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Hay que notificar a los padres las sanciones instruidas a sus hijos menores de edad

Martes, 14 Mayo, 2013

La Ley establece que la responsabilidad por las infracciones recaerá directamente en el autor de los hechos, precisando que si éste fuera menor de 18 responderán solidariamente con él sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, por este orden, en razón del incumplimiento del deber de prevenir la infracción administrativa que se impute a los menores.

En consecuencia, la sanción impuesta habrá de ser notificada al autor de la conducta infractora -en este caso menor de edad- a fin de que pueda ejercer su legítimo derecho a la defensa y, en su caso, responder con su patrimonio de la sanción pecuniaria que le hubiera sido impuesta.

En el supuesto de que se exigiera responsabilidad solidaria a los padres en razón del deber de prevención respecto de su hijo, la Administración deberá notificarles dicha resolución con todas las garantías impuestas por las normas de procedimiento administrativo, a fin de que también pudieran ejercer su derecho de defensa en torno al cumplimiento del mencionado deber de prevención.

Número de Consulta: 
13/2090

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240 Comentarios

El DPA responde | Julio 3, 2020

Buenas tardes. No podemos conocer el tiempo de ejecución de la multa ya que no tenemos acceso al expediente sancionador.Te recomendamos que acudas con tus padres o tutores a la Policía para que puedan facilitaros esta información. Un saludo.

David (no verificado) | Junio 24, 2020

Tengo 16 y estaba en un sitio privado de la comunidad de madrid y la municipal nos paro para identificarnos y llamaron a nuestros padres disque pa ponernos una multa leve , no me dieron nada esa multa llegara?

El DPA responde | Junio 25, 2020

Hola David, te recomendamos que acudas con tus padres a la Policía para que puedan facilitaros esta información. Un saludo.

Gabriel (no verificado) | Mayo 29, 2020

A mi hijo le pusieron una multa y es menor y de momento vive conmigo y está empadronado conmigo, quiero saber si ante este caso me tocaría responder a mi solo ante toda la multa o su madre tiene la obligación de aportar dinero y si no fuera así, la podría denunciar?

Unai (no verificado) | Septiembre 22, 2020

Viendo la LOPSC, entiendo que solo responderian los padres, si hubiese daños.

El DPA responde | Mayo 29, 2020

Hola Gabriel, la Ley establece que la responsabilidad por las infracciones, recaerá directamente en el autor de los hechos, precisando que si éste fuera menor de 18 responderán solidariamente con él sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, por este orden, en razón del incumplimiento del deber de prevenir la infracción administrativa que se impute a los menores. En el caso de que se le imponga sanción podrá presentar recurso correspondiente en caso de no estar de acuerdo con la citada resolución.

Juan (no verificado) | Mayo 19, 2020

Me pillaron en una excavadora en cuarentena y me dijeron k solo notificarian es verdad o es mentira

Felipe (no verificado) | Mayo 21, 2020

Si eres menor y no te llevan en coche a casa, no han seguido el procedimiento, y no pueden multarte

El DPA responde | Mayo 19, 2020

Hola, es posible que hayan iniciado un procedimiento sancionador con la denuncia del agente de la autoridad. La policia pone la denuncia y después es la Delegación del Gobierno la que inicia el procedimiento administrativo para la imposición de la sanción si procede.

Si se le comunica la sanción puede tener la posibilidad de acogerse a un procedimiento abreviado si se acoge al pago voluntario en el plazo de 15 días con un 50% de descuento del importe de la sanción, siempre que no se trate de infracciones muy graves. En ese plazo para pagar voluntariamente la multa se puede formular alegaciones y proponer pruebas. Si se deja transcurrir sin hacer una cosa ni la otra se dicta resolución sancionadora.

Si se formula alegaciones y se proponen medios de prueba, el instructor admitirá las que estime oportuno y formulará propuesta de resolución y dará trámite de alegaciones. Una vez evacuado este trámite, el órgano competente dicta la correspondiente resolución. Frente a dicha resolución dictada por el Delegado del Gobierno, o en quien delegue, cabe interponer recurso de alzada ante el Ministro del Interior en el plazo de un mes.

No obstante para cualquier tema que tenga que ver con este tipo de sanciones les recomendamos que se pongan en contacto con la Subdelegación del Gobierno correspondiente donde le podrán ofrecer más información o en el telefono 060 de laAdministración Central del Estado.

Un saludo

Miguel Fernandez (no verificado) | Mayo 13, 2020

Hace unos días una persona denunció a mi hijo menor, por estar sentado en un banco con tres amigos, sin guardar la distancia de seguridad. Quisiera saber si, al ser menor, la policía no esta obligada a comunicarlo a los padres, ademas de iniciar los trámites sancionadores.

El DPA responde | Mayo 15, 2020

Hola Miguel, la sanción se le notificaría a su hijo a fin de que pudiera ejercer su legítimo derecho a la defensa y, en su caso, responder con su patrimonio de la sanción pecuniaria que le hubiera sido impuesta. En el supuesto de que se les exigiera como padres responsabilidad solidaria en razón del deber de prevención respecto de su hijo, la Administración deberá notificarles dicha resolución con todas las garantías impuestas por las normas de procedimiento administrativo, a fin de que también pudieran ejercer su derecho de defensa en torno al cumplimiento del mencionado deber de prevención.

Coke (no verificado) | Mayo 24, 2020

HOLA m an pillado con 5€ d marihuana pero no firme nada ni fueron a decirselo amis padres me pondran multan?

anónimo (no verificado) | Junio 30, 2020

a mi me paso lo mismo y me llego la multa 1 año después, me dijeron que NO me iban a multar, no me llevaron a casa ni firme nada ni nada y si llego.

El DPA responde | Mayo 25, 2020

Hola Coke, la Ley 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana regula esta sanción en el art. 36.16, tipifica como infracción grave “el consumo o la tenencia ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares, vías, establecimientos públicos o transportes colectivos, así como el abandono de los instrumentos u otros efectos empleados para ello en los citados lugares.”

 
La Ley establece que la responsabilidad por las infracciones, recaerá directamente en el autor de los hechos, precisando que si éste fuera menor de 18 responderán solidariamente con él sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, por este orden, en razón del incumplimiento del deber de prevenir
la infracción administrativa que se impute a los menores.
En consecuencia, la sanción impuesta se te notificará como autor de la conducta infractora a fin de que puedas ejercer tu legítimo derecho a la defensa y, en su caso, responder con tu patrimonio de la sanción pecuniaria que te hubiera sido impuesta. En el caso de que se te imponga sanción podrás presentar recurso correspondiente en caso de no estar de acuerdo con la citada resolución.
Un saludo.
lucas (no verificado) | Mayo 2, 2020

hola le cuento mi situcion. tengo un regimen de visita en un convenio regulador que es la recogida de 11 del sabado hasta domingo a las 19.
hoy sabado primer dia en q se fijo q los niños pueden salir de 12 a 19 desoues q lo recogi al niño me dice q no puedo estar con el niño q las 11.30 y le mostre en mi movil las fotos del comvenio y le dije q tenia q retirarlo a la horq q Dice el convenio q sino la mama es mju dura y quizas ni me lo da.
me pidio los datos, pueden multarme igual auque alla mostrado las fotos? podria recurrir con el papel q esta echo mediante un juez seria válido?
gracias

El DPA responde | Mayo 4, 2020
Hola Lucas,  en caso de no estar de acuerdo con la resolución podrás presentar el recurso correspondiente .
Un saludo
El DPA responde | Mayo 3, 2020

Hola Lucas. Pasamos tu consulta a los compañeros para que nos den una respuesta. Gracias y un saludo

Lucas (no verificado) | Mayo 3, 2020

Gracias por la atención tan rápida!!

Anónimo (no verificado) | Abril 24, 2020

Mi hija tiene 11 anios y me aconpanio a conprar porque tengo mal el hombro y me pusieron una multa de 600 euros si entrego los papeles del medico la multa la pagare igual

El DPA responde | Abril 28, 2020

Hola,  en caso de no estar de acuerdo con la resolución podrás presentar el recurso correspondiente . Un saludo.

jose luis (no verificado) | Mayo 2, 2020

hola le cuento mi situcion. tengo un regimen de visita en un convenio regulador que es la recogida de 11 del sabado hasta domingo a las 19.
hoy sabado primer dia en q se fijo q los niños pueden salir de 12 a 19 desoues q lo recogi al niño me dice q no puedo estar con el niño q las 11.30 y le mostre en mi movil las fotos del comvenio y le dije q tenia q retirarlo a la horq q Dice el convenio q sino la mama es mju dura y quizas ni me lo da.
me pidio los datos, pueden multarme igual auque alla mostrado las fotos? podria recurrir con el papel q esta echo mediante un juez seria válido?
gracias

El DPA responde | Mayo 4, 2020
Hola José Luis,  en caso de no estar de acuerdo con la resolución podrás presentar el recurso correspondiente .
Un saludo
El DPA responde | Mayo 3, 2020

Hola Jose Luis. Vamos a pasar tu consulta a los compañeros para que lo pueda valorar y darte una respuesta a partir del lunes. Gracias y un saludo

Mari (no verificado) | Abril 6, 2020

Mi hijo tiene 17 y le quedan 4 meses para los 18 si por culpa de la cuarentena le echan una multa la tendré que pagar yo o el

El DPA responde | Abril 7, 2020

Hola Mari,

Respecto a la posibilidad de que su hijo incumpla el estado de alarma, le informamos que según se recoge en el artículo 20 del del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, podrá ser sancionado con arreglo a lo dispuesto en las leyes.

La sanción se le notificaría a su hijo a fin de que pudiera ejercer su legítimo derecho a la defensa y, en su caso, responder con su patrimonio de la sanción pecuniaria que le hubiera sido impuesta. En el supuesto de que se les exigiera como padres responsabilidad solidaria en razón del deber de prevención respecto de su hijo, la Administración deberá notificarles dicha resolución con todas las garantías impuestas por las normas de procedimiento administrativo, a fin de que también pudieran ejercer su derecho de defensa en torno al cumplimiento del mencionado deber de prevención.

Un saludo.
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