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Preguntamos por las ayudas al alquiler de 2018

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 19/2709 dirigida a Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Secretaría General de Vivienda

En esta Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz se están comenzando a recibir quejas relativas a la finalización del plazo para la resolución de la convocatoria para el ejercicio 2018 de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de especial vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes en la Comunidad Autónoma de Andalucía, efectuada por la Orden de 30 de octubre de 2018 de la entonces Consejería de Fomento y Vivienda, sin que hayan recaído las pertinentes resoluciones.

Dichas ayudas, que se financiarán con fondos de financiación propia de la Junta de Andalucía y fondos estatales, están previstas tanto en el Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020, regulado por el Decreto 141/2016, de 2 de agosto, como en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, regulado por el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo.

La citada Orden de 30 de octubre de 2018 dispone en su apartado octavo lo siguiente:

«De conformidad con lo previsto la base décima sexta de las Bases Reguladoras, el plazo para resolver y notificar la resolución será de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes fijado en esta convocatoria para el caso de las ayudas cuya tramitación haya sido priorizada, así como las ayudas a jóvenes, y seis meses para el resto de los casos. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado resolución legitima a las personas interesadas para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.»

Dado que el plazo de presentación de solicitudes finalizó el pasado día 9 de enero de 2019, ya ha vencido el plazo de tres meses para resolver las solicitudes caracterizadas como prioritarias o pertenecientes a la categoría de ayuda a jóvenes. Por el contrario, para el resto de solicitudes, la Administración aún se encuentra dentro del plazo de seis meses.

No obstante, en la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio se indica literalmente respecto al estado de tramitación de las ayudas: “en proceso de análisis de solicitudes”.

Aunque el retraso en la tramitación es aún incipiente, la experiencia de las convocatorias efectuadas en años previos, cuya tramitación, conclusión y materialización se ha alargado en exceso (hasta el punto de que aún está pendiente en la provincia de Sevilla la resolución definitiva de la convocatoria correspondiente al ejercicio 2017, esto es, casi dos años después de su publicación en el BOJA el 6/7/2017), aconseja que por parte de esta Institución efectuemos un seguimiento directo del proceso de tramitación de la presente convocatoria, tal y como por otra parte nos demandan los propios ciudadanos en sus quejas.

Debe tenerse en cuenta que se trata de familias que no pueden con sus propios medios acceder a una vivienda en el mercado libre, ni tampoco logran acceder a una vivienda protegida con la urgencia que demanda su situación habitacional, dada la insuficiencia del parque público de viviendas respecto a la amplia demanda existente, que ni tan siquiera puede responder a las necesidades de muchas familias en una situación de especial vulnerabilidad y emergencia habitacional.

A la situación descrita, que afecta a nuestra administración autonómica, hemos de sumar la insuficiencia del parque público de viviendas y de recursos económicos que caracteriza a las corporaciones locales, viéndose reducidas también las ayudas de emergencia al alquiler que conceden los ayuntamientos a aquellos sectores de población con escasos recursos económicos, con la finalidad de posibilitar el acceso y la permanencia en una vivienda en espera de que se les pueda adjudicar una vivienda protegida a través de los cauces legales establecidos.

Por tanto, cualquier retraso en la materialización de estas ayudas distorsiona la finalidad para la que fueron creadas. Como hemos podido comprobar reiteradamente a través de las quejas recibidas en esta Institución en años anteriores, frente a las expectativas de estabilidad habitacional a las que pueden dar lugar estas convocatorias, la anómala tramitación de las mismas ha provocado que muchas familias se hayan visto envueltas en procedimientos de desahucio con un resultado dramático, o que evitando dicho procedimiento hayan abandonado o renunciado a su arrendamiento, volviendo a verse en el punto de partida.

La novedad de la presente convocatoria de ayudas correspondiente a 2018 reside en que la concesión de las mismas se efectuará sin atender al procedimiento de concurrencia competitiva que obligaba a una gestión conjunta de las solicitudes y, en consecuencia, podrían dictarse resoluciones individuales al tiempo en que fueran completándose expedientes.

Como ya apuntábamos en nuestro Informe Anual 2018, aunque con la eliminación de un procedimiento en concurrencia competitiva se pierde la posibilidad de que las ayudas beneficien a las personas que más necesidad puedan tener de ellas para garantizar su derecho a una vivienda, era de esperar que al menos con este cambio se agilizase el procedimiento de concesión y abono de las ayudas, y así pudieran servir para el fin pretendido.

Sin embargo, la realidad nos muestra que ni aún así la Administración ha sido capaz de cumplir el plazo establecido para los casos que la Orden catalogó como más prioritarios.

En consecuencia, en defensa del derecho a la vivienda consagrado en el artículo 47 de la Constitución, y de los artículos 25 y 37.1.22 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Ley Orgánica 2/2007, de 19 de Marzo y haciendo uso de la posibilidad que contempla el artículo 10.1 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, del Defensor del pueblo Andaluz, se incoa queja de oficio ante la Secretaría General de Vivienda de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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904 Comentarios

Juan sevilla (no verificado) | Noviembre 16, 2021

Buenos días acabo de cobrar no toda la cantidad pero llegará supongo pq pagan en dichas transferencias en cantidades distintas suerte a todos esta semana pasada llame me dijeron que a diario estaban asiendo muchísimasssssss trasferencias

Iuliana (no verificado) | Noviembre 16, 2021

Hola de Huelva se sabe algo de la ayuda 2018-2021?Soy del 21/12/2018.Gracias

El poder de la goma (no verificado) | Noviembre 16, 2021

Nos deseamos suerte en recibir la atención de la administración. Es lo que nos queda. Que disparate.

DPA, lea usted (no verificado) | Noviembre 15, 2021

En conclusión, la concurrencia no competitiva, lejos de suponer una
tercera vía entre concurrencia competitiva y concesión directa supone, sin
ningún lugar a dudas, un supuesto más de concesión directa. Como hemos
repetido, el elemento determinante de la concesión directa es que la decisión
de concesión a un benefi ciario se adopta por la Administración (o, en su caso,
el legislador) sin atender a las circunstancias que puedan concurrir en otros
posibles benefi ciarios. El elemento esencial es que no existe competencia. Pero
la existencia o inexistencia de concurrencia, de que varios sujetos concurran al
procedimiento, es de todo punto irrelevante.

Extracto de LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES
ANTONIO BUENO ARMIJO
Universidad de Córdoba

Nuria sevilla (no verificado) | Noviembre 11, 2021

Buenas se sabe algo de la del cv19?

David Ruiz (no verificado) | Noviembre 14, 2021

Buenas Nuria! La del covid19 no está todavía ni aprobada, eso se dijo que se iba a hacer pero todavía no hay ni requisitos ni nada... Así que yo que tú me olvidaba de eso... Además todavía no han pagado ni la de alquiler... Y creo que ni han pagado todos los ertes... Con eso te lo digo todo, un saludo!

Daniel de Sevi... (no verificado) | Noviembre 9, 2021

El día 9 a las 00.00 nos ingresaron. Suerte a quien esté esperando. Somos del Aljarafe

ANOnimus (no verificado) | Noviembre 12, 2021

A mi me van a ingresar, pero en el Clínico.

Juan sevilla (no verificado) | Noviembre 11, 2021

Que bien me alegro muchísimoooo ¿que día lo solicitaste? En mi caso lo solicite el 11/12/2018 cobre solo el año 2018 que lo cobre en julio de 20220 a falta de cobrar el año 2019/2020

Sergio (no verificado) | Noviembre 9, 2021

Hola buenas se save cuando pagan la ayuda de alquiler en Málaga para personas vulnerables la ayuda es del 2020 y ya salgo en la lista de beneficiarios quería saver cuanto tardan en ingresar un saludo

Eli (no verificado) | Noviembre 16, 2021

Has cobrado ya ??

ANOnimus (no verificado) | Noviembre 10, 2021

Yo, antes de que el proveedor termine de descargar la furgoneta le estoy haciendo la transferencia.
La Junta puede tardar semanas, meses, años, siglos,... eso es así.

ANOnimus (no verificado) | Noviembre 8, 2021

Por cierto, y respecto a las ayudas eternas, FELIZ 2022
:-)

ANOnimus (no verificado) | Noviembre 5, 2021

AQUÍ TENEIS LA TRAGEDIA. POR CIERTO, Andalucía es la única en convocar de forma NO competitiva, a quien se le ocurre ¡.....

la Orden de 17 de octubre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de especial vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, su base decimoprimera, 2, determina que: "El ámbito territorial y funcional de concurrencia es cada una de las provincias andaluzas. El órgano competente para resolver será el titular de cada una de las Delegaciones Territoriales de la Consejería, competente en materia de vivienda, según la ubicación de la vivienda objeto del contrato de arrendamiento, que actúa por delegación de la persona titular de dicha Consejería. El órgano competente para la ordenación, instrucción y tramitación del procedimiento será la persona titular de la jefatura del Servicio competente en materia de vivienda".

De hecho en su convocatoria, Orden de 30 de octubre de 2018, se establecen los créditos máximos por provincia para atender estas ayudas; lo que implica que cada una de ellas tiene su propio presupuesto.

M carmen Moreno... (no verificado) | Noviembre 3, 2021

Buenos dias me dicen que no va llegar dinero a mi solicitud por entregarla en noviembre porfavor necesito que me la adelanten puesto que desde ese año soy vulnerable 20188 hasta ahora tambien y tengo un desaucio de alquiler en 21 noviembre necesito mi yuda no puedo ni cambiarme de vivienda por mi situacion economica

ANOnimus (no verificado) | Noviembre 5, 2021

En efecto. Así es.
Lo que quizás no sepas, (que DPA si sabe pero no hace ni va a hacer nada), es que si llegas a vivir en otra provincia sí hubieses cobrado. ¿Cómo se te queda el cuerpo?
Asignaron presupuesto a cada provincia previendo llegar a todos los mas vulnerables. Y lo pero de todo, lo hicieron "según sus cálculos", (yo ya sabía que calcular ellos era fallar el tiro).
Así querida Carmen, gente del grupo dos cobrará en unas provincias y en otras no se completará el grupo 1.
Yo digo que esto es injusto, arbitrario, contra el deber de la administración frente al administrado, insolidario e incluso me atrevo a decir que ilegal.
Es más, lo han redactado las bases SABIENDO lo que iba a pasar, gente al borde del desahucio sin cobrar la ayuda y gente menos vulnerable cobrando miles de euros.
Pero M Carmen, ahí está usted pagando sus impuestos y colaborando con el sistema, esta vez injusto.
Un saludo.

Manuela (no verificado) | Noviembre 5, 2021

Buenas y sabes por dónde van yo también la eche en esa fecha

El DPA responde | Noviembre 4, 2021

Hola M Carmen, si te parece, puedes llamarnos al 954 212121 para que nos expongas tu situación y poder asesorarte. Gracias y un saludo

ANOnimus (no verificado) | Noviembre 5, 2021

DPA, todos los que no vamos a cobrar por el mismo motivo y estando en el grupo mas vulnerable, ¿te llamamos?

El DPA responde | Noviembre 6, 2021

Hola, pueden dirigirse al Defensor del Pueblo Andaluz toda persona que estime que la actuación de una Administración no ha sido correcta y afecte a nuestros derechos y libertades. El teléfono 954 212121 es una de las vías de comunicación que ofrecemos a la ciudadanía. Saludos

El poder de la goma (no verificado) | Noviembre 16, 2021

DPA, si ya denunció usted (Informe anual 2018) que la concurrencia no competitiva podría llevar a no atender a los mas vulnerables,...
Esto de "podría llevar a" se ha convertido en "HA LLEVADO A".
¿Por qué ha de esperar llamadas individuales para atender individualmente a los afectados?
¿Sabe usted la cantidad de familias que ni siquiera sabe que usted existe, y estas suelen coincidir con las mas vulnerables?
El sentimiento de abandono por la administración y peor, por su defensoría, es enorme.
Respecto al DPA y Junta de Andalucía es muy fácil. No puede mandar el lobo al zorro a guardar el gallinero.
Usted dice en el comentario que estoy contestando... ""pueden dirigirse al Defensor del Pueblo Andaluz toda persona que estime que la actuación de una Administración no ha sido correcta y afecte a nuestros derechos y libertades""
¿Estima usted que ha sido correcta? Debería mínimo contestar a esta pregunta.
Los usuarios de esta web deberían insistir a que CONTESTE a esta pregunta.

ANOnimus (no verificado) | Noviembre 8, 2021

Le devuelvo exactamente la misma pregunta:

Y usted, ¿Estima, como hacía referencia en su informe anual 2018, que la concurrencia No competitiva en la concesión de las ayudas al alquiler es una "actuación correcta de la Administración"?

¿Afecta a la "igualdad" entre administrados de diferentes provincias, que a igual o peor vulnerabilidad no van a recibir la ayuda según en que provincia esté la vivienda arrendada?
(No solo según donde vivas, lo mas grave, según los ""cálculos"" que a priori hizo Junta de Andalucía y que sin duda, por efecto colateral, favorecen a unas provincias en decremento de otras, ahí es nada)

La respuesta a estas preguntas requiere una actuación de oficio por parte de su defensoría para pedir el aumento de créditos y atender por igual, en todas las provincias, a solicitantes de igual vulnerabilidad.
Se que es de lógica aplastante pero...

Dígame usted, o quien quiera, que opina al respecto.

Sin nombre (no verificado) | Noviembre 2, 2021

Alguna novedad de las ayudas alguien sabe cómo van gracias

Manoli (no verificado) | Octubre 28, 2021

Alguien sabe algoo de cuando enpesaran los pagos

AJAJA... EN SERIO? (no verificado) | Octubre 29, 2021

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