presidente 3/2021, de 15 de enero, por el que se modifica el Decreto del Presidente 2/2021, de 8 de enero, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2", en el Artículo 1, punto 1 establece:
"Uno. Se modifica el artículo 6, que queda redactado como sigue:
«1. La permanencia de grupos de personas en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, queda condicionada a que no se supere el número máximo de cuatro personas, salvo que se trate de convivientes, a excepción de velatorios y entierros."
Por tanto entendemos que puedes realizar el traslado en bicicleta junto a tus tres amigos siempre y cuando no se establezca el nivel de alerta 4, grado 2 en tu municipio de origen. El municipio de Fuentes de Andalucía no tiene restricción perimetral por lo que se puede entrar y salir del municipio, pero no sabemos si esta restricción perimetral la tiene el municipio donde vives ya que no lo especificas en tu consulta. Gracias y un saludo
Hola tengo 18 años pero estudio y no tengo ingresos, si me multan por trasladarme de municipio como pagaría la multa? Que pasaría? Me declararía insolvente?
Hola Flavia,
Ante el impago de una sanción de tráfico y, en general, de cualquier sanción administrativa en periodo voluntario la deuda pasa a lo que se conoce como vía ejecutiva. En la página del Ayuntamiento de Sevilla se explica claramente las consecuencias de no pagar en vía ejecutiva, que pueden llevar al embargo de bienes, pues el procedimiento es el mismo para cualquier órgano administrativo: pincha aquí.
Dadas las consecuencias legales que conllevan el impago de multas o sanciones administrativas, el Defensor del Pueblo Andaluz recomendienda que, en caso de disconformidad de la misma, se utilicen los medios legalmente previstos para mostrar esa disconformidad (por ejemplo, presentación de alegaciones y recursos, ya sean administrativos o judiciales) pero que, en ningún caso, se dejen de abonar las mismas sin utilizar estos medios.
Saludos,
A una amiga de 17 años le pusieron una multa por estar 8 personas en la vía pública cuando el máximo son 6 personas. Antes de hacer nada tiene que esperar a que la multa le llegue por correo para notificar a sus padres, ¿no? Y si no la pagara, ¿qué es lo que sucedería y qué medidas se suelen tomar?
Hola, esta misma pregunta nos la has hecho por otros medios y te contestaremos por correo electrónico.
Tengo un caso igual y me gustaría saber la respuesta.
La Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, establece que la responsabilidad por las infracciones recaerá directamente en el autor de los hechos, precisando que si éste fuera menor de 18 años responderán solidariamente con él sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, por este orden, en razón del incumplimiento del deber de prevenir la infracción administrativa que se impute a los menores.
En el supuesto de que el menor no tuviera dinero para hacer frente a la multa impuesta se exigirá responsabilidad solidaria a los padres en razón del deber de prevención respecto de su hijo.
En este caso, la Administración deberá notificarles dicha resolución con todas las garantías impuestas por las normas de procedimiento administrativo, a fin de que también pudieran ejercer su derecho de defensa en torno al cumplimiento del mencionado deber de prevención.
Nos pillaron con botellas a que nombre llega la carta de la multa
Hola Jonii. La sanción debe llegar a tu nombre aunque si eres menor de edad la responsabilidad recae en tus padres o tutores.
Hola, ayer estaba con mis amigos en un instituto que estaba la puerta abierta, y nos pillaron con varias botellas que llevaban mis amigos, a algunos no los pillaron pero a mi y a otro nos pillaron pero con mascarilla, sin correr de ellos y sin beber, que puede pasar? Estoy muy preocupado
Hola David, en relación a lo que nos planteas puede tratarse de un apercibimiento o de una denuncia. Por ello, debes esperar para ver si le llega una posible notificación relativa a la supuesta multa, tras la cual podrás hacer las alegaciones oportunas conociendo los detalles de la misma y a lo que se atiene. Un saludo
Hola,el otro dia me pusieron una sanción administrativa por drogas,quería saber si la direccion a la que llega la sanción es la del dni muchas gracias
Estimada Marta, en principio la sanción vendrá al domicilio que los agentes que te denunciaron te preguntaron o en su caso en el que figura en tu DNI, De todas formas si quieres te aconsejamos que te acerques al órgano que impuso la sanción (Subdelegación de Gobierno, normalmente) para acceder a tu expediente y modificar si quieres el domicilio de notificación.