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Preguntamos por las ayudas al alquiler de 2018

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 19/2709 dirigida a Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Secretaría General de Vivienda

En esta Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz se están comenzando a recibir quejas relativas a la finalización del plazo para la resolución de la convocatoria para el ejercicio 2018 de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de especial vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes en la Comunidad Autónoma de Andalucía, efectuada por la Orden de 30 de octubre de 2018 de la entonces Consejería de Fomento y Vivienda, sin que hayan recaído las pertinentes resoluciones.

Dichas ayudas, que se financiarán con fondos de financiación propia de la Junta de Andalucía y fondos estatales, están previstas tanto en el Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020, regulado por el Decreto 141/2016, de 2 de agosto, como en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, regulado por el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo.

La citada Orden de 30 de octubre de 2018 dispone en su apartado octavo lo siguiente:

«De conformidad con lo previsto la base décima sexta de las Bases Reguladoras, el plazo para resolver y notificar la resolución será de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes fijado en esta convocatoria para el caso de las ayudas cuya tramitación haya sido priorizada, así como las ayudas a jóvenes, y seis meses para el resto de los casos. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado resolución legitima a las personas interesadas para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.»

Dado que el plazo de presentación de solicitudes finalizó el pasado día 9 de enero de 2019, ya ha vencido el plazo de tres meses para resolver las solicitudes caracterizadas como prioritarias o pertenecientes a la categoría de ayuda a jóvenes. Por el contrario, para el resto de solicitudes, la Administración aún se encuentra dentro del plazo de seis meses.

No obstante, en la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio se indica literalmente respecto al estado de tramitación de las ayudas: “en proceso de análisis de solicitudes”.

Aunque el retraso en la tramitación es aún incipiente, la experiencia de las convocatorias efectuadas en años previos, cuya tramitación, conclusión y materialización se ha alargado en exceso (hasta el punto de que aún está pendiente en la provincia de Sevilla la resolución definitiva de la convocatoria correspondiente al ejercicio 2017, esto es, casi dos años después de su publicación en el BOJA el 6/7/2017), aconseja que por parte de esta Institución efectuemos un seguimiento directo del proceso de tramitación de la presente convocatoria, tal y como por otra parte nos demandan los propios ciudadanos en sus quejas.

Debe tenerse en cuenta que se trata de familias que no pueden con sus propios medios acceder a una vivienda en el mercado libre, ni tampoco logran acceder a una vivienda protegida con la urgencia que demanda su situación habitacional, dada la insuficiencia del parque público de viviendas respecto a la amplia demanda existente, que ni tan siquiera puede responder a las necesidades de muchas familias en una situación de especial vulnerabilidad y emergencia habitacional.

A la situación descrita, que afecta a nuestra administración autonómica, hemos de sumar la insuficiencia del parque público de viviendas y de recursos económicos que caracteriza a las corporaciones locales, viéndose reducidas también las ayudas de emergencia al alquiler que conceden los ayuntamientos a aquellos sectores de población con escasos recursos económicos, con la finalidad de posibilitar el acceso y la permanencia en una vivienda en espera de que se les pueda adjudicar una vivienda protegida a través de los cauces legales establecidos.

Por tanto, cualquier retraso en la materialización de estas ayudas distorsiona la finalidad para la que fueron creadas. Como hemos podido comprobar reiteradamente a través de las quejas recibidas en esta Institución en años anteriores, frente a las expectativas de estabilidad habitacional a las que pueden dar lugar estas convocatorias, la anómala tramitación de las mismas ha provocado que muchas familias se hayan visto envueltas en procedimientos de desahucio con un resultado dramático, o que evitando dicho procedimiento hayan abandonado o renunciado a su arrendamiento, volviendo a verse en el punto de partida.

La novedad de la presente convocatoria de ayudas correspondiente a 2018 reside en que la concesión de las mismas se efectuará sin atender al procedimiento de concurrencia competitiva que obligaba a una gestión conjunta de las solicitudes y, en consecuencia, podrían dictarse resoluciones individuales al tiempo en que fueran completándose expedientes.

Como ya apuntábamos en nuestro Informe Anual 2018, aunque con la eliminación de un procedimiento en concurrencia competitiva se pierde la posibilidad de que las ayudas beneficien a las personas que más necesidad puedan tener de ellas para garantizar su derecho a una vivienda, era de esperar que al menos con este cambio se agilizase el procedimiento de concesión y abono de las ayudas, y así pudieran servir para el fin pretendido.

Sin embargo, la realidad nos muestra que ni aún así la Administración ha sido capaz de cumplir el plazo establecido para los casos que la Orden catalogó como más prioritarios.

En consecuencia, en defensa del derecho a la vivienda consagrado en el artículo 47 de la Constitución, y de los artículos 25 y 37.1.22 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Ley Orgánica 2/2007, de 19 de Marzo y haciendo uso de la posibilidad que contempla el artículo 10.1 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, del Defensor del pueblo Andaluz, se incoa queja de oficio ante la Secretaría General de Vivienda de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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904 Comentarios

Matias (no verificado) | Mayo 30, 2020

Hola Pablo, no me han notificado nada

pablo (no verificado) | Mayo 28, 2020

Gracias Pilar! pero esta lista donde sale? porque las de otras provincias si que salen

Nuria (no verificado) | Junio 3, 2020

Buenas esas son las. Listas dia 10 en sevilla han salido mas? Yo soy del dia 11 me gustaría poder enviar mis recibos si me. Puede usted ayudar señor defensor gracias

El DPA responde | Junio 4, 2020

Hola Nuria, te recomendamos que te pongas en contacto con la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en el teléfono o en el canal de información de INFO.VIVIENDA.

Sus datos de contacto y atención al públco son:Teléfono 955 060 998.

Horario: de lunes a viernes desde las 09:00 h hasta las 19:00, de forma ininterrumpida.

También se puede acceder a través del correo de  Buzón de INFO.VIVIENDA, las 24 horas al día

Un saludo.

Abel Granada (no verificado) | Mayo 28, 2020

Hola Pilar, dónde se pueden consultar esas listas provisionales que mencionas. En la página de la Junta no aparece nada de nada en relación a Granada.
Un saludo y gracias

Abel Granada (no verificado) | Mayo 28, 2020

Muchísimas gracias. Es muy gratificante ver lo rápido y efectivo que trabajáis.
Entiendo que no hay una lista de rechazados ni un plazo de subsanación de momento. ¿Sabéis si se publicarán en algún momento? o ¿dado el caos administrativo que vivimos debemos entender que los que NO aparecemos en esa lista ha sido nuestra solicitud denegada y no podemos hacer nada?
Es todo muy confuso.
Gracias de nuevo.

El DPA responde | Mayo 28, 2020

Buenas tardes Abel. El listado de la provincia de Granada que te facilitamos es un listado informativo. La Delegación de Granada tendrá que publicar, seguramente en el BOPA, las notificaciones de las parsonas que han sido aceptada, y por tanto beneficiarias de la ayuda al alquiler en esa provincia. Sacarán listados hasta que se agote el presupuesto establecido. Gracias y suerte

El DPA responde | Mayo 27, 2020

Buenas tardes Pablo. No tenemos información sobre los procesos de resolución de la ayuda al alquiler de vivienda, la Consejería no las proporciona. Te aconsejamos que traslade tu consulta a la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico de Granada. Gracias y un saludo

Manuela (no verificado) | Mayo 27, 2020

Hola, soy menor de 35,me han concedido la ayuda, me deberían de haber ingresado 5498€, pero solo me han ingresado 829, veo que es un dinero al azar, porque no corresponde ni a 3 meses, ni a nada, alguien más con ese problema? Llamó a Consejería y no me saben dar información gracias

Manoli (no verificado) | Mayo 27, 2020

Hola buenas manuela me puedes decir que dia echate la solicitud yo soi menor 35 y todavia nada gracias .

Manuela (no verificado) | Mayo 28, 2020

La eché el 12 de diciembre, hace como tres semanas que me dieron la resolución mediante SMS, pero ahora llamó y la delegación de Sevilla me pasa para Córdoba, y en Córdoba no tienen ni idea de nada.... En fin

Manoli (no verificado) | Mayo 26, 2020

Hola buenos dias quedria saber si para los que echemos la solicitud el ultimo dia abra presupuesto, o nos quedaremos sin cobrar despues de aber esperado un año y 3 meses oh que pasara con nuestras solicitudes porque yamas y me dicen siempre lo mismo que miremos el boja pero ai solo sale los delos primeros dias. Gracias y espero alguna contestacion.

El DPA responde | Mayo 28, 2020

Hola Manoli, se deben de seguir resolviendo más hasta que agoten el presupuesto concedido para cada provincia.

Un saludo.

Manoli (no verificado) | Junio 1, 2020

Hola buenas una pregunta si el presupuesto de cada provincia se acaba los que la echemos el ultimo dia quiere decir que no cobraremos, nada. Gracias espero respuesta.

El DPA responde | Junio 1, 2020

Hola Manoli, si se agota el presupuesto antes de llegar al día en el que tú la presentaste no cobrarás nada. Un saludo.

Braulio Sevilla (no verificado) | Mayo 21, 2020

Yo eché la solicitud el primer dia, categoria joven, pero en vez de en la delegación, presenté la solicitud en el ayuntamiento de mi pueblo, que también admitía este trámite. No se si loz ayuntamientos gestionan las solicitudes sobre la marcha o las envían al cabo de algún tiempo. Estoy un poco agobiado por no saber si mi solicitud ha llegado bien o no, o si llegará la subvención a mi solicitud.

El DPA responde | Mayo 25, 2020

Hola Braulio, desde los registros dirigen las solicitudes a las Delegaciónes Territoriales correspondientes. Para consultar el estado de tu expediente te recomendamos que te pongas en contacto con la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en el teléfono o en el canal de información de INFO.VIVIENDA.

Sus datos de contacto y atención al públco son:Teléfono 955 060 998.

Horario: de lunes a viernes desde las 09:00 h hasta las 19:00, de forma ininterrumpida.

También se puede acceder a través del correo de  Buzón de INFO.VIVIENDA, las 24 horas al día

Un saludo.

Rafael Ganaza (no verificado) | Mayo 21, 2020

En mi caso eche la ayuda el último día, el 9 de enero de 2019. Si para el primer día de solicitudes en la provincia de Málaga se han llevado analizándolas aproximadamente un año y cinco meses, entiendo que los que echamos las solicitudes el último día sabremos algo aproximadamente dentro de 30 años. Menos mal que la ayuda se llama "Fomento del alquiler".

La verdad que me parece de vergüenza por parte de la Junta de Andalucía.

Por otro lado, supongo que se le dará ahora prioridad a la ayuda del alquiler para combatir los daños económicos del COVID-19. Quedando relegada la ayuda anterior del alquiler.

José (no verificado) | Mayo 21, 2020

Alguien save donde se mandan los recibos de 2019 y 2020. Mi porlomenos no me an llamado para pedírmelo.

Jose (no verificado) | Mayo 24, 2020

Hola José, si sales en la publicación de las listas como beneficiario (debido a los cambios por el Covid es como una notificación oficial) lo suyo es q presentes el justificante de pago, mediante el anexo 3 (supongo q mientras antes se justifique antes lo cobraremos o eso espero). Lo puedes hacer a través de la sede electrónica de la junta de Andalucia (necesitas certificado digital). El enlace https://ws175.juntadeandalucia.es/vea-web/

Suerte y ánimo para tod@s!!

Nuria sevilla (no verificado) | Mayo 29, 2020

Que es el anexo 3?

Nuria (no verificado) | Mayo 24, 2020

Ni ami pero las listas del dia 11/12/2018 ya han salido??

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