Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 19/2709 dirigida a Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Secretaría General de Vivienda
En esta Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz se están comenzando a recibir quejas relativas a la finalización del plazo para la resolución de la convocatoria para el ejercicio 2018 de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de especial vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes en la Comunidad Autónoma de Andalucía, efectuada por la Orden de 30 de octubre de 2018 de la entonces Consejería de Fomento y Vivienda, sin que hayan recaído las pertinentes resoluciones.
Dichas ayudas, que se financiarán con fondos de financiación propia de la Junta de Andalucía y fondos estatales, están previstas tanto en el Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020, regulado por el Decreto 141/2016, de 2 de agosto, como en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, regulado por el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo.
La citada Orden de 30 de octubre de 2018 dispone en su apartado octavo lo siguiente:
«De conformidad con lo previsto la base décima sexta de las Bases Reguladoras, el plazo para resolver y notificar la resolución será de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes fijado en esta convocatoria para el caso de las ayudas cuya tramitación haya sido priorizada, así como las ayudas a jóvenes, y seis meses para el resto de los casos. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado resolución legitima a las personas interesadas para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.»
Dado que el plazo de presentación de solicitudes finalizó el pasado día 9 de enero de 2019, ya ha vencido el plazo de tres meses para resolver las solicitudes caracterizadas como prioritarias o pertenecientes a la categoría de ayuda a jóvenes. Por el contrario, para el resto de solicitudes, la Administración aún se encuentra dentro del plazo de seis meses.
No obstante, en la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio se indica literalmente respecto al estado de tramitación de las ayudas: “en proceso de análisis de solicitudes”.
Aunque el retraso en la tramitación es aún incipiente, la experiencia de las convocatorias efectuadas en años previos, cuya tramitación, conclusión y materialización se ha alargado en exceso (hasta el punto de que aún está pendiente en la provincia de Sevilla la resolución definitiva de la convocatoria correspondiente al ejercicio 2017, esto es, casi dos años después de su publicación en el BOJA el 6/7/2017), aconseja que por parte de esta Institución efectuemos un seguimiento directo del proceso de tramitación de la presente convocatoria, tal y como por otra parte nos demandan los propios ciudadanos en sus quejas.
Debe tenerse en cuenta que se trata de familias que no pueden con sus propios medios acceder a una vivienda en el mercado libre, ni tampoco logran acceder a una vivienda protegida con la urgencia que demanda su situación habitacional, dada la insuficiencia del parque público de viviendas respecto a la amplia demanda existente, que ni tan siquiera puede responder a las necesidades de muchas familias en una situación de especial vulnerabilidad y emergencia habitacional.
A la situación descrita, que afecta a nuestra administración autonómica, hemos de sumar la insuficiencia del parque público de viviendas y de recursos económicos que caracteriza a las corporaciones locales, viéndose reducidas también las ayudas de emergencia al alquiler que conceden los ayuntamientos a aquellos sectores de población con escasos recursos económicos, con la finalidad de posibilitar el acceso y la permanencia en una vivienda en espera de que se les pueda adjudicar una vivienda protegida a través de los cauces legales establecidos.
Por tanto, cualquier retraso en la materialización de estas ayudas distorsiona la finalidad para la que fueron creadas. Como hemos podido comprobar reiteradamente a través de las quejas recibidas en esta Institución en años anteriores, frente a las expectativas de estabilidad habitacional a las que pueden dar lugar estas convocatorias, la anómala tramitación de las mismas ha provocado que muchas familias se hayan visto envueltas en procedimientos de desahucio con un resultado dramático, o que evitando dicho procedimiento hayan abandonado o renunciado a su arrendamiento, volviendo a verse en el punto de partida.
La novedad de la presente convocatoria de ayudas correspondiente a 2018 reside en que la concesión de las mismas se efectuará sin atender al procedimiento de concurrencia competitiva que obligaba a una gestión conjunta de las solicitudes y, en consecuencia, podrían dictarse resoluciones individuales al tiempo en que fueran completándose expedientes.
Como ya apuntábamos en nuestro Informe Anual 2018, aunque con la eliminación de un procedimiento en concurrencia competitiva se pierde la posibilidad de que las ayudas beneficien a las personas que más necesidad puedan tener de ellas para garantizar su derecho a una vivienda, era de esperar que al menos con este cambio se agilizase el procedimiento de concesión y abono de las ayudas, y así pudieran servir para el fin pretendido.
Sin embargo, la realidad nos muestra que ni aún así la Administración ha sido capaz de cumplir el plazo establecido para los casos que la Orden catalogó como más prioritarios.
En consecuencia, en defensa del derecho a la vivienda consagrado en el artículo 47 de la Constitución, y de los artículos 25 y 37.1.22 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Ley Orgánica 2/2007, de 19 de Marzo y haciendo uso de la posibilidad que contempla el artículo 10.1 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, del Defensor del pueblo Andaluz, se incoa queja de oficio ante la Secretaría General de Vivienda de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.
910 Comentarios
Hola Alexa. En este enlace publicamos las últimas notificaciones sobre las listar de la ayuda al alquiler de vivienda. Además, facilitamos enlaces para consultar listados más antiguos en web de la Consejería. Gracias y un saludo
Yo soy de Sevilla del 30 de Abril del programa joven y aún nada tampoco.
Has entregado los recibos?
Cito textualmente: Una vez recibas este primer ingreso dispones de 15 días para justificar mediante la presentación del Anexo III que has empleado la ayuda recibida en el pago de tu renta de alquiler de esas mensualidades y declarar responsablemente que sigues cumpliendo los requisitos.
Los recibos solo se entregan una vez recibido el primer pago, que es lo que pone la Ley, si aún no has recibido un euro no tienes que entregar los recibos.
Buenas DFP van a salir más listas en sevilla me puede mandar el.listado de los excluidos gracias
Hola Nuria. Creemos que seguirán publicando listados hasta que cubran el presupuesto establecido para esta ayuda. Puedes consultar los últimos listados publicados en este enlace. En esta página que te enlazamos, damos acceso a las Notificación y publicación de requerimientos y resoluciones por provincias y listados anteriores en web de la Consejería. Si prefieres realizar una búsqueda en la herramienta de "busqueda avanzada" del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, puede realizarlo en el siguiente enlace. Gracias y un saludo
Yo soy de la lista del 21 de mayo y aún no me han pagado nada, asique a seguir esperando. Esto es de vergüenza, se supone q es una ayuda
Pero eres de Sevilla u otra localidad?
Sevilla
En Huelva aparecen ahora las listas definitivas con fecha del 6 de Mayo. Increible que las hayan sacado precisamente durante el estado de alarma. Supongo que para que menos gente se entere.
Como puede ser que no aparezco en ninguna lista???? ni favorables, ni excluidas, en ninguna???????
Hola Sandra, todavía tendrán que ir publicando más resoluciones. En el siguiente enlace puede consultar los listados: https://www.defensordelpuebloandaluz.es/coronavirus-covid-19/informacion-sobre-ayuda-al-alquiler
Desigualdad entre personas y entre provincias. Diferentes modos de actuar que inciden directamente en el resultado de los expedientes. La suerte hará para muchos solicitantes cobren o no, según quién revise su expediente y según en qué provincia viva. Oscurantismo, falta de transparencia,... Es ir hacia adelante por que no queda otro remedio con lo que se hace mal e injustamente. Es de denuncia, es una pena. NO SABEN GESTIONAR, no es incapacidad, falta de medios o falta de voluntad, no os equivoquéis, ES QUE NO SABEN y si no sabes no puedes hacerlo por mucho empeño que pongas, (que tampoco le ponen el que debieran).
Ni saben los políticos, ni saben los funcionarios, ni saben los servicios jurídicos, ni saben los técnicos,...
Un saludo.
Buenas tardes porque fecha van los listados en cordoba? Gracias
Buenas tardes Manuela. Compartimos enlace a la página donde se publica las últimas notificaciones de la ayuda al alquiler de vivienda y también da acceso a los llistados más antiguos. Gracias y suerte
https://www.defensordelpuebloandaluz.es/coronavirus-covid-19/informacion-sobre-ayuda-al-alquiler
Hola, es normal que en Málaga salga el día 25 de junio un listado con un solo beneficiario? Solo uno es increíble!! No entiendo nada...
Hola Silvia, todavía tendrán que ir publicando más resoluciones. En el siguiente enlace puede consultar los listados:https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoinfraestructurasyordenaciondelterritorio/areas/vivienda-rehabilitacion/fomento-alquiler/paginas/alquila.html
Se han resuelto algunos expedientes atendiendo a a los requisitos exigidos y otros sin comprobar ningún requisito. (esto incluso en una misma unidad administrativa, lo sé de primera mano). Las prisas, la presión,... sea loa que sea así se ha estado haciendo estos días de estado de alarma. GRAN DESIGUALDAD en lo que respecta a la entrada de dinero en casa, la suerte habrá hecho que el expediente sea aprobado o no. Se supone que a los que se ha dado la ayuda sin comprobaciones la sufrirán mas tarde. ¿el problema? Si ese expediente no la merecía alguien se ha quedado fuera de cobros que si cumplía con la convocatoria; (mala suerte para este último)
Bien, primero: dudo den las comprobaciones posteriores, los funcionarios siempre van a remolque y estarán con las cosas del día a día y si comprueban estas se irán al año 2035.
Segundo: si alguien cobró indebidamente ¿corre la lista al siguiente solicitante que quedó fuera? Si esto es asi, ¿saldrá una lista con las posiciones que la gente ocupa para cuando corra la lista?
Estos nuevos expedientes que entren en cobros..., ¿tienen que esperar a que el beneficiario que cobro de forma indebida devuelva el dinero? Y si el beneficiario indebido no paga, ¿cobrará el siguiente de la lista o ya no cobrará?
LO MAS IMPORTANTE, ¿Cómo va a controlar esto el DPA?
Responda, gracias.
En Córdoba no se que está asando con la ayuda autonómica. No entendo que una vez aceptada la estatal si cumples con los requisitos para la autonómica por que no te la conceden. En Córdoba solo a 10 personas se la an concedido y eso no supera ni 30.000 euros. Aver si aora la junta de Andalucía va a ser la que no tiene dinero y están artos de críticar al estado.
Buenos días. En relación a vuestro comentario os informamos en principio que la forma de resolución de estos expedientes tiene que ver con las medidas extraordinarias adoptadas a causa del COVID 19 que ha cambiado el procedimiento de fiscalización de las ayudas para intentar dar una mayor rapidez al procedimiento. Se ha cambiado por Decreto Ley la fiscalización previa por el control financiero, lo que significa que primero se concederan las ayudas y después se comprueban dichos requisitos y si no los reunen se solicitará el reingreso.
Dicha comprobación posterior se tiene que hacer oligatoriaremente porque así lo requiere el procedimiento, si no se hiciera sera una ilegalidad. Los funcionarios estan obligados a cumplir con la ley y con su deber como servidores públicos que son.
Cuando, una vez comprobado los requisitos un beneficiario no tuviera derecho, se deberá seguir la lista por el siguiente solicitante y por el orden temporal de prelación de solicitudes según la fecha de presentación que es la forma en la que se ha ido resolviendo.
No obstante cualquier queja que querais plantear debereis de plantearlo a la administración y luego en función de la respuesta que recibais podeis de nuevo dirigiros a nosotros para plantearnos casos concretos de posibles irregularidades. Gracias y un saludo
No entiendo queja previa a la administración sino que en este asunto, por razones tan obvias que no enumeraré, entra dentro de su OBLIGADA labor fiscalizadora de la actividad administrativa.
Un saludo.
Hola buenas cuando saldran mas listados de cordoba .acabara el año otra vez y sin notocia. Gracias
Está previsto que salgan nuevas listas de beneficiarios en Córdoba? Para qué fecha?
Hola Concepción, todavía tendrán que ir publicando más resoluciones. En el siguiente enlace puede consultar los listados:https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoinfraestructurasyordenaciondelterritorio/areas/vivienda-rehabilitacion/fomento-alquiler/paginas/alquila.html
Acabo de hablar con Info Vivienda y todo sigue igual, no se han actualizado los listados, continuamos con los del día 10 de Diciembre :(