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Preguntamos por las ayudas al alquiler de 2018

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 19/2709 dirigida a Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Secretaría General de Vivienda

En esta Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz se están comenzando a recibir quejas relativas a la finalización del plazo para la resolución de la convocatoria para el ejercicio 2018 de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de especial vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes en la Comunidad Autónoma de Andalucía, efectuada por la Orden de 30 de octubre de 2018 de la entonces Consejería de Fomento y Vivienda, sin que hayan recaído las pertinentes resoluciones.

Dichas ayudas, que se financiarán con fondos de financiación propia de la Junta de Andalucía y fondos estatales, están previstas tanto en el Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020, regulado por el Decreto 141/2016, de 2 de agosto, como en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, regulado por el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo.

La citada Orden de 30 de octubre de 2018 dispone en su apartado octavo lo siguiente:

«De conformidad con lo previsto la base décima sexta de las Bases Reguladoras, el plazo para resolver y notificar la resolución será de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes fijado en esta convocatoria para el caso de las ayudas cuya tramitación haya sido priorizada, así como las ayudas a jóvenes, y seis meses para el resto de los casos. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado resolución legitima a las personas interesadas para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.»

Dado que el plazo de presentación de solicitudes finalizó el pasado día 9 de enero de 2019, ya ha vencido el plazo de tres meses para resolver las solicitudes caracterizadas como prioritarias o pertenecientes a la categoría de ayuda a jóvenes. Por el contrario, para el resto de solicitudes, la Administración aún se encuentra dentro del plazo de seis meses.

No obstante, en la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio se indica literalmente respecto al estado de tramitación de las ayudas: “en proceso de análisis de solicitudes”.

Aunque el retraso en la tramitación es aún incipiente, la experiencia de las convocatorias efectuadas en años previos, cuya tramitación, conclusión y materialización se ha alargado en exceso (hasta el punto de que aún está pendiente en la provincia de Sevilla la resolución definitiva de la convocatoria correspondiente al ejercicio 2017, esto es, casi dos años después de su publicación en el BOJA el 6/7/2017), aconseja que por parte de esta Institución efectuemos un seguimiento directo del proceso de tramitación de la presente convocatoria, tal y como por otra parte nos demandan los propios ciudadanos en sus quejas.

Debe tenerse en cuenta que se trata de familias que no pueden con sus propios medios acceder a una vivienda en el mercado libre, ni tampoco logran acceder a una vivienda protegida con la urgencia que demanda su situación habitacional, dada la insuficiencia del parque público de viviendas respecto a la amplia demanda existente, que ni tan siquiera puede responder a las necesidades de muchas familias en una situación de especial vulnerabilidad y emergencia habitacional.

A la situación descrita, que afecta a nuestra administración autonómica, hemos de sumar la insuficiencia del parque público de viviendas y de recursos económicos que caracteriza a las corporaciones locales, viéndose reducidas también las ayudas de emergencia al alquiler que conceden los ayuntamientos a aquellos sectores de población con escasos recursos económicos, con la finalidad de posibilitar el acceso y la permanencia en una vivienda en espera de que se les pueda adjudicar una vivienda protegida a través de los cauces legales establecidos.

Por tanto, cualquier retraso en la materialización de estas ayudas distorsiona la finalidad para la que fueron creadas. Como hemos podido comprobar reiteradamente a través de las quejas recibidas en esta Institución en años anteriores, frente a las expectativas de estabilidad habitacional a las que pueden dar lugar estas convocatorias, la anómala tramitación de las mismas ha provocado que muchas familias se hayan visto envueltas en procedimientos de desahucio con un resultado dramático, o que evitando dicho procedimiento hayan abandonado o renunciado a su arrendamiento, volviendo a verse en el punto de partida.

La novedad de la presente convocatoria de ayudas correspondiente a 2018 reside en que la concesión de las mismas se efectuará sin atender al procedimiento de concurrencia competitiva que obligaba a una gestión conjunta de las solicitudes y, en consecuencia, podrían dictarse resoluciones individuales al tiempo en que fueran completándose expedientes.

Como ya apuntábamos en nuestro Informe Anual 2018, aunque con la eliminación de un procedimiento en concurrencia competitiva se pierde la posibilidad de que las ayudas beneficien a las personas que más necesidad puedan tener de ellas para garantizar su derecho a una vivienda, era de esperar que al menos con este cambio se agilizase el procedimiento de concesión y abono de las ayudas, y así pudieran servir para el fin pretendido.

Sin embargo, la realidad nos muestra que ni aún así la Administración ha sido capaz de cumplir el plazo establecido para los casos que la Orden catalogó como más prioritarios.

En consecuencia, en defensa del derecho a la vivienda consagrado en el artículo 47 de la Constitución, y de los artículos 25 y 37.1.22 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Ley Orgánica 2/2007, de 19 de Marzo y haciendo uso de la posibilidad que contempla el artículo 10.1 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, del Defensor del pueblo Andaluz, se incoa queja de oficio ante la Secretaría General de Vivienda de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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910 Comentarios

El DPA responde | Agosto 21, 2020

Hola de nuevo Silvia,

Hola Silvia en este enlace puedes encontrar las solicitudes de Malaga denegadas o desistidas: https://www.juntadeandalucia.es/export/drupaljda/paic070720_malaga_desfa...
 
De los listados que estamos viendo aparecen pagados las personas que solicitaron los días 10 al 12 de diciembre. Hay un listado con las solicitudes aprobadas, mira si puedes comprobar si estan tus datos.  https://www.juntadeandalucia.es/export/drupaljda/paic190620_MALAGA_2020_...
 

No obstante te informamos que  la competencia en materia de información, reconocimiento y abono de estas ayudas corresponden a las Delegaciones Territoriales de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico encada provincia, sería en este organismo en el que debería solicitar información y plantear sus dudas.

Para consultar al respecto debe de ponerse en contacto con el Servicio de Atención al ciudadan@ Infovivienda, teléfono: 955 060 998 (lunes a viernes, salvo festivos, de 9h. a 19h.) o de forma telemática en el siguiente enlace:

Buzón INFO.VIVIENDA

A pesar de lo expuesto, si desea que estudiemos una posible intervención en su caso concreto, tras presentar la solicitud y no estar conforme con la respuesta recibida, deberá enviarnos un escrito firmado en el que nos describa su situación. Junto a éste sería de gran interés que nos remita copia de los documentos de que disponga relativos al caso, tales como copia del resguardo de la solicitud de ayuda, comunicaciones remitidas a la administración, respuesta recibida, así como cualquier otro documento que usted considere de interés.

Todo ello lo podrá realizar por correo postal, fax, correo electrónico, en nuestra página web o sede electrónica (si tiene firma digital). Si no tiene firma digital y utiliza correo electrónico o nuestra página web, no se olvide de adjuntar en un archivo el escrito firmado (muy importante). También puede adjuntarnos fotocopia de la documentación a la que antes nos referimos.

Si precisas información adicional sobre cualquier otro asunto dentro de nuestra competencia puede consultar nuestra página web (www.defensordelpuebloandaluz.es) o llamar al teléfono 954212121.

 
El DPA responde | Agosto 21, 2020

Hola de nuevo Silvia, queremos hablar contigo. Danos un número de teléfono al que llamarte. No saldrá publicado

ANOnimus (no verificado) | Agosto 19, 2020

Si que es normal. Y tanto.

NOELIA ZAMORANO... (no verificado) | Agosto 6, 2020

solicité la ayuda para jovenes por Cadiz y salí en el primer listado de fecha de actualización 30/09/2019, no estoy como excluida ni en el listado de subsanación, en el listado de resumen de benificiarios actualizado 05/08/2020 tampoco aprezco, como puedo reclamar, o aun falta algun listado del grupo II ? que significa el CODIGO
EEPPCC , hay personas que no tenemos codigo en el listado y otras si

Nuria sevilla (no verificado) | Agosto 7, 2020

Buenas me pidieron documentos que ya envíe ahora que pasara?

El DPA responde | Agosto 10, 2020

Hola Nuria. Como sabes, no gestionamos la ayuda al alquiler de vivienda habitual por lo que no tenemos conocimiento de estado de los expedientes ni en qué procedimiento se encuentra. Te aconsejamos que traslades tu consulta a la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico de tu provincia. Gracias y un saludo

El DPA responde | Agosto 7, 2020

Hola Noelia.  Al tratarse de una convocatoria de carácter no competitivo, todas las notificaciones relativas a la tramitación de cada uno de sus expedientes, para su estimación o denegación, se realizarán personalmente.

No obstante, entre las medidas tomadas por la Crisis Sanitaria del COVID 19 se adoptó quela notificación de los actos administrativos se realice de manera conjunta mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y en la página web de la Consejería, dando aviso de la misma a las personas interesadas vía telefónica o por correo electrónico.

Es por ello, que en la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio puede consultar los listados que se van actualizando por provincias, conforme van clasificándose nuevos expedientes hasta completar el total de solicitudes del grupo general presentadas. No se publican las solicitudes de la ayuda a jóvenes por no requerirse su clasificación en grupos.

Cualquier reclamación que quieras presentar en relación a las Ayudas al alquiler de la vivienda habitual, deberás dirigirla a la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Cádiz. Puede presentarla a través de cualquier oficina de registro de la Junta de Andalucía mediante cita previa en este enlace: https://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/citaprevi....

A tu pregunta sobre el significado de "EEPPCC", se trata del código de las entidades colaboradoras.

Para más información, puedes ponerte en contacto con el Servicio de Atención a la Ciudadanía INFO.VIVIENDA de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio tiene el siguiente horario de atención:

A través del teléfono 955 060 998.
De Lunes a Viernes desde las 09:00 h hasta las 19:00 de forma ininterrumpida.
Del mismo modo se puede acceder de manera telemática las 24 horas del día a través del correo Buzón de INFO.VIVIENDA

A pesar de lo expuesto, si deseás que estudiemos una posible intervención en tu caso concreto, puedes enviarnos un escrito firmado en el que nos describas tu situación junto con copia de los documentos relativos al caso. En este enlace puedes encontrar todos los medios disponibles para hacernos llegar el escrito: https://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic

Gracias y un saludo.

NOELIA ZAMORANO... (no verificado) | Agosto 10, 2020

muchas gracias por su información, no he entendido lo de: No se publican las solicitudes de la ayuda a jóvenes por no requerirse su clasificación en grupos.

El DPA responde | Agosto 10, 2020

Hola Noelia. Si te parece, podrías llamarnos al 954 212121 para resolver todas las posibles dudas que tengas sobre las noficaciones de la resolución de los expedientes de solicitud de la ayuda a la vivienda. Saludos

Jose Luis (no verificado) | Agosto 5, 2020

Soy de Málaga y tampoco a parezco en ningún listado nada de nada, ni de los que si, ni de los que no :S

Vedih sidimahuod (no verificado) | Agosto 5, 2020

En gué Dia engresan el dinero de la vida de la lista de julio

El DPA responde | Agosto 5, 2020

Buenas noches. No entendemos bien su consulta. Si se refieres al día de ingreso de la mensualidad de la Renta Mínima de Inserción Social, el ingreso lo suelen realizar del 1 al 10 de cada mes. Saludo

Manu (no verificado) | Julio 28, 2020

Señor dpa x favor si puedes aclarar un cosa,la última lista que salió de Sevilla ponen el 12.hay gente que es la lista del 14 .es cierto? Muchas gracias

El DPA responde | Julio 30, 2020

Estimado Manu, la lista del 14/07/ aparecen beneficiarios de solicitudes presentadas del 12 al 14 de diciembre. Posteriormente ha salido otra lista publicada en el BOJA del 28/07 donde aparecen solicitantes del 12/12.

Podeís hacer un seguimiento de las listas que se van publicando en el siguiente enlace: https://www.juntadeandalucia.es/organismos/fomentoinfraestructurasyorden...

Manuela (no verificado) | Julio 16, 2020

Buenas en cordoba saldran mas listados? Porque dia van mirando gracias.

Nadia (no verificado) | Julio 20, 2020

Hola quiero saber si alguien de los aprobados ha cobrado en Córdoba o todavía no han pagado nadie.

El DPA responde | Julio 17, 2020

Buenos días. Creemos que seguirán sacando listados de beneficiarios. No tenemos información de la fecha de solicitud por la que están mirando, es necesario que le traslade la consulta a la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Córdoba. Compartimos enlace de las últimas notificaciones, Gracias y suerte

Sonia (no verificado) | Julio 13, 2020

En san Andrés Sevilla me dijeron q si aparecemos en las listas como beneficiarios y aprobados, el pago es rápido pero vamos se aprecia que no es asi. alguien que halla cobrado ya, nos lo comente por favor para saber cuanto demorane en hacer los pagos.

Nuria (no verificado) | Agosto 8, 2020

Buenas 3n las que acaban d salir de subsanación yo estoy ya envíe los documentos que pasara ahora vuelven a salir listas o como ?

Mounya (no verificado) | Julio 24, 2020

Pero hay que entregar todos los recibos más el anexo III .

Nuria (no verificado) | Agosto 21, 2020

Buenas el anexo III como se presenta?

Claudia (no verificado) | Julio 23, 2020

Me consta que mucha gente está cobrando ya (por partes). Yo aun no he recibido ningún pago. ¿Alguien más en mi situación? Obviamente, imposible contactar con alguien dentro de la Delegación que ofrezca una solución. Simplemente dicen que esperemos...

Jose (no verificado) | Julio 17, 2020

En sevilla llevan 3 semanas sin pagar ningun expediente. Cuando piensan pagar? , hace dos meses que salieron las primeras resoluciones y aun no las han abonado. Llamas, pides reclamaciones y se pasan la pelota unos a otros y nadie dice nada en claro.

Fernando (no verificado) | Julio 9, 2020

Alguien de las listas de aprobados del día 17 de junio en Sevilla cobro ya?

Alguien que ya cobrara que por favor comente de que lista es para poder darnos una ida de los que demora esta gente en pagar, gracias y suerte para todos

Alexa (no verificado) | Julio 16, 2020

Buenas noches. Podrías decirme dónde mirar las listas.
Donde miro yo solo me sale hasta el día 14.
Gracias

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